ADENDA de 5 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Francisco de Vitoria, para la enseñanza del Grado en Medicina.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, D.a Fátima Matute Teresa, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Ilma. Sra. Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, D. Laura Gutiérrez Barreno, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 5 de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.

Y de otra, el Excmo. Sr. D. Daniel Sada Castaño, en calidad de Rector Magnífico de la Universidad Francisco de Vitoria (en adelante, la Universidad), con domicilio en la carretera Pozuelo-Majadahonda, kilómetro 1,800, Pozuelo de Alarcón (Madrid), con NIF G-80480197, reelegido por acuerdo del Patronato, de 22 de junio de 2021, y en uso de las facultades conferidas en virtud de los dispuesto en el artículo 8.1.b) de las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Francisco de Vitoria, aprobadas por Decreto 112/2014, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,

EXPONEN

Primero

Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria y no sanitaria, desarrollada en los centros sanitarios dentro de su territorio, en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de formación continuada del personal de la Consejería de Sanidad [artículo 8.d) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería].

Segundo

Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.

Tercero

Que la Universidad Francisco de Vitoria, es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 7/2001, de 3 de julio, teniendo entre sus objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo uno de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo al servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.

Cuarto

Que el interés mutuo que tienen la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Francisco de Vitoria en contribuir a la formación de profesionales de la salud del grado de Medicina y a la difusión del conocimiento, llevó a la suscripción, el 19 de septiembre de 2022, de un convenio de colaboración entre las partes.

Quinto

Que la aprobación del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, modifica la Disposición Adicional Quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estableciendo la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

Sexto

Que, por tanto, es necesario modificar el convenio vigente para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Disposición Adicional, añadiendo una cláusula al mismo donde se recogen las obligaciones en materia de seguridad social de los alumnos.

Considerando lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de acuerdo con la siguiente,

CLÁUSULA

Única

Introducción de una cláusula decimosexta

Se añade al convenio actual la siguiente cláusula:

Cláusula decimosexta

Otras obligaciones

De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social que, en su caso, puedan derivarse del convenio corresponderán a la Universidad Francisco de Vitoria en el contexto de las prácticas no remuneradas.

En consecuencia, la ejecución del presente convenio no implicará obligación alguna, en materia de Seguridad Social, para la Comunidad de Madrid ni para el Servicio Madrileño de Salud.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda.

Madrid, a 5 de diciembre de 2023.—En representación de la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—En representación del SERMAS, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del SERMAS, Laura Gutiérrez Barreno.—En representación de la Universidad, el Rector Magnífico, Daniel Sada Castaño.

(03/20.732/23)

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