ORDEN 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, en el desarrollo de sus competencias, mantiene un marco de colaboración con otras Administraciones Públicas, así como con la sociedad civil, que se rige por los principios generales de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos.

Este marco de colaboración se concreta en el establecimiento de una política de promoción y fomento administrativos materializada a través de varias líneas de subvención y otras ayudas públicas orientadas a la realización de proyectos que desarrollen determinadas acciones y actuaciones de cohesión, inclusión social e innovación social, servicios sociales, dependencia, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración y cooperación al desarrollo, familias y natalidad, juventud, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social, lucha contra la violencia de género y contra la discriminación y salvaguarda del derecho de todas las personas al reconocimiento de su identidad y al libre desarrollo de su personalidad acorde a la identidad o expresión de género libremente manifestada y dirigidas a la cobertura de las necesidades sociales de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid y, en concreto, de las mujeres, jóvenes, menores de edad, personas dependientes, LGTBI, mayores, inmigrantes y con discapacidad, pudiendo ser sus destinatarios tanto entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades en los ámbitos señalados, como particulares necesitados de protección.

La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, asumió a través del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, las competencias en todas estas materias.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en su artículo 8, establece la necesidad de elaborar un plan estratégico de subvenciones, en el que los objetivos y efectos que se pretenden conseguir y los costes previsibles y sus fuentes de financiación estén vinculados. En análogo sentido se pronuncia el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, introducido por la Ley 2/2004, de 31 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas.

Con la elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales para 2024 se da cumplimiento a lo dispuesto en los citados artículos 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, al propio tiempo que, a través de un único documento, se aborda una auténtica planificación estratégica de las políticas públicas de contenido subvencional desarrolladas por esta Consejería.

En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,

DISPONGO

Primero

Aprobación del Plan Estratégico

Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, que abarca todas las líneas de subvención y ayudas que se promuevan en materias competencia de esta Consejería, y que figura como Anexo a esta Orden.

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de enero de 2024.

La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2024 DE LA CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Las subvenciones se definen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como disposiciones dinerarias realizadas por cualquier Administración Pública a favor de personas públicas o privadas, siempre que se realicen sin contraprestación directa por los beneficiarios y se dirijan al cumplimiento de un determinado objetivo, ejecución de un proyecto, realización de una actividad o adopción de un comportamiento singular, que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

Uno de los principales instrumentos para la planificación de la actividad subvencional es el Plan Estratégico de Subvenciones, que se encuentra regulado en la mencionada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Dentro de las disposiciones comunes a las subvenciones públicas, el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, prevé como principio general de gestión, que los órganos de las Administraciones Públicas y cualesquiera entes públicos que propongan su establecimiento deben elaborar, con carácter previo, un plan estratégico de subvenciones, en el que se habrán de concretar los objetivos y efectos pretendidos con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, sometiéndose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En el mismo sentido, el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, introducido por la Ley 2/2004, de 31 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas, establece que "los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".

El plan estratégico de subvenciones debe confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones, tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando su efectividad supeditada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención en función, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

1. Ámbito competencial

De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, personas con discapacidad, personas LGTBI y demás grupos sociales necesitados de especial atención; en materia de protección y tutela de menores de edad y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud, y en materia de promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.

La Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, contempla un sistema de servicios sociales cuyas prestaciones han de estar orientadas a la prevención, eliminación o tratamiento de las causas que conducen a la marginación, y señala, entre sus principios inspiradores, la defensa de la dignidad, la universalidad, la igualdad y la no discriminación y la equidad, con la meta de una sociedad de personas iguales ante la ley, con las mismas oportunidades y con capacidad para elegir y decidir libremente.

El artículo 23 de esta Ley distingue entre prestaciones garantizadas y condicionadas, siendo estas últimas, las que están sujetas para su concesión a la disponibilidad de recursos y a los criterios de prioridad en la asignación que objetivamente se establezcan y de acuerdo con el principio de igualdad. Por otra parte, el artículo 24 distingue entre prestaciones de servicio y económicas, siendo las económicas las aportaciones dinerarias, de carácter periódico o de pago único, destinadas a lograr la mejora de las condiciones de vida, dirigidas a personas o familias en situación de necesidad personal o social. Tienen además, un carácter instrumental, como medio para garantizar mínimos de subsistencia o apoyo en situaciones de urgencia o emergencia sobrevenidas a las personas, para favorecer su autonomía personal e inclusión social.

Dentro de este ámbito competencial, las subvenciones a otorgar en esta materia se rigen por las siguientes normas:

— Normativa Estatal:

• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Normativa de la Comunidad de Madrid:

• Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.

• Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Por otra parte, el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, establece que son competentes para conceder subvenciones, entre otros, los Consejeros en el ámbito de la Consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella, y los apartados d) y e) del artículo 4.1 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, atribuyen a los Directores Generales de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el impulso y elaboración de las bases y normas reguladoras de ayudas y subvenciones promovidas por la dirección general, a iniciativa propia o en ejecución de planes, programas de actuación e iniciativas comunitarias, y la tramitación y seguimiento de estas ayudas y subvenciones, así como de los expedientes de reintegro de subvenciones y la revisión de las justificaciones.

Por todo ello, las diferentes líneas de subvención recogidas en el presente Plan serán gestionadas por los siguientes centros directivos:

— Dirección General de Servicios Sociales e Integración:

De acuerdo con el artículo 5 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esta Dirección General, entre otras, el impulso de la ordenación y planificación de los servicios sociales en la Comunidad de Madrid en colaboración, en su caso, con las administraciones locales y con entidades privadas, el fomento de programas sociales de interés general para la atención a personas en situación vulnerable, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el impulso de políticas de servicios sociales en relación con las personas y grupos en situación o riesgo de exclusión social, personas sin hogar, inmigrantes, minorías étnicas y otros grupos de población en situación de necesidad o de vulnerabilidad social, el fomento del voluntariado social, cultural, deportivo y de cualquier otra índole, así como la promoción de iniciativas de participación social, impulso del desarrollo comunitario, el emprendimiento social y la solidaridad organizada, el apoyo al tercer sector en el ámbito de la inclusión social y la acción en materia de cooperación para el desarrollo, educación para el desarrollo y ciudadanía global, y ayuda humanitaria, en colaboración con los países destinatarios de la ayuda, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

— Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad:

