ADENDA de 28 de diciembre de 2023, al contrato-programa entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, en relación a los gastos extraordinarios 2023.

En Madrid, a 28 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en adelante CRTM), cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 19 de julio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2023), actuando para la firma de esta adenda en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Ignacio Vázquez Casavilla, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, avenida de Asturias, número 4 (28029 Madrid), en nombre y representación de la empresa Metro de Madrid, S. A. (en adelante Metro), inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número A-28001352, y con domicilio social en Madrid, avenida de Asturias, número 4, en su calidad de Consejero-Delegado de la misma, cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo de Administración de 28 de julio de 2023. Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para el otorgamiento del presente documento y a tal efecto:

MANIFIESTAN

I. Las relaciones recíprocas entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A., se encuentran actualmente reguladas por el Contrato-Programa suscrito por ambas partes en fecha 8 de octubre de 2020, cuya vigencia se extiende al período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, con posibilidad de prórroga de cuatro años más. Las condiciones económicas para el año 2023 se recogen en la adenda firmada el 30 de diciembre de 2022.

II. La prórroga del presupuesto de 2022 al ejercicio 2023, ha supuesto una importante disminución del importe del contrato programa que contemplaba el presupuesto aprobado inicialmente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. El importe del contrato programa previsto ascendía a 988.527.661 euros frente a los 893.507.940 euros del presupuesto de 2022 prorrogado a 2023 (una disminución de 95.019.721 euros). Dicho presupuesto estimaba los gastos extraordinarios que Metro de Madrid tiene que afrontar en 2023 frente a los previstos en el presupuesto de 2022 prorrogados en 2023.

En la cláusula 5 del Contrato-Programa, relativo a las aportaciones económicas del CRTM a Metro, se establece la posibilidad de la actualización de la tarifa de mercado cuando se produzca una significativa variación en los costes de explotación no prevista en el presupuesto y no imputable a Metro.

III. Los gastos extraordinarios que está soportando Metro de Madrid durante el ejercicio 2023 ascienden a un total de 67.020.562,00 euros, por los siguientes conceptos:

— Costes de energía: el importe que recoge el presupuesto prorrogado asciende a 52.948.298 euros y la previsión de cierre es de 80.569.207 euros, por lo que el déficit previsto es de 27.620.909 euros.

— Costes de personal: Como consecuencia de la prórroga presupuestaria los importes previstos en la misma no recogen los incrementos en los costes de personal desde enero de 2022. El importe estimado a cierre del ejercicio por estos conceptos es de 453.409.162 euros por lo que el sobrecoste respecto al presupuesto prorrogado de 2022 en 2023 es de 28.783.157 euros.

— Revisión de precios de los contratos de arrendamiento y mantenimiento del material móvil: Los contratos de arrendamiento de material móvil con las sociedades Ferromóvil 3000, Ferromóvil 9000 y Plan Metro contemplan una cláusula de revisión de precios anual referenciada al valor del Euribor de ese año. El extraordinario repunte que soportado ese índice en los últimos meses, no previsto en los presupuestos por estar prorrogados, ha supuesto un sobrecoste de 4.813.050 euros. Asimismo, el incremento del IPC, muy por encima de la serie histórica, de los contratos de mantenimiento de este mismo material móvil supone un sobrecoste de 5.806.446 euros. El coste extraordinario soportado por Metro a consecuencia de la revisión de precios de estos contratos asciende a 10.616.496,00 euros.

En consecuencia y de conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda al contrato-programa entre el CRTM y Metro de Madrid, S. A., con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

En aplicación de la cláusula 5 del contrato programa, se compensa a Metro de Madrid tanto del aumento de los costes de explotación, que supone una aportación económica extraordinaria de 67.020.562,00 euros, por aumento de los costes de energía 27.620.909,00 euros, para compensar el aumento de los costes salariales no incluidos en el presupuesto 28.783.157,00 euros y para la revisión de precios en los contratos de arrendamiento y mantenimiento de material móvil 10.616.496,00 euros.

Dicho importe deriva de la aplicación de una tarifa de mercado de 0,103224023 euros por cada viaje que se efectúe en la red de Metro con un título emitido por el CRTM en el ejercicio 2023, que se estiman en un total de 649.272.910 viajes.

Segunda

Se mantienen sin modificación el resto de condiciones pactadas en el Contrato-Programa de 8 de octubre de 2020.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad con lo aquí acordado, ambas partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 28 de diciembre de 2023.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por Metro de Madrid, S. A., Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/681/24)

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