ORDEN 2279/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2024.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, con carácter de legislación básica del Estado, que "los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación en su artículo 4.bis.

Asimismo, el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los Planes Estratégicos de Subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

En cumplimiento de dichos preceptos, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el fomento de las artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y de videojuegos, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio de 2024, en los términos que se concretan a continuación:

ÁMBITO NORMATIVO

El ámbito normativo en el que se enmarca el presente Plan Estratégico es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en la redacción dada por la Ley 15/2014, 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, en relación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se establece el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid; la Ley 6/1992, de 15 de julio, del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid y su Reglamento de desarrollo (Orden de la Consejería de Cultura de 2 de agosto de 2000); la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid; el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado por el Reglamento 2020/972 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (UE) 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes; el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.

ÓRGANOS COMPETENTES

De conformidad con el artículo 7.o del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, además de las previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, todas las competencias que la normativa vigente atribuya a la Comunidad de Madrid en materia de fomento y desarrollo de la cultura referidas a las actividades industriales, y diversas disciplinas y manifestaciones artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda y el diseño como disciplinas creativas, los museos y la programación y la gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Según el artículo 12.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los objetivos estratégicos, que describen el efecto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del plan, han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. En este sentido la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas ha previsto los objetivos que se relacionan a continuación:

En materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa, los objetivos genéricos previstos en el Programa 333A son:

1. Gestión e impulso de los museos y colecciones de la Comunidad de Madrid.

2. Promoción del arte contemporáneo.

Para la consecución de los citados objetivos, se atenderá al cumplimiento de objetivos específicos, como son:

a) Impulso a la creación artística de la región mediante convocatorias anuales.

b) Descentralización de las actividades en materia de artes visuales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.

c) Fomento de la realización de grandes proyectos expositivos que potencien el acceso de los ciudadanos y turistas a una oferta expositiva de calidad equiparable a otras capitales europeas.

d) Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y el acercamiento a los ciudadanos.

e) Afianzar la actividad expositiva de diversos museos de titularidad pública, para el uso y disfrute de los ciudadanos.

En materia de artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y audiovisuales y del videojuego, los objetivos genéricos incluidos en el Programa 334A son:

1. Promocionar la Comunidad de Madrid como centro de irradiación cultural, nacional e internacional promoviendo una oferta artística de calidad, y apoyando a las entidades relevantes para la cultura madrileña por medio de subvenciones nominativas.

2. Consolidar el tejido empresarial cultural madrileño en los ámbitos de las artes escénicas, musicales, circenses, audiovisuales y del videojuego, fomentando las industrias culturales madrileñas.

3. Descentralizar la oferta cultural de la Comunidad de Madrid por medio de la colaboración con los municipios madrileños y las entidades sin ánimo de lucro.

4. Fomentar la creación contemporánea en sus distintos ámbitos, así como los nuevos lenguajes artísticos y a los nuevos talentos.

5. Fomentar el acceso de los ciudadanos en toda la región a la cultura; en especial los más jóvenes, para las artes escénicas, la música, el circo, del audiovisual y los videojuegos.

6. Promoción de la Comunidad de Madrid como polo de atracción de las industrias culturales, facilitando la digitalización y sostenibilidad de las mismas.

7. Fomentar una oferta cultural internacional en nuestra región con especial atención a la cultura hispanoamericana, promocionando la internacionalización de los creadores madrileños.

Estos objetivos se materializarán, por un lado, mediante el apoyo a las entidades culturales emblemáticas y museos de la Comunidad de Madrid, por subvenciones de concesión directa en los términos previstos en la normativa vigente, y, por otro, mediante el apoyo a la actividad cultural que realizan ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, empresas productoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes convocatorias públicas vigentes en 2024, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas pretende conseguir los siguientes efectos:

1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.

2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.

3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.

4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.

5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.

6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los artistas y comisarios.

7. Potenciar las industrias culturales y creativas (ICC) en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de sus atribuciones, y al objeto de proteger, fomentar y promocionar dichas actividades, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas establecerá las líneas de subvención que más adelante se detallan, en sus dos ámbitos competenciales:

— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.

— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, videojuegos, así como industrias culturales y creativas (ICC).