De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esta Dirección General, entre otras, la elaboración de propuestas de apoyo y protección, así como de fomento a la natalidad, la maternidad y la paternidad; el impulso de políticas sociales en relación con la infancia y la familia, especialmente las referidas a su protección cuando se encuentren en situación o riesgo de exclusión social, necesidad o de vulnerabilidad social; la promoción del asociacionismo de apoyo al ámbito familiar y de las actuaciones dirigidas a la consecución del bienestar social de la infancia, la adolescencia y la familia; el impulso de la investigación y de las acciones informativas, educativas, divulgativas o de cualquier otra índole dirigidas a un mejor conocimiento de la situación y de las necesidades de la infancia, la adolescencia, la familia y la natalidad en la Comunidad de Madrid y la promoción de acciones de formación permanente para profesionales que trabajen con infancia, adolescencia y familia, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

— Dirección General de Igualdad:

De acuerdo con el artículo 9 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esta Dirección General, entre otras, el desarrollo de las actuaciones orientadas a la consecución del objetivo de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de manera transversal; el apoyo a los programas de inserción laboral; el desarrollo de actuaciones de promoción de la igualdad efectiva dirigidas a los ámbitos educativo, sanitario, cultural, deportivo y en general cualquier otro ámbito, así como el incremento de la participación de las mujeres en la vida política, económica, social y comunitaria allí donde estén infrarrepresentadas; la prevención y lucha contra la pobreza y la exclusión de las mujeres; la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas LGTBI; la adopción de medidas dirigidas a prevenir y erradicar cualquier manifestación de la violencia que se ejerce sobre las mujeres, sus hijos e hijas y otras personas dependientes de ellas y la adopción de medidas dirigidas a sensibilizar sobre todas las formas de violencia de género, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

— Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad:

De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esta Dirección General, entre otras, el impulso desarrollo y seguimiento de las actuaciones en materia de atención temprana; el diseño, implantación y desarrollo de programas, actuaciones y servicios que favorezcan la inclusión social y promuevan la autonomía personal y la vida independiente de las personas con discapacidad o enfermedad mental y la planificación de necesidades, coordinación y seguimiento de los recursos que conforman la Red Pública de atención social especializada a personas con discapacidad y la Red Pública de atención social especializada a personas con enfermedad mental, así como la gestión de ambas redes, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

— Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia:

De acuerdo con el artículo 13 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esta Dirección General, entre otras, el impulso, mantenimiento y planificación de servicios de atención a personas mayores y de mecanismos que garanticen la prevención y promoción de la autonomía personal de este colectivo; el impulso de acciones de prevención de la dependencia y de envejecimiento activo y la promoción de acciones de información, asesoramiento y formación de los asistentes personales y cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

— Dirección General de Juventud:

De acuerdo con el artículo 15 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, corresponde a esa Dirección General, entre otras, el impulso, la coordinación y el seguimiento de las acciones dirigidas a la juventud desde los distintos ámbitos de la administración autonómica, así como la coordinación de las políticas juveniles de la Comunidad de Madrid a nivel local, autonómico, nacional e internacional y con la Unión Europea; la promoción, gestión y seguimiento de programas de actividades juveniles, especialmente aquellos orientados a la educación no formal en el ocio y tiempo libre; la promoción de intercambios, programas e iniciativas de carácter cultural, artístico y social y de fomento de la empleabilidad, en colaboración con otros países y el desarrollo y promoción de políticas y programas que respondan a las necesidades de los jóvenes, con el fin de facilitar y mejorar su desarrollo personal, familiar, social, educativo, económico y cultural, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la consejería y a distintas Administraciones públicas.

2. Objetivos

El Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, persigue la consecución de 16 grandes objetivos, dirigidos a los ámbitos de actuación propios de esta Consejería. Estos grandes objetivos, a su vez, se concretan en objetivos específicos por cada línea de subvención.

Objetivo 1

Realización de programas de interés general para atender fines de interés social.

Para su consecución se establece la siguiente línea de subvención:

1. Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: atender las necesidades específicas de protección y apoyo social de personas en situación de pobreza y de riesgo de exclusión social por diferentes causas en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.

— Órgano instructor: Dirección General de Servicios Sociales e Integración.

Objetivo 2

Paliar los efectos de la crisis económica obre la población vulnerable y en situación o riesgo de exclusión social.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvención directa para el pago de las ayudas del bono social térmico 2023 destinado a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables.

Objetivo específico: Compensar los gastos térmicos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción y el agua caliente o cocina.

2. Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: Promover la inclusión activa y mejorar la empleabilidad de las personas que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social, a través de la financiación a entidades sin ánimo de lucro de Proyectos de Integración de la Renta Mínima de Inserción.

3. Subvención nominativa con Movimiento contra la Intolerancia.

Objetivo específico: prevención de conflictos de odio y discriminación mediante acciones de sensibilización, atención a las primeras necesidades de las víctimas y apoyándolas con acciones judiciales contra los autores de dichos delitos de odio.

— Órgano instructor: Dirección General de Servicios Sociales e Integración.

Objetivo 3

Puesta en funcionamiento y mantenimiento de un conjunto de actuaciones para la acogida y la integración de personas inmigrantes que contribuyan a la plena igualdad de oportunidades de las personas inmigrantes que residen en la Comunidad de Madrid.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvención nominativa a Cruz Roja Española.

Objetivo específico: realizar actuaciones de emergencia para la acogida inicial y la cobertura de necesidades básicas a aquellas personas inmigrantes que se encuentran en graves situaciones de vulnerabilidad o exclusión social. Facilitar la integración de las personas inmigrantes en la sociedad madrileña y reforzar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres inmigrantes.

— Órgano instructor: Dirección General de Servicios Sociales e Integración.

Objetivo 4

Participación, colaboración y elaboración de propuestas referidas al desarrollo de la Historia Social Única como herramienta especial que garantice el acceso a los servicios y atención social a la población más vulnerable y en situación o riesgo de exclusión social, permitiendo una planificación de recursos y políticas sociales que respondan a las situaciones de pobreza y exclusión social de manera satisfactoria, en colaboración con las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvención nominativa a la Federación de Entidades y Centros para la Integración y Ayuda de Marginados (FACIAM).

