RESOLUCIÓN parcial de 27 de diciembre de 2023, por incumplimiento de la Asociación Pro Dep del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 163.688,08 euros (ciento sesenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho euros con ocho céntimos), para el desarrollo del Programa "Navidad en Compañía", dentro del marco de actuación contra la soledad no deseada en las personas mayores. Programa 231d, Subconcepto 48003.

Madrid, a 27 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, D.a Esther García Galbeño, Presidenta de la Asociación Pro_Dep (NIF: G-72781511), según el Acta Fundacional de la Asociación Pro_Dep, de fecha 4 de abril de 2022, en nombre y representación de la misma y conforme a su capacidad para la firma de la presente resolución parcial del Convenio de acuerdo con el artículo 14 de los Estatutos de la Asociación, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid en la Sección: 1.a, Número Nacional: 624598, con domicilio social en calle Cristóbal Bordiú, número 35, código postal 28003 Madrid.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento de Resolución parcial del Convenio.

MANIFIESTAN

Primero

Que el día 2 de agosto de 2023 suscribieron Convenio de colaboración la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (en adelante, la Consejería) y las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, con el objetivo de instrumentar una subvención directa para contribuir al desarrollo del Programa "Navidad en Compañía", incluido en el conjunto de actuaciones que la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales está desarrollando en la lucha contra la Soledad No Deseada en las personas mayores. El Convenio se denomina Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 163.688,08 euros (ciento sesenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho euros con ocho céntimos), para el desarrollo del Programa "Navidad en Compañía", dentro del marco de actuación contra La Soledad No Deseada En Las Personas Mayores. Programa 231d, Subconcepto 48003.

La Comunidad de Madrid, en colaboración con las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, mediante la firma del Convenio, promueve el Programa "Navidad en Compañía", ofreciendo a las personas mayores que viven en situación de soledad no deseada la oportunidad de pasar en centros residenciales los días que deseen entre los previos a la Nochebuena y la festividad de Reyes, acompañados de otras personas mayores.

De acuerdo con lo establecido en el Convenio, el Programa "Navidad en Compañía" ofrece, a las personas favorecidas descritas en su cláusula segunda, el servicio de alojamiento, en régimen de pensión completa, en 2.040 estancias residenciales no financiadas con fondos públicos, desde el día 22 de diciembre de 2023 al 7 de enero de 2024 incluidos, que incluye un servicio de transporte que permitirá el desplazamiento del mayor desde su domicilio a la residencia y viceversa. De esta forma se pretende realizar una labor de acompañamiento de las personas mayores que viven solas, durante el período de Navidad.

Durante los días de estancia en los centros, el Programa "Navidad en Compañía" pone a disposición de las personas favorecidas la posibilidad de realizar hasta un total de 10 actividades navideñas.

Las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep no obtienen beneficio alguno por el desarrollo de esta actividad.

Segundo

Para llevar a cabo lo anterior, la cláusula cuarta del Convenio establece que la Consejería asume el compromiso de favorecer el desarrollo del indicado Convenio mediante el compromiso de subvencionar las actuaciones desarrolladas por las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, en ejecución del Programa "Navidad en Compañía", y de los compromisos que para estas asociaciones conlleva, de conformidad con el presupuesto y financiación que figura en la cláusula décima del documento indicado.

Tercero

Las cláusulas séptima, octava y novena del Convenio prevén los Compromisos de la Asociación Pro_Dep, que asumió en la firma del mismo, y que son los siguientes:

«Séptima

Compromisos de la Asociación Pro_Dep

La Asociación Pro_Dep asume los siguientes compromisos:

1. Personal. La puesta a disposición de un coordinador a jornada completa que organizarán la gestión y la efectiva ejecución del desarrollo del programa "Navidad en Compañía".

2. Estancias. La prestación del servicio alojamiento en régimen de pensión completa para personas mayores de 65 años, autónomos o dependientes grado I, residentes en la Comunidad de Madrid, y mayores desplazados de Ucrania que cumplan estas características, generado desde el día 22 de diciembre de 2023 al 7 de enero de 2024, incluidos.

3. Publicidad. Las acciones de promoción y de publicidad divulgativa que tengan como objetivo informar del Programa "Navidad en Compañía" incluido en el conjunto de actuaciones que la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales está desarrollando en la lucha contra la Soledad No Deseada en las personas mayores.

4. Transporte. La Asociación Pro_Dep Madrid gestionará, a través del coordinador, un servicio de transporte que permita el desplazamiento del mayor desde su domicilio a la residencia y viceversa.

