Delegación del Gobierno en Madrid. Área Funcional de Industria y Energía. Expropiación

Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, por el que se convoca levantamiento de actas previas a la ocupación en el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto "Ampliación de la subestación Moraleja 400 kV, con una nueva posición para la instalación de un STATCOM y una nueva posición para evacuación de energía renovable (EVRE), en el término municipal de Moraleja de Enmedio, en la provincia de Madrid".

Exp.: LAT 06/22

Mediante la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 26 de octubre de 2023, se otorga la Autorización Administrativa Previa, la Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la "Ampliación de la subestación Moraleja 400 kV, con una nueva posición para la instalación de un STATCOM y una nueva posición para evacuación de energía renovable (EVRE), en el término municipal de Moraleja de Enmedio, en la provincia de Madrid".

Con fecha 16 de noviembre de 2023, y en virtud de lo establecido por el artículo 5 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa, Red Eléctrica de España, S. A. U. en la condición de entidad beneficiaria en la expropiación presentó ante esta Área Funcional de Industria y Energía escrito solicitando el inicio de la tramitación del procedimiento expropiatorio de los bienes y derechos afectados por las instalaciones correspondientes al proyecto citado anteriormente y, en consecuencia, la convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.

En cumplimiento del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e individualizada se acompaña al presente anuncio, para que en el día y hora que se señala en este escrito comparezcan en el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno si fuese necesario.

El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 6 de febrero de 2024, en las dependencias del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, sita en plaza de España, número 1, según el horario que se asigna a cada afectado en la relación anexa a este anuncio.

Los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad y los documentos acreditativos de su titularidad actualizados, preferiblemente nota simple del registro de la propiedad. Además, puede aportar escritura pública y, en defecto de esta, certificación catastral actualizada, el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (en caso de que en este último no constase el número de referencia catastral del bien objeto de expropiación, soliciten certificación de desglose del recibo en el Ayuntamiento del municipio en el que este se encuentra), contratos de compra-venta o de arrendamiento y otros de los que resulte cualquier derecho real o personal sobre los bienes a expropiar, pudiéndose acompañar a su costa de perito y notario, si lo estiman oportuno.

Asimismo, en el caso de que existan varios titulares, tanto de la propiedad como de derechos reales o intereses económicos, deberá/n acudir a la presente convocatoria atendiendo a los siguientes criterios:

— Si los bienes y derechos son de carácter ganancial, deberán comparecer ambos cónyuges.

— Si se trata de una propiedad en proindiviso, deberán acudir todos los cotitulares.

— En el supuesto de que exista algún otro interesado como arrendatario, aparcero o acreedor hipotecario, deberá/n darle conocimiento de la presente convocatoria, a fin de que pueda ser parte en la tramitación, debiendo comparecer con el correspondiente contrato y/o documento que acredite su condición de interesado.

— Si alguno de los titulares no pudiera acudir al presente acto, podrán ser representados por otro titular del bien objeto de expropiación, o por un tercero, con poder notarial/consular suficiente expedido a tales efectos.

En caso de incomparecencia se entenderán diligencias con el Ministerio Fiscal.

De acuerdo con los artículos 17, 18 y 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular, durante un plazo de 15 días, ante la esta Área Funcional de Industria y Energía cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido cometer en la relación de bienes y derechos afectados cuya relación individualizada se adjunta como Anexo a este escrito.

Podrán presentarse las alegaciones, documentación citada anteriormente o aquella que se considere oportuna, a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado disponible en: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do (Órgano: Delegación del Gobierno en Madrid-Área Funcional de Industria y Energía", código DIR3; EA0040718), en la oficina de Registro de las Subdelegaciones del Gobierno y otros Registros oficiales, o por alguno de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las alegaciones o informes presentados por entidades, personas jurídicas y profesionales obligados a relacionarse por medios electrónicos con las AAPP, se presentarán exclusivamente a través del Registro Electrónico Común citado, conforme al Artículo 14 de la Ley 39/2015.

En el acto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados, suscribiéndose en tal caso, acta de adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de que no alcanzar el mutuo acuerdo, se hará entrega de la correspondiente hoja de valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja General de Depósitos, se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52.6 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En atención al principio de celeridad que debe regir un procedimiento expropiatorio por la vía de urgencia, y con la finalidad de agilizar el pago de los justiprecios que se alcancen y, en su caso, para la percepción de los importes determinados correspondientes al depósito previo y/o indemnizaciones por la rápida ocupación, se pone en su conocimiento que conforme a la Disposición Adicional 10.a de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, los afectados que así lo deseen podrán solicitar el pago de los mismos mediante transferencia bancaria, por lo que deberán aportar certificación bancaria a su nombre o, en su defecto, aportar fotocopia de la libreta de la cuenta corriente en la que quieran que les sean ingresadas las cuantías correspondientes.

En virtud del artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, el presente anuncio se notificará al Alcalde del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, a Red Eléctrica de España, S. A. U., y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de edictos del referido Ayuntamiento y al menos, uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, servirá de notificación a los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Imagen del artículo Delegación del Gobierno en Madrid. Área Funcional de Industria y Energía. Expropiación

Madrid, a 19 de diciembre de 2023.—La directora del Área de Industria y Energía, Amalia Rúa Aguete.

(02/21.475/23)

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