Para dar cumplimiento al punto tercero (sistema de selección por concurso-oposición) del Acuerdo de 12 de mayo de 2022, alcanzado en la Comisión paritaria del Personal Funcionario de las Universidades Públicas Madrileñas, en relación a las Convocatorias de Oferta Pública de Empleo de estabilización, se modifican las Bases siguientes:
La Base 11.2.1 de la Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca Concurso-Oposición para ingreso por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal de dicha Universidad.
— En lugar de decir: "Cada pregunta contestada correctamente se valorará con un punto".
— Debe decir: "Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,60 puntos".
Y la Base 11.2.2 de dicha Resolución:
— En lugar de decir: "Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 30 puntos para superarlo".
— Debe decir: "Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 24 puntos para superarlo".
Asimismo, se modifica la Base 10.2.1 de la Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca Concurso-Oposición para ingreso por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliares de Biblioteca, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal de dicha Universidad.
— En lugar de decir: "Cada pregunta contestada correctamente se valorará con un punto".
— Debe decir: "Cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,60 puntos".
Y la Base 10.2.2 de dicha resolución:
— En lugar de decir: "Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 30 puntos para superarlo".
— Debe decir: "Este ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 24 puntos para superarlo".
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Universidad Complutense", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del mismo.
Madrid, a 16 de enero de 2024.—El Rector, P. D., la Gerente (D. R. 28/2023, de 28 de junio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 162, de 10 de julio), P. D. F., el Vicegerente de Recursos Humanos (Resolución Gerencia de 14 de septiembre de 2023, "Boletín Oficial de la Universidad Complutense" de 20 de septiembre), Felipe Martínez López.
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