5. Actividades navideñas. La Asociación Pro_Dep gestionará, a través del coordinador, 10 actividades navideñas, 5 actividades a desarrollar en el período comprendido entre los días 22 y 31 de diciembre de 2023 y 5 actividades a desarrollar en el período comprendido entre los días 1 y 7 de enero de 2024.

Estas actividades están destinadas a las personas favorecidas que se encuentren ocupando las estancias en las plazas gestionadas por esta entidad.

De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Asociación Pro_Dep tiene la obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social con carácter previo a la concesión y al pago de la subvención.

Asimismo, la Asociación Pro_Dep deberá presentar declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiéndose aportar con carácter previo a la concesión de la subvención.

Octava

Acciones de la Asociación Pro_Dep necesarias para el desarrollo del Programa "Navidad en Compañía"

1. Personal. Para el desarrollo de esta acción, la Asociación Pro_Dep adscribirá al Programa los siguientes profesionales:

— Un profesional coordinador a jornada completa, en días laborables durante el período comprendido entre el 2 de noviembre de 2023 al 19 de enero de 2024, con titulación en cualquiera de las categorías del grupo profesional I Convenio colectivo de acción e intervención social 2022-2024, con experiencia mínima de 2 años en programas de intervención con personas mayores, en intervención en atención especializada y en trabajo interdisciplinar, como Coordinador del programa.

El horario en el que prestará su servicio será de mañana y tarde, y deberá ser lo suficientemente flexible para asegurar que realiza las funciones que tiene encomendadas. Así mismo, el coordinador deberá de estar localizable los fines de semana y festivos para atender alguna incidencia que pudiera surgir en la residencia.

Las funciones que desarrollará este profesional son las siguientes:

— La detección de los casos de las personas mayores de 65 años, autónomos o dependientes grado I, residentes en la Comunidad de Madrid, y mayores desplazados de Ucrania que cumplan estas características, todos ellos, siempre que se encuentren en una situación de soledad no deseada. Esta detección la realizará a través de los servicios sociales de atención primaria municipales, así como a través de los centros de mayores, de las empresas gestoras de los servicios públicos de atención domiciliaria (SAD y Tele asistencia), y de las asociaciones de voluntariado.

— Gestionará la solicitud y la asignación de la plaza, que se producirá a todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 2, por orden de presentación de las solicitudes, hasta agotar las estancias.

— La recepción de las solicitudes, realizarán su valoración y asignarán la plaza residencial durante el período comprendido entre los días 1 de diciembre de 2023 a 2 de enero de 2024, entre otras funciones que se describen en el presente documento. Para ello pondrán a disposición una dirección de correo electrónico y un teléfono gratuito, que deberá obtener el visto bueno de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

— Pondrán a disposición de las personas mayores que accedan a las estancias previstas en este Convenio una carta de bienvenida que, asimismo, contará con el visto bueno de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

— Elaborará y realizará unas encuestas de satisfacción que permitan extraer datos de los resultados obtenidos y del impacto del Convenio, de los que puedan deducirse oportunidades de mejora, elaborando un informe final que será entregado a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia antes del 7 de abril de 2024.

— Elaborarán un registro del perfil de las personas mayores que accedan a las estancias, según género (hombres/mujeres), durante y tras la ejecución de las acciones subvencionables.

Para el desempeño de estas funciones, la Asociación Pro_Dep pondrá a disposición de este personal un teléfono para este trabajador, correo electrónico y la carta de bienvenida señalada.

2. Estancias. La prestación del servicio alojamiento generado desde el día 22 de diciembre de 2023 al 7 de enero de 2024, incluidos, ofrece 1.020 estancias no financiadas con fondos públicos. Cada estancia incluye el uso de una habitación 24 horas para alojamiento que podrá ser compartida y el uso de las zonas de convivencia; la manutención; la ropa de cama, mesa, aseo, el lavado, repasado y planchado de la ropa personal, la participación en las actividades grupales ofrecidas por el centro residencial, y la asistencia que recibirán por parte trabajador social y psicólogo de la residencia.

Este servicio permitirá que, durante la estancia en la residencia, las personas mayores cuenten con compañía, apoyo emocional, oportunidades de participación y oportunidades de relacionarse con otras personas. La compañía y el apoyo emocional serán desarrollados por el servicio o programa de voluntariado gestionado por la entidad o las entidades beneficiarias de la subvención.

En la medida de lo posible se procurará adjudicar una plaza cercana al lugar de residencia del mayor.