Objetivo específico: participar y colaborar en el desarrollo del proyecto de la transformación y gestión de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid a través de la Historia Social Única y el proceso de transformación digital del Sistema Público de Servicios Sociales e impulsar el trabajo en red de las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

2. Subvención nominativa a la Plataforma Tercer Sector Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: participar y colaborar en el desarrollo del proyecto de la transformación y gestión de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid a través de la Historia Social Única y el proceso de transformación digital del Sistema Público de Servicios Sociales e impulsar el trabajo en red de las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

3. Subvención nominativa a la Red Madrileña de lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN MADRID).

Objetivo específico: participar y colaborar en el desarrollo del proyecto de la transformación y gestión de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid a través de la Historia Social Única y el proceso de transformación digital del Sistema Público de Servicios Sociales e impulsar el trabajo en red de las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

— Órgano instructor: Dirección General de Servicios Sociales e Integración.

Objetivo 5

Fomentar el voluntariado social, cultural, deportivo y de cualquier otra índole, así como impulsar la acción voluntaria, la participación ciudadana, el emprendimiento social, la solidaridad organizada y la ayuda humanitaria.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvención nominativa a la Plataforma de Entidades de Voluntariado de la Comunidad de Madrid (FEVOCAM).

Objetivo específico: contribuir a la realización de actuaciones de coordinación, formación, estudios sobre la acción voluntaria y divulgación de las actividades de voluntariado.

2. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la cofinanciación de proyectos de cooperación para el desarrollo, de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y de acción humanitaria.

Objetivo específico: fomentar la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y de acción humanitaria.

3. Convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro para la concesión directa de ayuda humanitaria y de emergencia.

Objetivo específico: fomentar la iniciativa social de las entidades sin ánimo de lucro para la consecución de proyectos de ayuda humanitaria en aquellas zonas más desfavorecidas y de emergencia ante catástrofes naturales u otras situaciones.

4. Convenios con las Universidades Públicas madrileñas para la realización del "Programa de voluntariado internacional 2024".

Objetivo específico: contribuir a la participación de estudiantes de las Universidades públicas madrileñas en proyectos de voluntariado internacional que se desarrollarán en universidades latinoamericanas, africanas y/o asiáticas que lleven a cabo proyectos sociales con sus comunidades, así como en organizaciones que realicen actividades en este ámbito y en estas áreas geográficas.

5. Subvención nominativa a la Red de ONGD de Madrid.

Objetivo específico: facilitar su funcionamiento y contribuir a la realización de actuaciones de coordinación, formación, estudio, sensibilización y divulgación en materia de cooperación al desarrollo.

6. Subvención nominativa a Seniors españoles para la cooperación técnica (SECOT).

Objetivo específico: contribuir a la participación en empresas y universidades de personas mayores, profesionales, directivos y empresarios que habiendo finalizado su actividad laboral o que encontrándose en activo, ofrecen su experiencia y conocimientos en gestión empresarial o académica a quienes lo necesitan, de tal forma que sus capacidades y experiencia sirvan a la sociedad.

— Órgano instructor: Dirección General de Servicios Sociales e Integración.

Objetivo 6

Fomentar la natalidad, adelantando en lo posible la edad de la primera gestación y las siguientes, el apoyo a la maternidad y paternidad, en especial la más vulnerable, y la lucha contra el envejecimiento de la población de la comunidad de Madrid. Objetivo compartido con la siguiente subvención.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: fomentar la natalidad de las mujeres madrileñas menores de 30 años con arraigo en el territorio autonómico al objeto de luchar de forma eficaz contra el envejecimiento de la población de la Comunidad de Madrid.

2. Ayuda económica directa de pago único por nacimiento o adopción múltiple en la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: apoyar económicamente a las familias con nacimientos u adopciones múltiples con el objeto de compensar las especiales dificultades para la crianza simultánea de dos o más hijos.

— Órgano instructor: Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

Objetivo 7

Incrementar la protección y el apoyo a las familias de la Comunidad de Madrid que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrollen proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias de que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social.

Objetivo específico: fomentar el desarrollo de proyectos dirigidos al apoyo a mujeres gestantes y/o madres de hijos de cero a tres años, en situación vulnerable y que carezcan de red de apoyo y de proyectos sociales dirigidos al apoyo a las familias monoparentales, familias numerosas, familias acogedoras, y familias adoptantes en situación de vulnerabilidad social.

— Órgano instructor: Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

Objetivo 8

Apoyar a las familias acogedoras de menores en la Comunidad de Madrid.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvención para financiar los gastos extraordinarios derivados del acogimiento familiar de menores.

Objetivo específico: asegurar la calidad de vida de los menores en acogimiento familiar ayudando a las familias acogedoras a hacer frente a los gastos extraordinarios derivados del acogimiento.

— Órgano instructor: Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

Objetivo 9

Reducir la brecha digital que afecta a la infancia y adolescencia vulnerable.

Para su consecución se establece la siguiente línea de subvención:

1. Subvenciones de concesión directa a entidades del tercer sector para la realización de formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad y jóvenes extutelados en la Comunidad de Madrid, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del programa "Competencias Digitales para la infancia (CODI).

Objetivo específico: formar a niños en situación de vulnerabilidad en las competencias incluidas en el Marco Europeo de Referencia de las Competencias Digitales de la Ciudadanía (DigComp) de la Comisión Europea, reduciendo la brecha digital que afecta a la infancia y adolescencia vulnerable.

— Órgano instructor: Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.

Objetivo 10

Conseguir que las mujeres procedentes de un itinerario de intervención por razón de violencia de género o desestructuración, eviten el riesgo de exclusión social y logren tener una vida laboral, social y familiar normalizada, así como procurar los recursos y mecanismos necesarios para rescatar y proteger adecuadamente a las mujeres víctimas de trata explotadas sexualmente.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Ayudas individuales de concesión directa a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: apoyar la autonomía e inserción social de las mujeres procedentes de centros residenciales pertenecientes a la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, que encontrándose en proceso de finalizar o habiendo finalizado el proceso de estancia en los referidos centros, precisan de apoyo económico por encontrarse en situación de dificultad.

— Órgano instructor: Dirección General de Igualdad.

Objetivo 11

Apoyar económicamente a los hijos e hijas, que han quedado huérfanos/as como consecuencia de la muerte de la madre por violencia de género.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Ayudas económicas de concesión directa destinadas a los hijos de mujeres víctimas mortales de violencia de género en la Comunidad de Madrid.

Objetivo específico: apoyar económicamente a los hijos que han quedado huérfanos como consecuencia de la muerte de la madre acaecida como consecuencia de la violencia de género, colaborando en la reparación del daño ocasionado.

— Órgano instructor: Dirección General de Igualdad.

