ADENDA de 16 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de 1 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, hallándose facultado para la firma de la presente adenda según lo dispuesto en el apartado primero.1.d).2.o de la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, don Enrique Villalobos Juan, en su condición de Presidente de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), con NIF: G-28749836 y domicilio social en Madrid, en la calle San Cosme y San Damián, número 24, 1.o, 1 (28012), en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento, de fecha 16 de marzo de 2023, efectuado por la Asamblea General Extraordinaria de la entidad, celebrada en esa misma fecha.

Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente su capacidad legal y competencia para formalizar la presente adenda de modificación y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (actualmente Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM) suscribieron en fecha 1 de junio de 2021 un convenio con el objeto de establecer un marco de colaboración para garantizar la administración del arbitraje de consumo a los ciudadanos mediante su participación en la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, a través de los correspondientes órganos arbitrales.

II. Que, según establece la cláusula cuarta del convenio, el número de vistas arbitrales con participación de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), durante la vigencia del convenio, es de trescientas veintiuna, a razón de ciento siete vistas en las anualidades correspondientes a los años 2022, 2023 y 2024, por un importe máximo de 16.050 euros y de 50,00 euros (IVA incluido) por cada vista arbitral en la que se encuentre representada la Asociación.

III. Que el convenio tiene una vigencia de tres años, desde el día 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiéndose prorrogar por un período máximo de cuatro años adicionales mediante acuerdo expreso de las partes, en virtud de lo previsto en su cláusula octava.

IV. Que, a tenor de lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, podrá ampliarse el número de vistas a celebrar, cuando fuera necesario contar con la representación de la asociación en un número superior al previsto, previa tramitación del expediente económico de gasto y la fiscalización del mismo por la Intervención Delegada.

V. Que el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone, en cuanto al régimen de modificación de los convenios, que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

VI. Que se ha producido un aumento en el número de solicitudes de arbitraje de consumo presentadas ante la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid, por lo que se hace necesario ampliar en dieciocho, las vistas arbitrales previstas en el convenio para el año 2024, pasando de ciento siete a ciento veinticinco, con un número total, en consecuencia, de trescientas treinta y nueve vistas durante toda la vigencia del convenio.

VII. Que el número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la vigencia del convenio, tras la presente modificación, se ha estimado en trescientas treinta y nueve, a razón de ciento siete correspondientes a los años 2022 y 2023, y ciento veinticinco en 2024.

ACUERDAN

Primero

Modificación de la cláusula cuarta del convenio

Se modifica el tercer párrafo de la cláusula cuarta del convenio, que queda redactado en los siguientes términos:

"El número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la vigencia del convenio se ha estimado en trescientas treinta y nueve, a razón de ciento siete en cada una de las anualidades correspondientes a los años 2022 y 2023, y ciento veinticinco en el año 2024. El importe máximo que deberá ser abonado por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a través del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, durante la vigencia del convenio, asciende a la cantidad de dieciséis mil novecientos cincuenta euros (16.950,00 euros)".

Segundo

Efectos de la adenda de modificación

La modificación contenida en la presente adenda tendrá eficacia desde su firma y deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de modificación, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 16 de diciembre de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.—El Presidente de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), Enrique Villalobos Juan.

(03/121/24)

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