3. Publicidad. Para el ejercicio de esta acción será necesario entregar las siguientes adaptaciones en color y en alta resolución preparadas para su correcta impresión y publicación:

a) Folleto díptico a color explicativo del programa: Diseño e impresión de 14.000 folletos dípticos.

b) Cartel anuncio del programa: Diseño e impresión de 2.000 carteles.

c) Informe final, editado.

Los folletos y carteles deberán ponerse a disposición de los centros sociales de atención primaria, centros de mayores, entidades gestoras de Tele asistencia y ayuda a domicilio y entidades de voluntariado, a través de los cuales se van a detectar los usuarios.

El beneficiario deberá incluir en cualquier documentación o medios de difusión el logo de la Comunidad de Madrid con la referencia a la subvención, que se publicará al efecto en el portal de la Comunidad de Madrid http://www.comunidad.madrid

Todos los trabajos de publicidad deben obtener el visto bueno, en cuanto al diseño y contenido, de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

La Comunidad de Madrid se reserva posibilidad de hacer campaña a través de medios contratados por la Dirección General Medios de Comunicación de la Consejería de Presidencia Justicia e Interior.

4. Transporte. Como queda señalado en la cláusula anterior, la Asociación Pro_Dep gestionará, a través del coordinador, un servicio de transporte que permita el desplazamiento de la persona favorecida desde su domicilio a la residencia y viceversa.

El transporte procurará el apoyo personal y control que sean necesarios para su adecuada atención y seguridad durante la prestación del servicio.

El lugar de recogida y entrega del usuario será la puerta de la calle que da acceso al edificio, esto es, el portal o en su defecto en el lugar accesible más cercano.

5. Actividades navideñas. Asimismo, conforme a la cláusula anterior, la Asociación Pro_Dep gestionará, a través del coordinador, 10 actividades navideñas destinadas a las personas favorecidas que se encuentren ocupando las estancias en las plazas gestionadas por esta entidad.

Cinco de estas actividades tendrán que llevarse a cabo en el período comprendido entre los días 22 y 31 de diciembre de 2023, y las otras 5 actividades en el período comprendido entre los días 1 y 7 de enero de 2024.

En cada uno de estos períodos temporales la temática de las actividades navideñas será la siguiente:

— 1 visita a un museo.

— 1 visita a exposición de belén.

— 1 asistencia a un concierto o a una representación navideña.

— 1 paseo al aire libre para admirar las luces y decoración navideña.

— 1 asistencia a merienda o chocolatada de navidad.

Para el desarrollo de la actividad, la Asociación Pro_Dep gestionará el servicio de transporte y la adquisición de las entradas necesarias para el desarrollo de la actividad, lo que estará incluido en el objeto de la subvención.

Novena

Gestión de las solicitudes de las personas favorecidas por el Programa "Navidad en Compañía"

1. La detección y captación de las personas favorecidas por el Programa "Navidad en Compañía" se realizará por los profesionales que la Asociación Lares Madrid y la Asociación Pro_Dep pondrán a disposición del programa, que gestionarán la solicitud y la asignación de la plaza. Esta detección la realizará a través de los servicios sociales de atención primaria municipales, así como a través de los centros de mayores, de las empresas gestoras de los servicios públicos de atención domiciliaria (SAD y Tele asistencia), y de las asociaciones de voluntariado.

Estos profesionales recepcionarán las solicitudes, realizarán su valoración y asignarán la plaza residencial durante el período determinado, que se producirá a todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 2, por orden de presentación de las solicitudes, hasta agotar las estancias.

2. Las personas que soliciten el servicio de alojamiento deberán reunir los requisitos de la cláusula segunda.

3. Con el fin de solicitar el servicio de alojamiento del programa, será necesario que las personas interesadas presenten la siguiente documentación:

— Solicitud firmada por el interesado o su representante.

— DNI o pasaporte.

— Documentación que justifique la residencia en la Comunidad de Madrid empadronamiento, factura que acredite el domicilio del interesado, contrato alquiler y cualquier otra documentación que acredite la residencia.

4. Las personas desplazadas de Ucrania deberán presentar la siguiente documentación.

— Pasaporte o documento acreditativo de identidad.

— Documento que acredite que se encuentran en el procedimiento de protección temporal.

5. Las personas mayores seleccionadas para el programa deberán aportar en el ingreso información de sus médicos de referencia, la tarjeta sanitaria, la medicación que estén tomando y artículos de uso personal (cepillo de dientes, ropa suficiente para cambios en los días de estancia).