Objetivo 12

Coadyuvar a la no discriminación por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género, mediante actuaciones de intervención y sensibilización con personas LGTBI vulnerables y de sensibilización de la sociedad madrileña.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención a personas LGTBI en situación de vulnerabilidad y de sensibilización de la sociedad madrileña dirigidos a la consecución de la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

Objetivo específico: promover la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI mediante acciones de integración e inclusión realizadas por entidades sin fin de lucro, a través de la financiación de proyectos dirigidos a las personas LGTBI en situación de vulnerabilidad de la Comunidad de Madrid, y de proyectos de sensibilización dirigidos a la población madrileña en su conjunto.

— Órgano instructor: Dirección General de Igualdad.

Objetivo 13

Promover la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, proporcionando instrumentos suficientes para que las mujeres participen activamente en todos los ámbitos de la sociedad, mediante la formación específica en la materia, el fomento de la conciliación y la corresponsabilidad entre hombres y mujeres y la empleabilidad de las mujeres, la eliminación de estereotipos de género, así como el fomento de la integración en la sociedad y de la autonomía personal de mujeres sin recursos, en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Convenio entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas.

Objetivo específico: contribuir al impulso y fomento de la igualdad y la implementación de medidas y estrategias de fomento de la conciliación/corresponsabilidad entre hombres y mujeres, introduciendo la sensibilización y la prevención de la violencia de género en las empresas madrileñas, así como la empleabilidad de las mujeres.

2. Programa de subvenciones a las Entidades Locales para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables 2024.

Objetivo específico: favorecer la conciliación de las familias con niñas, niños y jóvenes menores de hasta 16 años de edad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres, crear empleo de calidad en el sector de los cuidados e implantar planes de formación en corresponsabilidad y cuidados destinados a los hombres.

3. Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para la impartición de talleres prácticos que permitan acercar el mundo de la ciencia y la tecnología al alumnado de la Comunidad de Madrid, especialmente a las niñas.

Objetivo específico: contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres aumentando la presencia de alumnas en carreras científico-técnicas, con el fin de que ello repercuta en el incremento de la presencia de mujeres en profesiones STEM.

4. Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres discapacitadas víctimas de violencia de género.

Objetivo específico: fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres mediante el desarrollo de actuaciones dirigidas a mujeres discapacitadas, de forma especial a víctimas de violencia de género, utilizando como instrumento la práctica deportiva, así como actuaciones de sensibilización dirigidas a niños, niñas y jóvenes de los colegios de la Comunidad de Madrid.

5. Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para la ejecución de proyectos de atención a mujeres en situación de vulnerabilidad.

Objetivo específico: fomento de la integración en la sociedad y de la autonomía personal de mujeres sin recursos, en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social, mediante acciones de información, acogida, orientación, formación, asesoramiento, intermediación, seguimiento, apoyo, alojamiento y manutención.

— Órgano instructor: Dirección General de Igualdad.

Objetivo 14

Fomentar la participación de la iniciativa social en la prestación de servicios sociales especializados a personas con discapacidad, así como apoyar su inserción sociolaboral y colaborar en la cobertura de necesidades derivadas de la discapacidad.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera.

Objetivo específico: colaborar en determinados gastos que se ocasionen a las entidades con motivo del mantenimiento y funcionamiento de plazas en centros y el desarrollo de los servicios de información y orientación y de convivencia familiar y social para la atención social especializada en personas con enfermedad mental grave y duradera.

2. Ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitación y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud.

Objetivo específico: favorecer la continuidad de los beneficiarios en el programa de rehabilitación y continuidad de cuidados desarrollados por los Servicios de Salud Mental, sufragando los gastos de alojamiento para facilitar la transición a la vida independiente.

3. Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.

Objetivo específico: colaborar en determinados gastos que se ocasionen a las entidades con motivo del mantenimiento del servicio de información y orientación y el desarrollo de programas dirigidos a la promoción de la vida independiente o la prevención de situaciones de dependencia.

4. Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de plazas en centros y servicios de tratamientos de atención a personas con discapacidad y centros y servicios de tratamientos de atención temprana.

Objetivo específico: colaborar en determinados gastos que se ocasionen a las entidades con motivo del mantenimiento y funcionamiento de plazas en centros para la atención a personas con discapacidad y centros de atención temprana.

5. Subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, cofinanciada en un 40 por 100 por el Fondo Social Europeo Plus, en el marco del programa operativo de la Comunidad de Madrid (2021-2027) Objetivo Político 4. Prioridad 2. Objetivo Específico H: fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos.

Objetivo específico: promover la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, mediante el desarrollo de itinerarios integrados de inserción, servicios de acompañamiento y apoyo en el trabajo y el mantenimiento de redes entre entidades.

6. Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social.

Objetivo específico: favorecer la movilidad y la autonomía personal de las personas con discapacidad, sufragando los gastos de desplazamiento o de adquisición de productos de apoyo que suplan los efectos de la discapacidad.

7. Subvención nominativa al Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI-Comunidad de Madrid).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en acciones dirigidas a la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas destinadas a personas con discapacidad.

8. Subvención nominativa a la Fundación ONCE del Perro Guía (FOPG).

Objetivo específico: facilitar a la Fundación, en el marco del programa de cría y adiestramiento de perros, la realización de labores de alimentación, atención veterinaria y cuidado de perros reproductores adultos, así como las labores de reproducción, crianza y adiestramiento de cachorros como reproductores o como perros guía.

9. Subvención nominativa a la Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en la realización de cursos y jornadas, campañas de sensibilización y elaboración de guías informativas y de asesoramiento en casos de discapacidad derivada de una enfermedad poco frecuente.

10. Subvención nominativa a la Federación de Personas Sordas de la Comunidad de Madrid (FESORCAM).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad auditiva.

11. Subvención nominativa a la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad física y orgánica.

12. Subvención nominativa a la Federación Autismo Madrid.

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad derivada de trastornos del espectro autista.

13. Subvención nominativa a la Asociación Madrileña de Organizaciones de Atención a las Personas con parálisis Cerebral y Afines (ASPACE).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad derivada de parálisis cerebral y afines.

14. Subvención nominativa a la Unión Madrileña de Asociaciones pro Salud Mental (UMASAM).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad derivada de enfermedad mental grave y duradera.

15. Subvención nominativa a Plena Inclusión Madrid.

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad intelectual.