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS VINCULADOS AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

La magnitud de las consecuencias sanitarias, sociales y económicas derivadas del brote de SARS-COV-2, denominado coronavirus COVID-19, ha hecho necesario adoptar medidas que ayuden a paliar el impacto causado por este brote de carácter pandémico. En el contexto de la crisis del COVID-19, se ha hecho necesario reforzar el marco de ayuda a los Estados miembros de la Unión Europea y proporcionarles ayudas financieras directas mediante una herramienta innovadora. A tal fin, mediante el Reglamento (UE) n.o 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Por su parte, el Gobierno de España aprobó el 27 de abril de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la citada Pandemia, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la «descarbonización» y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, consiguiendo en última instancia una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la Pandemia.

El PRTR recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, sustentado en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de género. A su vez, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes, según diversos ejes de actuación en los que intervienen distintos departamentos ministeriales en función de sus respectivas competencias. En concreto, se refieren al ámbito competencial relativo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas los componentes 24 y 25.

El componente 24, "Revalorización de la industria cultural", recoge reformas e inversiones orientadas a fortalecer la cadena de valor de las industrias culturales españolas mediante el refuerzo de sus capacidades y resiliencia, promoviendo tres ejes estratégicos: la competitividad, la dinamización y cohesión del territorio, y la digitalización y sostenibilidad de los grandes servicios culturales. Por lo que se refiere al presente Plan Estratégico de Subvenciones, se incluyen los proyectos que se indican a continuación:

— C24.I2.P2.1 "Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales".

— C.24.I1.P1.2 "Apoyo a aceleradoras culturales".

SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUSEOS, EXPOSICIONES, ARTES VISUALES Y MODA COMO DISCIPLINA CREATIVA

I. Normativa específica

La Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 6.1, que la Comunidad de Madrid fomentará la creación de museos municipales de carácter fundamentalmente pedagógico, en especial aquellos que ofrezcan por sus criterios, planteamientos y contenido temático una visión representativa y rigurosa de la historia, las costumbres, las tradiciones, la cultura, las características humanas y naturales o la riqueza patrimonial de los pueblos de la Comunidad de Madrid y contribuirá a su mantenimiento y desarrollo mediante ayudas y asistencia técnica. Asimismo, el artículo 8.4 dispone que la Comunidad de Madrid promoverá la cooperación con otras instituciones museísticas, estableciendo a tal efecto los oportunos convenios o acuerdos.

Por otra parte, el mencionado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, determina en su artículo 7.o, que corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas las competencias previstas en la referida Ley 9/1999, de 9 de abril, así como la colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones, y el fomento y promoción de las artes visuales, en especial la pintura, la escultura, la fotografía, la videocreación, las instalaciones y las "performances", así como la promoción, seguimiento y difusión de la moda como disciplina creativa.

Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.

II. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran el capítulo IV del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 1.427.500 euros, correspondiente a la suma de las distintas convocatorias de subvención y consignaciones de carácter nominativo que se desglosan en los siguientes apartados.

III. Líneas de subvención de concurrencia competitiva de museos, exposiciones y artes visuales y moda como disciplina creativa

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1. Circuitos de Artes plásticas de la Comunidad de Madrid (XXXV Edición): importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. La finalidad de las ayudas es promover la creatividad de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

2. Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa. Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros que se imputará a la partida 48099. Su finalidad es el apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.

En relación con dichas subvenciones, a continuación se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:

— Museo Nacional del Prado: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40320.

— Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40321.

— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.

— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.

— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 30.000 euros destinados al mantenimiento del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.

— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 400.000 euros para promoción internacional de la moda española con cargo a la partida 48022.

— Asociación Arte y Sociedad: 15.000 euros para la organización de la Feria Estampa en su edición de 2023, con cargo a la partida 48049.

— Fundación Colección Thyssen-Bornemisza: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida: 48149.

— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151.

SUBVENCIONES EN MATERIA DE ARTES ESCÉNICAS, MUSICALES, CINEMATOGRÁFICAS, AUDIOVISUALES Y DE VIDEOJUEGO

I. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 19.695.000 euros, siendo 10.925.000 euros de concurrencia competitiva y 8.770.000 euros nominativas, incluidos convenios subvención.