6. La admisión en este programa, en ningún caso, generará derecho alguno a consolidar plaza residencial. La Comunidad de Madrid no será responsable en el caso de que algún usuario prolongue su permanencia más allá de la fecha tope contemplada en el Convenio».

Cuarto

De acuerdo con el compromiso de la Consejería, establecido en la cláusula cuarta del Convenio, la Asociación Pro_Dep recibió, en fecha 21 de septiembre de 2023, el pago anticipado de la subvención por importe de 81.844,04 euros (ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con cuatro céntimos), con cargo a la aplicación presupuestaria 48003 "Sin ánimo de lucro" del programa 231D de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, del presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogado hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023.

Quinto

Que en fecha 21 de noviembre de 2023, D.a Esther García Galbeño, en su calidad de Presidenta de la Asociación Pro_Dep certifica que esta Asociación, dada la imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones asumidas con su firma del Convenio, ha acordado, mediante reunión de su Junta Rectora, el desistimiento del mismo.

Que en fecha 18 de diciembre de 2023, la Asociación Pro_Dep ha realizado la devolución voluntaria completa de la subvención por importe de 81.844,04 euros (ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con cuatro céntimos) en la cuenta ES51 2100 5731 7102 0000 8034 de la que es titular la Comunidad de Madrid, mediante tres ingresos en la cuenta indicada en fechas 14 de diciembre por importe de 30.844,04 euros, 15 de diciembre por importe de 30.000,00 euros y 18 de diciembre por importe de 21.000,00 euros.

Sexto

Que el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que es causa de resolución de los Convenios el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

De acuerdo con la cláusula decimonovena del Convenio, en caso de extinción del mismo, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, y a tal efecto las partes,

ACUERDAN

Primero

Resolución

Resolver parcialmente, aceptando la renuncia presentada y concurriendo causa de incumplimiento por parte de la Asociación Pro_Dep, el citado Convenio entre las partes mediante la suscripción del presente documento, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimonovena del Convenio.

Segundo

Renuncia

La Asociación Pro_Dep ha renunciado expresamente a la aportación económica que recibió mediante pago anticipado de la subvención por importe de 81.844,04 euros (ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con cuatro céntimos), con cargo a la aplicación presupuestaria 48003 "Sin ánimo de lucro" del programa 231D de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia, del presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogado hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023.

Tercero

Reintegro

De acuerdo con lo previsto en la cláusula décima del Convenio el pago se realizó a la Asociación Pro_Dep tras la firma del Convenio, por importe de 81.844,04 euros (ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con cuatro céntimos).

El pago de la subvención concedida se efectuó mediante anticipo a cuenta con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención, no exigiéndose la constitución de garantías. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, autorizó la exención de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta conforme a lo establecido en el artículo 10, apartado 1.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.

Se anticipó el 100 por 100 del importe de la subvención concedida la Asociación Pro_Dep una vez formalizado el Convenio, en la siguiente fecha:

Con fecha de abono 21 de septiembre de 2023, con importe de 81.844,04 euros.

En virtud de la cláusula decimoquinta del Convenio, en los casos previstos en el artículo 11.1 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en concreto artículo 11.1.c), procederá el reintegro total de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fijada en el artículo 32 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad Madrid.

Que en fecha 18 de diciembre de 2023, la Asociación Pro_Dep ha realizado la devolución voluntaria completa de la subvención por importe de 81.844,04 euros (ochenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro euros con cuatro céntimos) en la cuenta ES51 2100 5731 7102 0000 8034, de la que es titular la Comunidad de Madrid.

Como consecuencia de la extinción del Convenio, la Asociación Pro_Dep procederá al reintegro de los intereses de demora en el plazo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación, conforme a lo siguiente:

Imagen del artículo RESOLUCIÓN parcial de 27 de diciembre de 2023, por incumplimiento de la Asociación Pro Dep del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y las Asociaciones Lares Madrid y Pro_Dep, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 163.688,08 euros (ciento sesenta y tres mil seiscientos ochenta y ocho euros con ocho céntimos), para el desarrollo del Programa Navidad en Compañía, dentro del marco de actuación contra la soledad no deseada en las personas mayores. Programa 231d, Subconcepto 48003.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente documento de Resolución del Convenio de colaboración. En el caso de que el Convenio sea firmado electrónicamente, su fecha será la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid o en ausencia de fecha en el pie de firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 27 de diciembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Asociación Pro_Dep., Esther García Galbeño.

(03/816/24)

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