16. Subvención nominativa a la Federación Madrileña para la Defensa del Enfermo Neurológico (FEMADEM).

Objetivo específico: facilitar el funcionamiento de la entidad y su colaboración con la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales como cauce e interlocutor en la planificación, seguimiento y desarrollo de las políticas dirigidas a las personas con discapacidad afectadas por enfermedades neurológicas.

— Órgano instructor: Dirección General de Atención a personas con Discapacidad.

Objetivo 15

Colaborar con entidades sin ánimo de lucro del Tercer Sector de Acción Social para la realización de proyectos de interés general, interés público, social y humanitario en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Para su consecución se establece la siguiente línea de subvención:

1. Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro del Tercer Sector de Acción Social para acompañar a las personas mayores que viven solas, durante el período de Navidad.

Objetivo específico: contribuir al desarrollo del Programa "Navidad en Compañía" incluido en la Estrategia contra la Soledad en las personas mayores comprometida por el Gobierno de la Comunidad de Madrid.

— Órgano Instructor: Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

Objetivo 16

Promover el desarrollo personal, social y educativo de la juventud madrileña.

Para su consecución se establecen las siguientes líneas de subvención:

1. Subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal.

— Objetivo específico: apoyar los planes y estrategias de trabajo en materia de juventud de los municipios, impulsando proyectos formativos y de sensibilización dirigidas a los jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal y la realización de actividades juveniles de ocio y tiempo libre educativo.

2. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid.

— Objetivo específico: fomentar que las entidades sin ánimo de lucro puedan desarrollar proyectos formativos y de sensibilización en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal dirigidas a los jóvenes y a profesionales que trabajen en la intervención socio educativa con infancia y juventud. Apoyar la realización de actividades juveniles en materia de ocio y tiempo libre por parte de las entidades sin ánimo de lucro.

3. Subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntario juvenil.

— Objetivo específico: apoyar los planes y estrategias de trabajo en materia de juventud de los municipios mediante la realización de campos de voluntariado, para desarrollar el intercambio y encuentro entre jóvenes de diferentes países y culturas, reunidos para apoyar con su trabajo voluntario un proyecto de interés comunitario en el ámbito social, ambiental o cultural.

4. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntario juvenil.

— Objetivo específico: Fomentar que las entidades sin ánimo de lucro puedan desarrollar campos de voluntariado, como espacios de intercambio y encuentro entre jóvenes con diversos orígenes y culturas, reunidos para apoyar con su trabajo voluntario un proyecto de interés comunitario en el ámbito social, ambiental o cultural.

5. Subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas al equipamiento, obras y mejoras de locales juveniles de titularidad municipal.

— Objetivo específico: cofinanciar las inversiones de capítulo 6 en los ayuntamientos que decidan rehabilitar y dotar las infraestructuras destinadas a la juventud.

6. Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

— Objetivo específico: reconocer la labor de los jóvenes como partícipes y artífices de proyectos con gran impacto social; distinguiendo y dando visibilidad al esfuerzo, las capacidades, valores y cualidades de los jóvenes en tres modalidades: Superación, Tolerancia y Solidaridad.

7. Premios Emprendimiento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

— Objetivo específico: Reconocer proyectos elaborados que plantean soluciones novedosas con un marcado compromiso social y/o medioambiental.

— Órgano instructor: Dirección General de Juventud.

3. Costes presupuestarios previsibles

El presupuesto estimado para cada una de las líneas de subvención que incluye este Plan Estratégico es el que se detalla a continuación, desglosado por Programas presupuestarios.

Esta estimación se refiere a los créditos consignados en los diferentes programas contemplados.


Imagen del artículo ORDEN 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

Imagen del artículo ORDEN 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

4. Fuentes de financiación

Las subvenciones y ayudas que contempla este Plan Estratégico se van a financiar con cargo a diferentes Programas de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024. Los importes previstos para cada línea de subvención o ayuda directa son, como máximo, los consignados en los subconceptos de los Programas con cargo a los cuales se van a financiar, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de este ejercicio presupuestario se realicen, en cuyo caso, podrán incrementarse los importes previstos para las correspondientes líneas de subvención o ayudas directas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, la financiación de estas líneas de subvención y ayudas estará subordinada, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Las subvenciones para la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, se van a financiar con cargo a la transferencia del Estado que realice como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Ministros en el que se autoricen los criterios de distribución y la distribución resultante entre las Comunidades Autónomas de los créditos destinados a estas subvenciones, así como con cargo al crédito de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid destinados a este fin. Por ello, el importe que se ha consignado en este Plan Estratégico para estas subvenciones para 2024 es el que se prevé que corresponderá a la Comunidad de Madrid para dicho ejercicio. En consecuencia, dicho importe puede variar, destinándose, en cualquier caso, a estas subvenciones el importe que resulte de la distribución que el Estado realice entre las Comunidades Autónomas.

Cinco de las líneas de subvención y ayuda previstas cuentan con financiación del Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, las subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, el Convenio con la Cámara de Comercio, las ayudas para la ejecución de proyectos de atención a mujeres en situación de vulnerabilidad y ayudas para la impartición de talleres prácticos que permitan acercar el mundo de la ciencia y la tecnología al alumnado de la Comunidad de Madrid, especialmente niñas.

El artículo 7 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, determina que el Bono Social Térmico se financiará con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, de 21 de septiembre de 2023, por la que autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 40.043.998,73 euros en concepto de Bono Social Térmico para el año 2023.

Como resultado del método establecido, corresponden 40.809.721,15 euros a la Comunidad de Madrid, de los cuales se financiarán 765.722,42 euros con remanentes de ejercicios anteriores a fecha de 7 de febrero de 2023 y 40.043.998,73 euros con esta transferencia.

El Programa de subvenciones a las Entidades Locales para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables 2024 se financiarán con cargo a la transferencia del Estado en el marco del Plan Corresponsables.

Las subvenciones de concesión directa a entidades del tercer sector para la realización de formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad y jóvenes extutelados en la Comunidad de Madrid se financiarán a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Estas subvenciones se enmarcan en la Medida 3 "Acciones de capacitación para la ciudadanía digital", de la línea de inversión l1, "Competencias digitales transversales" del Componente 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y de Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional, cuyo hito a conseguir de acuerdo con lo dispuesto en la Decisión de Ejecución del Consejo (Council Implementing Decisión-CID) relativa a la aprobación del plan de, 13 de julio de 2021, es el 288: "Formación de 2.600.000 ciudadanos en competencias digitales, de acuerdo con las acciones en el marco de la medida".

