Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 28 de diciembre de 2023, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2024 para la realización de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

BDNS IDENTIF.: 736790

Primero. Beneficiarios.—Las organizaciones o agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones o Fundaciones con, al menos 2 años de anterioridad a la publicación de esta convocatoria, que tengan como fines institucionales la realización de actividades en materia de sensibilización y educación para el desarrollo sostenible, debiendo disponer de sede abierta o delegación permanente en el Municipio de Madrid dotada de personal permanente, en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 15 de la OBRGS y en el artículo 4 de la presente convocatoria y en las que no concurra ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la cofinanciación de proyectos de educación para el desarrollo sostenible y una ciudadanía global que contribuyan a promover en la ciudadanía madrileña la información, el conocimiento crítico y la comprensión de las dimensiones globales del desarrollo sostenible, la justicia y la solidaridad.

Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (OBRGS), de 30 de octubre de 2013 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 278, 22 de noviembre de 2013).

Cuarto. Cuantía.—La cuantía máxima total estimada de la convocatoria asciende a 1.000.000 euros (un millón de euros), y se financiará con cargo a los créditos establecidos en el programa "Cooperación y Ciudadanía Global" del presupuesto municipal del año 2024, quedando su concesión condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Ningún proyecto podrá recibir una ayuda inferior a 50.000 euros ni superior a 90.000 euros. En el caso de agrupaciones, esta cuantía podrá ascender a 100.000 euros.

Los proyectos que presenten las entidades podrán recibir hasta un máximo de 80 por 100 de subvención del coste total del proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales contados a partir de las 12.00 horas peninsular española del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizando el mismo a las 12.00 horas peninsular española del último día de plazo.

Sexto. Otros datos.—La solicitud de subvención se tramitará a través de la Sede Electrónica https://sede.madrid.es . Para ser admitido en la convocatoria, el documento de formulación deberá estar grabado y enviado antes de la finalización del plazo de presentación establecido en el artículo 5.3 de la convocatoria. El formulario de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es .

Madrid, a 28 de diciembre de 2023.—El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/439/24)

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