EXTRACTO de la Orden 4122/2023, de 30 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid y se convocan las correspondientes al curso 2023-2024.

BDNS: 734978

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

Primero

Objeto

Facilitar el desarrollo de los estudios universitarios y de las enseñanzas artísticas superiores de los alumnos con aprovechamiento académico excelente.

Segundo

Número de becas convocadas

Se convocan 3.215 becas al estudio para alumnos con aprovechamiento académico excelente correspondientes al curso 2023-2024, de las cuales 1.125 son para alumnos de nuevo ingreso en la universidad o en enseñanzas artísticas superiores y 2.090 para alumnos ya matriculados en enseñanzas universitarias o en enseñanzas artísticas superiores. De las 1.125 becas para alumnos de nuevo ingreso, se reservan cinco becas para los alumnos que acceden a las enseñanzas artísticas superiores. De las 2.090 becas para alumnos ya matriculados, se reservan cinco becas para los alumnos matriculados en las enseñanzas artísticas superiores.

Tercero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados en enseñanzas oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid o en un centro adscrito a la misma y cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid o en un centro superior de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid durante el curso académico 2023-2024.

Cuarto

Bases reguladoras

Las bases reguladoras se recogen en la Orden 2069/2016, de 23 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con aprovechamiento académico excelente en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Orden 2181/2017, de 26 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 14 de julio de 2017).

Quinto

Criterios de baremación

Las becas se concederán en función de la puntuación académica obtenida hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.

La nota media mínima necesaria para solicitar las becas de excelencia será la siguiente:

a) Turno de estudiantes de nuevo ingreso:

a.1) Estudiantes que acceden a la universidad: 12,800 puntos.

a.2) Estudiantes que acceden a centros superiores de enseñanzas artísticas: 12,00 puntos.

b) Turno de estudiantes ya matriculados en enseñanzas universitarias y artísticas superiores:

b.1) En estudios universitarios:

— Enseñanzas técnicas de ciclo corto y de ciclo largo y estudios de Grado adscritos a la rama de conocimiento de ingeniería y arquitectura: 8,15 puntos.

— Estudios de Medicina, dobles titulaciones y simultaneidad de estudios: 8,65 puntos.

— Resto de estudios: 9,15 puntos.

b.2) En enseñanzas artísticas superiores: 8,50 puntos.

Sexto

Cuantía

El importe total destinado a esta convocatoria es de 6.751.500 euros.

La cuantía individual de cada beca es de 2.100 euros.

Séptimo

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles y comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El modelo de solicitud estará disponible en la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acce... y será de uso obligatorio para los interesados.

Madrid, a 30 de octubre de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/21.737/23)

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