ADENDA de 31 de octubre de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Fundación del Toro de Lidia, para la puesta en marcha de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid, durante los años 2023 y 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Carlos Novillo Piris, Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, nombrado para dicho cargo por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 4.3 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 3.2 a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, don Victorino Martín García y don Fernando Gomá Lanzón, en nombre y representación de la Fundación del Toro de Lidia, con domicilio en Moreto, número 7, primero izquierda, de Madrid, CIF G-87335949, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el número 1.772, con los poderes y capacidad jurídica para firmar convenios conferidos en la reunión del patronato de la entidad de fecha 12 de noviembre de 2020, elevados a público en la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Javier Lucas y Cadenas, el 1 de diciembre de 2020, con el número 6.145 de orden de su protocolo.

Las partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la necesaria capacidad jurídica y de obrar para formalizar válidamente este documento y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Con fecha 2 de febrero de 2023, se suscribió un convenio entre el entonces Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid y la Fundación Toro de Lidia, para establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, y la Fundación del Toro de Lidia (en adelante, la Fundación), para la puesta en marcha de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid, durante los años 2023 y 2024.

II. Durante esta primera etapa del convenio el mismo se está desarrollando conforme a las expectativas que tenía al momento de su firma y los resultados han sido muy positivos, pero se considera necesario incorporar una modificación para incluir un tipo de festejo que no estaba incluido en el convenio inicialmente firmado y así incluir a un festejo particular de gran arraigo popular, el concurso de recortes.

III. La cláusula segunda del citado convenio incluye los objetivos específicos y líneas de actuación comprensivas de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid esta cláusula establece que La Comunidad de Madrid y la Fundación colaborarán en el desarrollo de la celebración de la Fiesta del Toro en la Comunidad de Madrid, alrededor de los siguientes torneos, los cuales se describen y detallan en la cláusula. Sin perjuicio de que todos los festejos incluidos en la cláusula segunda se sigan celebrando como establecido la intención es añadir un nuevo festejo, el concurso de recortes. Tanto La Comunidad de Madrid como la Fundación Toro de Lidia consideran necesario añadir a las actividades del Convenio la celebración del Concurso de Recortes.

En aplicación de lo anterior, se procede a la modificación de la cláusula segunda del convenio, relativa a los festejos a celebrar incluyendo la celebración del Concurso de Recortes, igualmente, se modifica la cláusula quinta referente a la financiación y la cláusula sexta de justificación y pago. Esta modificación será de efecto inmediato a partir de la fecha de la firma de esta Adenda.

IV. Las partes manifiestan mediante la presente Adenda su conformidad de modificar su contenido de acuerdo a la cláusula séptima del Convenio.

Todas las referencias que el Convenio hace al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de la Comunidad de Madrid deben entenderse a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de conformidad con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Comunidad de Madrid. En virtud a lo dispuesto anteriormente la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y la Fundación Toro de Lidia,

ACUERDAN

Primera

Modificación de la cláusula segunda del convenio: Objetivos específicos y líneas de actuación comprensivas de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid

Se modifica la cláusula que queda redactada de la siguiente manera:

Cláusula segunda: Objetivos específicos y líneas de actuación comprensivas de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid

La Fiesta del Toro en la Comunidad de Madrid pretende ser un evento cultural de dinamización de pequeños municipios alrededor del toro bravo. La Fiesta del Toro, por ello, se organizará en la medida de lo posible en municipios con menos de 8.000 habitantes para el circuito de novilladas con picadores y de menos de 20.000 habitantes para la "Copa Chenel", estableciéndose por el Centro de Asuntos Taurinos y la Fundación Toro de Lidia, de común acuerdo, los lugares en los que se deban celebrar las corridas de rejones y las novilladas sin picadores; todo ello con la finalidad de que cada evento tenga un impacto real e importante en la localidad y tratando siempre de llegar al máximo número de localidades posible, buscando siempre en la elección definitiva de las mismas una amplia dispersión geográfica.

En línea con lo anterior, los festejos de la Fiesta del Toro se celebrarán siempre en plazas de tercera o cuarta categoría, a excepción de las finales y de las novilladas sin picadores, en fechas diferentes a las fiestas patronales de la localidad, y consistirán en un festejo taurino central acompañado de la celebración de diversos eventos accesorios a su alrededor, en la medida de lo posible.

La organización de la Fiesta del Toro pretende cumplir los siguientes objetivos específicos:

a) Promover oportunidades laborales y de desarrollo para ganaderías y toreros.

b) Generación de nuevos modelos de organización para diferentes nichos de mercado que, a la postre, favorezcan a la tauromaquia en su conjunto.

c) Fomentar la cultura de la tauromaquia, como expresión cultural característica de España.