5. Plazo de ejecución

El plazo de ejecución de este Plan Estratégico se corresponde con el año 2024.

Para este Plan Estratégico se establece una duración anual y no de tres años, como establece el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, debido a la especial naturaleza del sector al que se refieren las líneas de subvención y ayudas que se incluyen en el Plan, que implica que los objetivos perseguidos puedan variar de un año a otro. De esta forma, se posibilita la realización de los ajustes necesarios en el plan correspondiente a cada año.

Durante 2024 se realizarán las convocatorias de las Subvenciones a municipios y otras entidades locales y a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, para la realización de campos de voluntario juvenil para el año siguiente, con cargo al crédito presupuestario correspondiente al año siguiente en el que se convoquen; con el fin de determinar y conocer los proyectos subvencionados antes de que finalice el ejercicio y poder trasladarlo al programa internacional de campos de voluntariado, de acuerdo con los plazos determinados por este.

6. Efectos o resultados perseguidos

Con la ejecución de las líneas de subvención y ayuda incluidas en este Plan Estratégico se perseguirían fundamentalmente los siguientes efectos o resultados:

— Atender a las necesidades específicas de protección y apoyo social de personas en situación de pobreza y de riesgo de exclusión social por diferentes causas en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid.

— La reducción de la pobreza y la exclusión social en la Comunidad de Madrid.

— La plena y eficaz integración de la población vulnerable y la mejora de su perfil ocupacional, así como la implicación de los interlocutores sociales y económicos en la integración laboral de personas en situación y riesgo de exclusión social.

— El apoyo a entidades que trabajan con personas en riesgo de pobreza y exclusión social a fin de erradicar la pobreza en la Comunidad de Madrid.

— La sensibilización sobre la problemática de las personas de especial vulnerabilidad, a fin de dar respuesta a las situaciones de exclusión y de prevención de las mismas.

— Impulsar la conciliación y corresponsabilidad de las familias y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados.

— La acogida e integración de personas inmigrantes que residen en la Comunidad de Madrid.

— Evitar el corte de suministro de electricidad a las personas vulnerables y la mejora de la confortabilidad de sus viviendas.

— El fomento del pleno ejercicio del derecho a la igualdad de trato, el respeto de la dignidad de las personas, la protección contra cualquier forma de discriminación, acto o conducta intolerante o discriminatoria basados en la orientación sexual, identidad o expresión de género.

— Participar y realizar propuestas para la elaboración del registro único de usuarios dentro de la Historia Social Única (HSU), desde la perspectiva de las entidades del Tercer Sector y las personas en situación de vulnerabilidad.

— La coordinación entre los servicios sociales, a través de la participación de estas entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro, en la Historia Social Única, a fin de facilitar la integración e inserción social de la población más vulnerable, personas en situación y riesgo de exclusión social.

— El impulso de la acción voluntaria, potenciación de un voluntariado más activo, ofreciendo instrumentos y dispositivos que ayuden en los procesos de formación, organización y actuaciones en materia de voluntariado en la Comunidad de Madrid.

— El fomento de la iniciativa social de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.

— La compensación de las necesidades derivadas de catástrofes y la atención a aquellas zonas que se encuentren en situaciones de dificultad por guerras, hambruna u otras causas.

— El incremento de la natalidad entre las mujeres madrileñas menores de 30 años para reducir la tendencia al envejecimiento de la población de la Comunidad de Madrid evitando que por falta de posibilidades económicas se vean obstaculizados la formación de proyectos familiares en la región.

— Colaborar a sobrellevar las especiales dificultades de las familias con nacimientos u adopciones múltiples.

— Incrementar la protección y el apoyo a las familias de la Comunidad de Madrid que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social.

— Garantizar la cobertura de las necesidades de los menores en acogimiento familiar y fomentar el acogimiento de menores en la Comunidad de Madrid.

— Reducir la brecha digital que afecta a la infancia y adolescencia vulnerable.

— Apoyar la autonomía e inserción social de las mujeres y las personas dependientes de ellas, en caso de tener responsabilidades familiares.

— Apoyar económicamente a los hijos que han quedado huérfanos como consecuencia de la muerte de la madre por violencia de género, colaborando en la reparación del daño ocasionado.

— Cubrir las necesidades específicas de atención social de personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género.

— El fomento del pleno ejercicio del derecho a la igualdad de trato, el respeto de la dignidad de las personas, la protección contra cualquier forma de discriminación, acto o conducta intolerante o discriminatoria basados en la orientación sexual, identidad o expresión de género.

— La concienciación de la población en la importancia de la igualdad en todos los ámbitos.

— El impulso de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento de la corresponsabilidad en las organizaciones como elementos clave para el logro de una igualdad real y efectiva y el desarrollo empresarial.

— Impulsar la adopción de medidas para evitar el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, como reflejo de la violencia de género en los entornos empresariales, y el empoderamiento y la facilitación del acceso al mercado laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.

— Facilitar el acceso de las mujeres a acciones formativas clave para impulsar su empleabilidad y para potenciar su visibilidad en el mercado de trabajo en igualdad de condiciones que los hombres.

— Impulsar la conciliación y corresponsabilidad de las familias y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados.

— Apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad y enfermos mentales en situación de vulnerabilidad social.

— Apoyo a las entidades sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos orientados a mejorar la calidad de vida y la empleabilidad de las personas con discapacidad.

— El bienestar de la población mayor de 65 años que vive en situación de soledad, acompañando a aquellas personas mayores que no quieren pasar la Navidad solos y no cuentan con la opción de pasarla acompañados.

— Fomentar que, desde los municipios y desde las entidades sin ánimo de lucro, se desarrollen acciones formativas y de sensibilización que despierten interés en los jóvenes y mejorar la capacitación de las personas que trabajan con jóvenes.

— Fomentar el ocio saludable de los jóvenes, mejorando su bienestar. Promover la educación en valores y el crecimiento personal de los jóvenes.

— Potenciar el trabajo voluntario en beneficio de la comunidad, la movilidad y la formación de relaciones personales entre jóvenes de diferentes regiones y naciones, trabajando valores de cooperación, solidaridad y tolerancia.

— Mejorar el equipamiento de los centros de juventud de las entidades locales, con el fin de ofrecer alternativas de ocio saludable.

— Distinguir a los jóvenes que tengan una trayectoria de esfuerzo, superación, empatía y que, en general, se merezcan un reconocimiento por ser ejemplo para todos, bien como partícipes y artífices de proyectos con gran impacto social o de proyectos que planteen soluciones novedosas con un marcado compromiso social o medioambiental.

