ORDEN 2350/2023, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan o minoran determinadas subvenciones concedidas mediante la Orden 1785/2023, de 18 de octubre, a los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2023.

Mediante la Orden 340/2023, de 21 de marzo, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte (publicado en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de abril de 2023) se convoca las subvenciones a ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2023.

Por Orden 1785/2023, de 18 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden dichas subvenciones a los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2023, de acuerdo con la Orden 340/2023, de 21 de abril, anteriormente citada.

El apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril, que lleva por rúbrica de la "Justificación del pago de la subvención", establece los requisitos necesarios que han de cumplir los ayuntamientos beneficiarios antes de proceder al pago de las cuantías concedidas.

Examinadas las justificaciones presentadas se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Primero

Revocación del importe de las subvenciones concedidas

1. Revocar la subvención concedida de 2.212,56 euros al Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, por presentar indebidamente la documentación justificativa establecida en el punto i) del apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril, por la que se convocan subvenciones a ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de menos de 2.500 habitantes, para la mejora de la seguridad, accesibilidad y mantenimiento de las instalaciones deportivas municipales para el año 2023.

2. Revocar la subvención concedida de 4.702,27 euros al Ayuntamiento de Cenicientos, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.

3. Revocar la subvención concedida de 13.799,40 euros al Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra, por desistir, el día 28 de septiembre de 2023, de la solicitud de ayuda presentada en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

4. Revocar la subvención concedida de 6.783,53 euros al Ayuntamiento de Prádena del Rincón, por desistir, el día 10 de octubre de 2023, de la solicitud de ayuda presentada en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

5. Revocar la subvención concedida de 13.800,00 euros al Ayuntamiento de Robregordo, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.

6. Revocar la subvención concedida de 12.300,00 euros al Ayuntamiento de Santa M.a de la Alameda, por no presentar la documentación justificativa establecida en el apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.

7. Revocar la subvención concedida de 12.300,00 euros al Ayuntamiento de Titulcia, por presentar indebidamente la documentación justificativa establecida en el punto e) del apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.

8. Revocar la subvención concedida de 12.300,00 euros al Ayuntamiento de Villamantilla, por presentar indebidamente la documentación justificativa establecida en el punto a) del apartado duodécimo de la Orden 340/2023, de 21 de abril.

Segundo

Minoración del importe de las subvenciones concedidas

1. Minorar en 622,39 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Horcajo de la Sierra-Aoslos, por justificar válidamente un importe de 12.947,00 euros de los 13.569,39 euros concedidos.

2. Minorar en 5.410,19 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Orusco de Tajuña, por justificar válidamente un importe de 6.776,81 euros de los 12.187,00 euros concedidos.

3. Minorar en 3.586,18 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Pozuelo del Rey, por justificar válidamente un importe de 1.454,20 euros de los 5.040,38 euros concedidos.

4. Minorar en 146,71 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Valdemanco, por justificar válidamente un importe de 7.456,02 euros de los 7.602,73 euros concedidos.

5. Minorar en 682,63 euros la subvención concedida al Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo, por justificar válidamente un importe de 7.956,96 euros de los 8.639,59 euros concedidos.

Disposición final única

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/21.511/23)

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