ADENDA de 21 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid, para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, firmado el 27 de marzo de 2023.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 5 y 7 a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la citada Agencia.

De otra parte, D. Fernando Enrique García Muiña, Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, en nombre y representación de la Universidad Rey Juan Carlos (en adelante, URJC), en ejercicio de la delegación de firma atribuida mediante Resolución de 13 de enero de 2023, del Sr. Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, D. Javier Ramos López, nombrado mediante Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 83, de 8 de abril de 2021), en su nombre y representación, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la URJC, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, del 10 de junio de 2010).

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación del convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 27 de marzo de 2023 fue suscrito el "Convenio de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor", que tiene por objeto, de acuerdo con su cláusula primera, establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y la URJC, con el fin de determinar las condiciones en las que los estudiantes de la URJC realizarán las prácticas externas en enseñanzas de Grado de Psicología, Educación Social y Trabajo Social de esta universidad y sus centros adscritos, dentro de los centros y servicios dependientes de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, además de la participación en aquellas actividades curriculares promovidas por cualquiera de estas dos instituciones que se consideren de interés en base a las funciones que cada una tiene encomendadas.

II. Con fecha 17 de marzo de 2023, se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones que, en su disposición derogatoria segunda, deroga la disposición adicional quinta del Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

El Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en adelante, TRLGSS), y en cuyo apartado treinta y cuatro añade una nueva disposición adicional quincuagésima segunda al TRLGSS sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

El apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece que, en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

Asimismo, conforme establece la disposición final décima del citado Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, modificada por el artículo 212 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, esta medida entrará en vigor el 1 de enero de 2024.

III. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta del convenio, es precisa su modificación.

Por todo lo que antecede, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación, que se regirá de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula cuarta del convenio

La cláusula cuarta del "Convenio de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y la Comunidad de Madrid, a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor", suscrito el 27 de marzo de 2023, queda redactada como sigue:

"Cuarta

Obligaciones económicas

El presente convenio no implica ningún tipo de obligación de carácter económico para la Comunidad de Madrid.

El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social con arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda, apartado 4, letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderá a la Universidad Rey Juan Carlos en la que los alumnos cursan estudios.

La Comunidad de Madrid no será responsable de ningún tipo de obligación en materia de Seguridad Social por la realización de las prácticas académicas, ni tampoco por cualquier otra causa sobrevenida que produzca obligaciones de contenido económico, dándose por extinguido el convenio en otro caso".

Segunda

Supresión de la letra c) de la cláusula undécima del convenio

Se suprime la letra c) de la cláusula undécima (Causas de resolución del convenio) del convenio.

Tercera

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del convenio citado se mantienen expresamente vigentes y sin cambios.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por delegación de firma (Resolución de 13 de enero de 2023), el Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia, Fernando Enrique García Muiña.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Miguel Ángel García Martín.

(03/21.967/23)

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