Alpedrete. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por decreto de Alcaldía número 34/2024, de 9 de enero de 2024, se ha resuelto lo siguiente:

"Decreto 34/2024

Teniendo en cuenta que la concejala de esta Corporación Dña. María del Carmen Fernández Cueto se encuentra en situación de incapacidad temporal por motivo médico desde el pasado 19 de diciembre de 2023.

Considerando que por decreto número 1044/2023, de 29 de junio, esta Alcaldía delegó en dicha concejala varias de sus competencias en las Áreas de Urbanismo y Medio Ambiente. Concretamente, las siguientes:

1. Urbanismo:

— Impulso y propuesta en materia de planificación, gestión, ejecución y disciplina urbanística.

— Inicio, ordenación, instrucción y resolución de los expedientes de disciplina urbanística.

— Concesión de licencias y autorizaciones de naturaleza urbanística.

2. Medio Ambiente:

— Impulsar las políticas municipales de promoción, gestión, defensa y protección del medio ambiente, incluidas la protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

— Inicio, ordenación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores en materia medioambiental que sean de competencia municipal.

— Concesión de licencias y autorizaciones en materia medioambiental, incluyendo las de caza, aprovechamientos apícolas y de pastos, así como otras ocupaciones de montes.

— Ordenación y gestión de las competencias municipales en materia de animales de compañía y potencialmente peligrosos; así como la concesión de autorizaciones y licencias en esta materia.

— La delegación incluye la facultad de dictar actos administrativos, tanto de trámite como definitivos, así como resolver los recursos de reposición.

Considerando que durante el tiempo que dure la baja médica de la Sra. Fernández es necesario que dichas competencias sean ejercidas por esta Alcaldía, para no paralizar el funcionamiento ordinario de las Áreas delegadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público respecto de la avocación de competencias, resuelvo:

Primero.—Avocar las competencias delegadas por decreto de esta Alcaldía número 1044/2023, de 29 de junio, en la concejala Dña. María del Carmen Fernández Cueto, de nuevo en esta Alcaldía como órgano delegante de las mismas.

Segundo.—Remitir anuncio de la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como publicar dicho anuncio en el tablón de edictos ubicado en la sede electrónica municipal, sin perjuicio de la efectividad de la avocación desde el mismo día de la firma de la presente Resolución.

Tercero.—Notificar la presente resolución a los interesados en los procedimientos iniciados por la concejala-delegada, si los hubiere, con anterioridad a la resolución final que se dicte, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A tal fin, se les comunicará que contra el acuerdo de avocación no cabrá recurso, aunque podrá impugnarse en el recurso que, en su caso, se interponga contra la resolución del procedimiento".

Alpedrete, a 10 de enero de 2024.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.

(03/408/24)

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