Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Encomienda gestión

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Tras el pase a la situación de incapacidad temporal de la concejala D.ª Inmaculada Delgado Cortijo, titular del área de gobierno de Educación, Juventud y Cultura, procede encomendar temporalmente la gestión de las materias incluidas en dicha área de gobierno hasta la reincorporación de la titular.

Por lo expuesto, resuelvo:

Primero.—Encomendar temporalmente al concejal-delegado del Área de Obras, Subvenciones y Entidades Urbanísticas, D. Pablo Antonio Rodríguez Delgado, la gestión de las materias comprendidas en el área funcional de Educación, en los mismos términos establecidos en el decreto que encomendó la gestión del área de gobierno de Educación, Juventud y Cultura,

Segundo.—Encomendar temporalmente al concejal-delegado del Área de Vivienda, Transporte y Atención al Ciudadano, D. Imanol Fernández Gama, la gestión de las materias comprendidas en el área funcional de Juventud , en los mismos términos establecidos en el decreto que encomendó la gestión del área de gobierno de Educación, Juventud y Cultura.

Tercero.—La Alcaldía asumirá directamente la gestión de las materias comprendidas en el ámbito funcional de cultura.

Cuarto.—Este decreto será efectivo desde la fecha de su firma y se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dando cumplimiento a los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. También se hará público mediante la inserción de un edicto en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal de transparencia.

Quinto.—Se comunicará este decreto a los grupos municipales y se dará cuenta al Pleno.

Sexto.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Villaviciosa de Odón, 3 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.—Doy fe [artículo 3.2.f) RTD 128/2018], el secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/117/24)

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