Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 2 de enero de 2024 (punto 8.o del orden del día), por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para concesión de prestaciones y ayudas sociales en especie reguladas por las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas y prestaciones sociales de carácter económico del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de 18 de diciembre de 2023, a través de la Concejalía de Bienestar, para el año 2024 (código convocatoria: 2023/2023/3/640800/020).

BDNS (Identif.): 737571

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas por sí solas o unidades familiares que, cumpliendo los requisitos exigidos en el artículo 3 de las bases reguladora de 18/12/2023, atraviesan una situación de necesidad social que no pueda ser atendida por otros recursos normalizados de protección social.

Se entiende por unidad familiar:

— Aquella integrada por una persona que viva sola, o aquellas que, conviviendo con otras, no formen parte de la unidad familiar de las personas con las que conviven, formando el denominado "hogar unipersonal".

— Aquella integrada por dos o más personas que convivan, unidas entre sí, por relación conyugal y/o análoga, adoptiva o de parentesco por consanguinidad y/o afinidad hasta el primer grado en línea directa ascendente y/o descendente, computándose los grados a partir del beneficiario directo de la ayuda.

No podrán obtener las condiciones de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las personas en las que concurran alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Por el carácter social de este tipo de ayudas, los beneficiarios quedan eximidos de cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.

Segundo. Finalidad.—Estas ayudas tienen por objeto paliar situaciones de especial necesidad y/o emergencia social en el marco de la intervención social. Ayudas destinadas a paliar o resolver, por si mismas, o complementariamente con otros recursos, situaciones de emergencia social, a prevenir situaciones de exclusión social y a favorecer la plena integración social de sectores de la población que carezcan de recursos económicos suficientes propios para la atención de sus necesidades básicas.

Tercero. Bases reguladoras.—Se regirán por lo establecido en las bases reguladoras del procedimiento de concesión de prestaciones y ayudas sociales de carácter económico del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través de la concejalía de bienestar. Aprobada por Junta de Gobierno Local el 18 de diciembre de 2023, publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 1, de 2 de enero de 2024, que pueden consultarse: www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/01/02/BOCM-20240102-64.PDF y en la página web del ayuntamiento de Torrejón de Ardoz:

https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/CERTIFICADO%20JGL%2018-...

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones. Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, y otras medidas de reforma administrativa, artículo 30 que modifica la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz vigente. Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regula las obligaciones de facturación.

Cuarto. Dotación presupuestaria.—Las ayudas sociales y de emergencia social objeto de la presente convocatoria, serán financiadas con a cargo a la AP 110 23100 48001 "Ayudas Sociales", presupuesto 2024. El crédito disponible para dar cobertura a dichas ayudas asciende a la cuantía de 500.000,00 euros (quinientos mil euros).

En este tipo de ayudas se incluyen las ayudas para la adquisición de productos básicos de alimentación e higiene, articuladas actualmente a través del contrato de suministro en el P. A. 29/2021, por importe máximo anual de 400.000,00 euros, con cargo a la AP 110 23100 48001 del presupuesto 2024.

Quinto. Solicitud.—Las solicitudes de ayudas se podrán presentar desde el día que se publique el extracto de esta convocatoria y hasta el 30 de noviembre de 2024.

Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado exigido por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través del Registro Municipal, sito en la Concejalía de Bienestar, avenida Virgen de Loreto, número 2, de 8:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes no festivos, o en cualquier de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que el procedimiento sea iniciado de oficio a tenor de lo regulado en el artículo 9 de las bases reguladoras de 18 de diciembre de 2023, el plazo se extiende desde el día siguiente a la aprobación de la convocatoria y hasta:

— Cuando la ayuda consista en apoyo para la adquisición de productos básicos de alimentación e higiene, el plazo para presentar propuestas de oficio se extenderá hasta el 20 de diciembre de 2024.

— Resto de ayudas en especie, hasta el 6 de diciembre de 2024.

Torrejón de Ardoz, a 4 de enero de 2024.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.

(03/218/24)

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