Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

1. Por sendos decretos de esta Alcaldía, de 19 de junio, se aprobaron las delegaciones para la gestión de las diferentes áreas de gobierno y las delegaciones en favor de los concejales y se nombró a los miembros de la Junta de Gobierno Local. Por resolución de Alcaldía 1847 de 20 de junio de 2023, se delegó en D. Federico Crespo Iglesias, el área de gobierno de Economía y Hacienda y Contratación.

2. En el decreto de delegaciones de las áreas de gobierno se estableció que, en posteriores resoluciones de Alcaldía, se precisaría el ámbito material de actuación para la emisión de actos administrativos.

3. Por resolución número 1916 de 29 de junio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 206, de 30 de agosto), esta Alcaldía aprobó la delegación del ejercicio de competencias para la emisión de actos administrativos, en favor del concejal D. Federico Crespo Iglesias, delegado del área de Economía y Hacienda y Contratación.

4. El artículo 10 de la ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos, cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. Asimismo el artículo 116 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dispone que el órgano delegante podrá avocar en cualquier momento la competencia delegada con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

5. Atendiendo a que D. Federico Crespo Iglesias, permanecerá ausente los días comprendidos entre el 10 y el 13 de enero, ambos inclusive, es conveniente avocar las competencias que le fueron delegadas en favor de la Alcaldía-Presidencia.

Por lo expuesto,

RESUELVO

Primero.—Avocar por esta Alcaldía-Presidencia las competencias delegadas en D. Federico Crespo Iglesias por decreto 1916 de 29 de junio de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 206, de 30 de agosto), durante el período comprendido entre los días 10 a 13 de enero de 2024, ambos inclusive, en base a los hechos y fundamentos de derecho expuestos en los antecedentes y que se dan por reproducidos.

Segundo.—Este decreto será efectivo desde la fecha de su firma y se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dando cumplimiento a los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. También se hará público mediante la inserción de un edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal de transparencia.

Tercero.—Se comunicará este decreto a los grupos municipales y se dará cuenta al Pleno.

Cuarto.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Villaviciosa de Odón, a 9 de enero de 2024.—El alcalde-presidente Juan Pedro Izquierdo Casquero.—La secretario/a accidental, María Ángeles López Camiches.

(03/510/24)

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