El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2023, adoptó el acuerdo que se transcribe.
Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la competencia del Pleno en materia de contratación para tomar, llegado el caso, los siguientes acuerdos:
1. La prórroga del contrato basado en el Acuerdo Marco para el suministro de electricidad en alta y baja tensión por la Central de Contratación de la FEMP, adjudicado a Endesa Energía, S. A. U., por acuerdo de Pleno de 25 de enero de 2021, o, en su caso, el desistimiento del procedimiento de prórroga iniciado mediante Providencia de la Concejalía de Economía y Hacienda y Contratación de fecha 22 de noviembre del año en curso.
2. La prórroga del contrato basado en el Acuerdo Marco para el suministro de gas natural por la Central de Contratación de la FEMP adjudicado a Iberdrola Clientes, S. A. U., por acuerdo de Pleno de 25 de enero de 2021, o, en su caso, el desistimiento del procedimiento de prórroga iniciado mediante Providencia de la Concejalía de Economía y Hacienda y Contratación de fecha 22 de noviembre del año en curso.
Segundo.—Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el Portal de Transparencia.
Tercero.—Contra este acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución impugnada dentro del plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).
Villaviciosa de Odón, a 26 de diciembre de 2023.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.
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