Transcurrido el plazo de exposición al público de las modificaciones de crédito números 74 y 76 de 2023, aprobadas inicialmente en sesión plenaria de 22 de noviembre de 2023, sin haberse presentado reclamaciones, se consideran definitivamente aprobadas en virtud del artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a cuyo efecto se publican resumidas por capítulos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171.1 de la citada Ley Reguladora, contra los expresados acuerdos definitivos podrán interponerse directamente recursos contencioso-administrativos en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Aranjuez, a 19 de diciembre de 2023.—El concejal-delegado de Hacienda, José de Ruz Fernández.
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