7. Indicadores de cumplimiento de objetivos y resultados

Es posible establecer indicadores generales y específicos aplicables a todas las líneas de subvención y ayuda:

1. Indicadores de carácter general:

— Importe del crédito ejecutado y porcentaje sobre el crédito disponible.

— Número de solicitudes presentadas.

— Número de solicitudes atendidas, en total y desglosadas por concepto, tipo de proyecto, tipo de actividad o tipo de centro o servicio, en su caso.

— Número de entidades, personas o familias subvencionadas.

— Número de beneficiarios, en total y desglosados por concepto, tipo de proyecto, tipo de actividad o tipo de centro o servicio, en su caso.

— Grado de cumplimiento respecto a los objetivos previstos.

— Grado de satisfacción de los destinatarios.

2. Indicadores específicos:

a) Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid:

— Tiempo de duración de las actividades.

— Grado de implicación de los destinatarios en las actividades.

— Número de actuaciones realizadas.

b) Subvención directa para el pago de las ayudas del bono social térmico 2023 destinado a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables:

— Número de beneficiarios a los que se les ha efectuado el pago de la ayuda con relación al número de potenciales beneficiarios del BSTE 2023 facilitados por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid.

— Número de familias vulnerables.

— Número de familias vulnerables severas.

— Causas por las cuales no se ha efectuado el pago de la ayuda a los beneficiarios del BSTE 2023.

c) Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid:

— Número de proyectos ejecutados por modalidad.

— Inserciones laborales conseguidas entre los participantes.

— Media de horas de participación de usuarios.

— Participantes RMI.

— Inversión por participante.

d) Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la cofinanciación de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria.

— Número de actuaciones realizadas.

— Tiempo de duración de las actividades.

— Metodología e instrumentos utilizados.

— Grado de implicación de los usuarios/destinatarios en las actividades.

— Ampliación de redes con el tejido asociativo.

— Impacto del proyecto.

e) Convenios con entidades privadas sin ánimo de lucro para la concesión directa de ayuda humanitaria y de emergencia.

— Número de personas receptoras de cada tipo de ayuda.

— Zonas y regiones beneficiarias.

— Número de proyectos y tipo de proyectos beneficiarios de la ayuda.

f) Convenios con las Universidades Públicas madrileñas para la realización del "Programa de voluntariado internacional 2024".

— Número de estudiantes en Universidades Públicas madrileñas para la realización y financiación del proyecto "Programa de Voluntariado Internacional 2024".

— Número y clase de proyectos en los que han participado y países en que se han desarrollado.

— Capacidades y formación adquiridas por los participantes.

g) Ayudas económicas de pago mensual por gestación, nacimiento de hijo o adopción de menores en la Comunidad de Madrid.

— Número de mujeres que solicitan la ayuda.

— Número de mujeres y menores beneficiarios.

h) Ayuda económica directa de pago único por nacimiento o adopción múltiple en la Comunidad de Madrid.

— Número de beneficiarios por nacimiento.

— Números beneficiarios por adopción.

— Número de beneficiarios por nacimiento o adopción con dos hijos, con tres o con cuatro o más hijos.

i) Ayudas económicas destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrollen proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias de que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social.

— Número de entidades que presentan proyectos.

— Número de mujeres y de niños atendidos.

j) Subvención para financiar los gastos extraordinarios derivados del acogimiento familiar de menores.

— Número de menores acogidos beneficiados.

— Porcentaje de ayudas para gastos médicos no cubiertos por la SS (dentista, gafas, vacunas, etc).

— Porcentaje de ayudas para gastos psicológicos.

— Porcentaje de ayudas para gastos de logopedia y/o pedagógicos.

k) Subvenciones de concesión directa a entidades del tercer sector para la realización de formación en competencias digitales a niños en situación de vulnerabilidad y jóvenes extutelados en la Comunidad de Madrid, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el marco del programa "Competencias Digitales para la infancia (CODI).

— Número de niños formados en competencias digitales.

l) Ayudas individuales de concesión directa a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Inserción laboral:

— Número de mujeres que han encontrado empleo.

— Número de mujeres desempleadas.

— Número de mujeres que participan en programas de empleo.

— Número de mujeres que han llevado a cabo una iniciativa emprendedora.

Residencia/empadronamiento:

— La mujer reside en una vivienda de uso individual o colectivo.

— Otras soluciones habitacionales. Indicar.

— Número de mujeres que han logrado vivir de forma independiente con sus hijos, en su caso.

Otros recursos solicitados por la mujer:

— La mujer ha solicitado otros recursos de atención a víctimas de violencia de género provistos por la Comunidad de Madrid o por otras AA. PP., Tercer Sector, etc.

— La mujer ha recurrido a otros recursos públicos o privados de atención: social, educativa, sanitaria, etc.

Situación de los hijos:

— Hijos menores siguen escolarizados.

— Hijos mayores de 16 años cursan estudios de Grado Medio o Superior de Formación Profesional y/o universitarios de Grado o Máster u otra formación para el empleo.

— Hijos mayores de 16 años han encontrado empleo.

m) Ayudas económicas de concesión directa destinadas a los hijos de mujeres víctimas mortales de violencia de género en la Comunidad de Madrid.

— Los hijos viven de forma normalizada después del fallecimiento de la madre, en el seno de la familia o bajo otras fórmulas de convivencia.

— Hijos menores siguen escolarizados.

— Hijos mayores de 16 años cursan estudios de Grado Medio o Superior de Formación Profesional y/o universitarios de Grado o Máster u otra formación para el empleo.

— Hijos mayores de 16 años han encontrado empleo.

n) Subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención a personas LGTBI en situación de vulnerabilidad y de sensibilización de la sociedad madrileña dirigidos a la consecución de la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

— Número de proyectos ejecutados por modalidad de intervención.

— Número de personas participantes.

— Público destinatario de las acciones de sensibilización.

ñ) Convenio entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid para el fomento de la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las empresas madrileñas.

— Número de personas que han recibido formación en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

— Número de empresas asesoradas en igualdad y conciliación/corresponsabilidad.

— Número de personas que han recibido formación en violencia de género en el ámbito laboral.

— Número de mujeres en situación de vulnerabilidad atendidas.

o) Programa de subvenciones a las Entidades Locales para la realización de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables 2024.

— Número de proyectos ejecutados.

