REUNIDOS
De una parte, don Jorge Rodrigo Domínguez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en virtud del Decreto 41/2023, de 23 de junio, por el que se dispone su nombramiento, y actuando al amparo de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don Juan Antonio Peña Peña, con NIF: **0197***, en virtud de escritura de poder autorizada por el notario del Ilustre Colegio de Cataluña don Tomás Giménez Duart, con el número 1435 de su protocolo, de 24 de mayo de 2017, en nombre y representación de Caixabank, S. A., con CIF: A-08663619 y con domicilio social en Valencia, calle Pintor Sorolla, número 2-4, código postal 46002.
Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar la presente Adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha de 2 de agosto de 2023 fue suscrito el convenio entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Caixabank, S. A., para el programa Mi Primera Vivienda.
II. Que el convenio tiene por objeto regular la colaboración de la entidad financiera en el programa Mi Primera Vivienda, regulado por la Orden 2350/2022, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, modificada por la Orden 1331/2023, de 26 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, consistente en el apoyo a aquellas personas jóvenes que no superen los treinta y cinco años de edad, que siendo solventes y teniendo recursos, no disponen sin embargo del ahorro previo necesario para la adquisición de su primera vivienda.
III. Que, de acuerdo con el apartado 3.1 de la cláusula tercera del convenio: "El 50 por 100 restante de los fondos, se distribuirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Orden por la que se regula el programa, firmando en su caso la correspondiente adenda". Esta segunda distribución se realiza en base a un criterio de eficiencia, con el que se reparten el 70 por 100 de los fondos, y, en su caso, a una oferta de apalancamiento con la que se reparte el restante 30 por 100 de los fondos.
Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Cantidad a recibir en el segundo reparto del programa Mi Primera Vivienda 2023
La Comunidad de Madrid depositará en la cuenta bancaria ES89 2100 5731 7801 0000 1365, abierta para tal fin por la entidad Caixabank, S. A., un importe total de cinco millones trescientos setenta y cuatro mil setecientos dos euros y cincuenta y nueve céntimos (5.374.702,59 euros), resultante de la suma de tres millones doscientos cinco mil cincuenta y nueve euros y setenta y tres céntimos (3.205.059,73 euros), en concepto de criterio proporcional, y de dos millones ciento sesenta y nueve mil seiscientos cuarenta y dos euros y ochenta y seis céntimos (2.169.642,86 euros), en concepto de apalancamiento.
Y en prueba de conformidad, firman las partes este documento.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2023.—Por la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por Caixabank, S. A., Juan Antonio Peña Peña.
(03/21.892/23)