La Comunidad de Madrid y la Fundación colaborarán en el desarrollo de la celebración de la Fiesta del Toro en la Comunidad de Madrid, alrededor de los siguientes torneos:

a) Kilómetro 0: la oportunidad de Vistalegre. En él participarán 12 novilleros sin picadores, pertenecientes a las escuelas de la Comunidad de Madrid y alguna de las más importantes de España, que competirán en tres (3) festejos en la plaza de toros de Vistalegre para alzarse con la victoria final.

b) Circuito de Novilladas de la Comunidad de Madrid. En él participarán 8 de los mejores novilleros del panorama actual, 7, pertenecientes a diferentes escuelas de la Comunidad de Madrid y 1 del resto de España, que competirán a lo largo de nueve (9) festejos para hacerse con la victoria final.

c) Copa Chenel de la Comunidad de Madrid. En ella, 18 matadores especializados en torear diferentes encastes ganaderos, competirán, midiéndose con todo tipo de ganaderías, y a lo largo de once festejos, por alzarse con la Copa Chenel, así llamada en memoria de Antonio Chenel "Antoñete", leyenda de la tauromaquia madrileña.

d) Torneo Manuel Vidrié de rejones. Será un único torneo para 6 rejoneadores con gran proyección en este tipo de espectáculos, los cuales demostrarán su profesionalidad en el toreo a caballo en un festejo.

e) Concurso de Recortadores Trofeo Esteban Ferre. Se celebrará en dos municipios de la Comunidad de Madrid a determinar preferiblemente en plazas cubiertas en el otoño-invierno del año en curso. Serán un festejo clasificatorio y una gran final en la que participarán algunos de los mejores recortadores de la actualidad.

Segunda

Modificación de la cláusula quinta del convenio: Financiación

Se modifica la cláusula que queda redactada de la siguiente manera:

Cláusula quinta: Financiación.

La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, participará con una aportación económica de 1.480.000 euros, con el siguiente desglose:

— 780.000 euros, con cargo al programa presupuestario 334D Asuntos taurinos (partida 22809, "Otros convenios, conciertos y acuerdos"), del Presupuesto de Gastos de 2023.

— 700.000 euros, con cargo al programa presupuestario 334D Asuntos taurinos (partida 22809, "Otros convenios, conciertos y acuerdos"), del Presupuesto de Gastos de 2024.

Por su parte, la Fundación Toro de Lidia asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad de 210.000 euros para cubrir el coste derivado de las obligaciones contraídas a través del presente convenio.

De acuerdo con lo anterior, el compromiso económico total adoptado por ambas partes será de 1.690.000 euros, asumiendo la Fundación la financiación de aquellos gastos que excedan de la aportación de la Comunidad de Madrid (1.480.000 euros) sin perjuicio de su aportación de medios humanos y materiales previstos en la cláusula cuarta.

Tercera

Modificación de la cláusula sexta del convenio: Justificación y pago

Se modifica la cláusula que queda redactada de la siguiente manera:

Cláusula sexta: Justificación y pago.

La aportación de la Comunidad de Madrid establecida en la cláusula quinta se pagará previa justificación documental por la Fundación de los gastos efectivamente realizados en las actividades que son objeto del convenio, en los términos establecidos en la cláusula cuarta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda 9 de la Comunidad de Madrid. Dicha justificación documental incluirá las facturas correspondientes a dichos gastos. La documentación justificativa de los gastos será comprobada y validada por la Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid.

El pago de la aportación de la Comunidad de Madrid se realizará de forma semestral dentro de cada anualidad, en los términos que se disponen a continuación:

a) La Fundación presentará antes del 1 de julio de 2023 una relación de las actividades ejecutadas y de los gastos efectivamente realizados durante el primer semestre de 2023, acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid procederá al pago de su aportación a los mismos.

b) La Fundación presentará antes del 30 de noviembre de 2023 una relación de las actividades ejecutadas y de los gastos efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de noviembre, así como de los correspondientes al período anterior que no se hubiesen podido justificar a 1 de julio, acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid procederá al pago de los gastos efectivamente realizados y justificados, hasta completar la anualidad correspondiente a 2023 establecida en la cláusula quinta, sin rebasar en ningún caso, la cantidad de 780.000 euros en esta anualidad.

c) La Fundación presentará antes del 1 de julio de 2024 una relación de las actividades realizadas y de los gastos efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024, así como de los correspondientes al año 2023 que no se hubiesen podido justificar a 30 de noviembre de dicho año, acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid procederá al pago de su aportación a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57, apartado 2, de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

d) La Fundación presentará antes del 30 de noviembre de 2024 una relación de las actividades realizadas y de los gastos efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de noviembre, así como de los correspondientes al período anterior que no se hubiesen podido justificar a 1 de julio, acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid procederá al pago de los gastos efectivamente realizados y justificados, hasta completar la anualidad correspondiente a 2024 establecida en la cláusula quinta, sin rebasar en ningún caso, la cantidad de 700.000 euros por anualidad.

La Fundación queda obligada a destinar los fondos que la Comunidad de Madrid le aporte a la cobertura del conjunto de las actuaciones amparadas en el presente convenio y a acreditarlo debidamente. A tal efecto, presentará una Memoria final de las actuaciones realizadas en ejecución de la totalidad del convenio.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman la Adenda al Convenio electrónicamente, siendo su fecha la correspondiente a la firma del representante de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 31 de octubre de 2023.—La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo Piris.—La Fundación del Toro de Lidia, Victorino Martín García y Fernando Goma Lanzón.

(03/21.855/23)

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