— Número de menores de 16 años atendidos.

— Número de familias atendidas.

— Número de hombres que han recibido planes de formación en corresponsabilidad.

p) Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para la ejecución de proyectos de atención a mujeres en situación de vulnerabilidad.

— Número de proyectos ejecutados por cada línea de subvención.

— Número de mujeres atendidas por cada línea de subvención.

— Inversión media por participante/destinatario según línea de subvención.

q) Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para la impartición de talleres prácticos que permitan acercar el mundo de la ciencia y la tecnología al alumnado de la Comunidad de Madrid, especialmente a las niñas.

— Número de talleres impartidos.

— Número de centros escolares atendidos.

— Número de asistentes a los talleres impartidos.

— Número de niñas asistentes a los talleres impartidos.

r) Subvenciones a instituciones sin fines de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres discapacitadas víctimas de violencia de género.

— Número de mujeres discapacitadas participantes en el proyecto.

— Número de asistentes a las actividades de sensibilización.

— Número de niñas asistentes a las actividades de sensibilización.

s) Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de centro o servicio y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los centros y servicios subvencionados.

t) Ayudas individuales de apoyo social a personas integradas en programas de rehabilitación y continuidad de cuidados de los Servicios de Salud Mental del Servicio Madrileño de Salud.

— Número de ayudas revocadas después de concedidas por abandono del programa de rehabilitación y continuidad de cuidados.

— Cuantías concedidas por tipo de alojamiento y porcentaje sobre el importe total.

— Número de personas que mantienen su alojamiento normalizado durante el año objeto de subvención.

u) Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de servicio y programa y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los servicios y programas subvencionados.

v) Subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de plazas en centros y servicios de tratamientos de atención a personas con discapacidad y centros y servicios de tratamientos de atención temprana.

— Cuantías de las subvenciones concedidas por tipo de centro y porcentaje del total concedido.

— Número de personas atendidas en los centros subvencionados.

w) Subvenciones a entidades sin fin de lucro para acciones dirigidas a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, cofinanciada en un 40 por 100 por el Fondo Social Europeo Plus, en el marco del programa operativo de la Comunidad de Madrid (2021-2027).

— Número de entidades que concurren a la convocatoria.

— Número de proyectos ejecutados por modalidad.

— Número de participantes en proyectos.

— Inserciones laborales conseguidas entre los participantes.

— Media de horas de participación de usuarios.

— Inversión por participante.

x) Ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social.

— Cuantías concedidas por concepto y porcentaje en relación al importe total.

y) Subvención nominativa a la Fundación ONCE del Perro Guía (FOPG).

— Compra de pienso para alimentación de perros reproductores acogidos por familias cuidadoras.

— Honorarios profesionales de los veterinarios del Servicio de Cría.

z) Subvención nominativa al Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI-Comunidad de Madrid).

Subvención nominativa a la Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER).

Subvención nominativa a la Federación de Personas Sordas de la Comunidad de Madrid (FESORCAM).

Subvención nominativa a la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (FAMMA).

Subvención nominativa a la Federación Autismo Madrid.

Subvención nominativa a la Asociación Madrileña de Organizaciones de Atención a las Personas con parálisis Cerebral y Afines (ASPACE).

Subvención nominativa a la Unión Madrileña de Asociaciones pro Salud Mental (UMASAM).

Subvención nominativa a Plena Inclusión Madrid.

Subvención nominativa a la Federación Madrileña para la Defensa del Enfermo Neurológico (FEMADEM).

— Número de personas atendidas en el servicio de información y orientación.

aa) Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro del Tercer Sector de Acción Social para acompañar a las personas mayores que viven solas, durante el período de Navidad.

— Número de personas atendidas desagregadas por sexo.

ab) Subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal.

— Número de municipios que participan en las convocatorias.

— Número de proyectos formativos y de sensibilización desarrolladas.

— Número de actividades juveniles desarrolladas.

— Número de jóvenes inscritos en los cursos o actividades.

ac) Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal en la Comunidad de Madrid.

— Número de entidades que participan en las convocatorias.

— Número de proyectos formativos y de sensibilización realizadas.

— Número de actividades juveniles desarrolladas.

— Número de jóvenes inscritos en los cursos o actividades.

ad) Subvenciones a municipios y otras entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntario juvenil.

— Número de municipios que participaron en las convocatorias.

— Número de jóvenes inscritos en los campos.

ae) Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para la realización de campos de voluntario juvenil.

— Número de entidades que participaron en las convocatorias.

— Número de jóvenes inscritos en los campos.

af) Subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid destinadas al equipamiento, obras y mejoras de locales juveniles de titularidad municipal.

— Número de municipios que participan en la convocatoria.

— Número de jóvenes que hacen uso de las nuevas instalaciones o servicios.

ag) Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

— Número de candidaturas presentadas en cada una de las modalidades premiadas.

ah) Premios Emprendimiento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

— Número de candidaturas presentadas en cada una de las modalidades premiadas.

8. Medidas correctoras

Al tratarse de subvenciones anuales, las desviaciones que se pueden producir serán mínimas. No obstante, si al realizarse el seguimiento técnico por el personal de las distintas Direcciones Generales a las que corresponde la instrucción de las líneas de subvenciones y ayudas incluidas en este Plan Estratégico, o en su caso, el seguimiento económico, se identificarán desviaciones en cuanto al cumplimiento de los objetivos o la realización de las actuaciones previstas, se procederá a su adaptación.

9. Sistema de evaluación

La evaluación de las distintas líneas de ayudas y subvenciones incluidas en este Plan Estratégico se basará en los indicadores previstos en el apartado 7, ya sean los generales o los específicos para cada línea de subvención o ayuda.

Con la evaluación de estas líneas se subvención o ayuda se persigue:

— Valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos.

— Valorar el grado de idoneidad, eficiencia y eficacia de los proyectos o actividades subvencionadas.

— Valorar las dificultades encontradas al realizar las actividades o proyectos.

— Analizar los resultados para facilitar la toma de decisiones en la planificación de actuaciones futuras.

Para realizar la evaluación se utilizarán diversos instrumentos, como elaboración de memorias, aplicación de cuestionarios diseñados "ad hoc" y realización de entrevistas y reuniones con los responsables de las actividades o proyectos. Asimismo, se tendrán en cuenta las evaluaciones realizadas por los beneficiarios de la subvención y las evaluaciones externas.


Imagen del artículo ORDEN 100/2024, de 18 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

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