La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
En fecha 19 de octubre de 2022 se publicó el Acuerdo de Gobierno por el que se establecen las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados y buitres en la Comunidad de Madrid.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995 y titular de la competencia en materia de agricultura, ganadería y alimentación, en virtud del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión directa de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos, perros asilvestrados y buitres en la Comunidad de Madrid:
— Año 2024: 200.000 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al subconcepto 47399 "otras empresas privadas" del programa 411A del presupuesto de gastos de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el año 2024.
La realización del gasto queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de adquisición del compromiso del gasto, ya que se trata de una tramitación anticipada para el año 2024.
Madrid, a 14 de diciembre de 2023.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, CARLOS NOVILLO PIRIS
(03/363/24)