En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2022-2023, por importe de 1.700.000 euros.

En cuanto a las convocatorias bienales 2024-2025, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 2.275.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.

II. Líneas de subvención en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego.

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1. Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de 10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en las poblaciones más pequeñas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 300.000 euros, que se imputará a la partida 46309.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

2. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 550.000 euros, que se imputará a la partida 48099.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3. Ayudas a empresas privadas dedicadas a las artes escénicas, la música, la cinematografía y el audiovisual.

Objetivo: Consolidar el tejido empresarial dedicado a las actividades de teatro, danza, música y cinematografía. Ello se justifica por la contribución de las empresas del sector al crecimiento cultural de nuestra región, por su aportación a la innovación creativa e intelectual, al desarrollo tecnológico e innovador y por la recuperación del patrimonio cultural.

Instrumento jurídico y líneas de actuación.

Se realizarán convocatorias destinadas a empresas en régimen de concurrencia competitiva.

Para ello se fomentará:

1. La producción de obras teatrales.

2. La producción de obras coreográficas.

3. La producción de espectáculos musicales, la grabación de discos y el fomento de ciclos o festivales de música.

4. La producción de cortometrajes.

5. La producción de largometrajes.

6. La promoción del desarrollo de proyectos audiovisuales.

7. La promoción del videojuego como disciplina creativa.

8. El apoyo a empresas para la consolidación de estructuras de ámbito teatral y coreográfico.

9. El apoyo a empresas para la consolidación de las salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

10. El apoyo a proyectos de aceleración de las industrias culturales y creativas.

El crédito previsto para hacer frente a las convocatorias correspondientes se consignará en la partida 47399, por un importe máximo de 10.075.000 euros.

Las líneas de ayuda para empresas se concretarán en las convocatorias siguientes:

3.1. Ayudas a la actividad teatral y coreográfica de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir con esta convocatoria son los siguientes:

1. Apoyar la creación de espectáculos teatrales y coreográficos.

2. Apoyar la innovación creativa e intelectual en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.150.000 euros, con las siguientes modalidades y distribución:

1. Producción y estreno de una obra teatral: 850.000 euros.

2. Producción y estreno de una obra coreográfica: 300.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3.2. Ayudas a la actividad musical de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la creación de espectáculos musicales.

2. Apoyar la difusión de la fonografía.

3. Apoyar la difusión de música en vivo.

4. Apoyar la recuperación del patrimonio musical.

El importe máximo de esta convocatoria será de 325.000 euros, y tendrá las siguientes modalidades:

1. Producción y estreno de espectáculos musicales.

2. Grabación y edición de discos.

3. Producción y exhibición de ciclos, festivales de música y conciertos.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3.3. Ayudas de carácter bienal para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Favorecer la transición del sector cultural hacia un modelo de industria cultural.

2. Consolidar las estructuras empresariales del sector cultural.

3. Promover el desarrollo de instrumentos de gestión empresarial en el sector cultural.

4. Adaptar los mecanismos de financiación de la Comunidad de Madrid para mejorar la dotación de liquidez del sector cultural

5. Facilitar el procedimiento de justificación de los proyectos subvencionados por la Comunidad de Madrid

6. Establecer un marco de financiación que promueva proyectos de digitalización y sostenibilidad del sector cultural.

Esta convocatoria tendrá las modalidades y cuantías siguientes:

1. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral para su consolidación en la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 2.250.000 euros, correspondiendo 1.125.000 euros a 2024 y 1.125.000 euros a 2025.

2. Ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico para su consolidación en la Comunidad de Madrid por importe de 250.000 euros, correspondiente a la segunda anualidad de las ayudas bienales 2023-2024, convocadas por Orden 472/2023, de 10 de abril, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de danza, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos en 2023 y 2024.

3. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de teatro en la Comunidad de Madrid, por importe de 450.000 euros, correspondiente a la segunda anualidad de las ayudas bienales 2023-2024, convocadas por Orden 472/2023, de 10 de abril, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de danza, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos en 2023 y 2024.

4. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos flamencos, por importe de 350.000 euros, correspondiente a la segunda anualidad de las ayudas bienales 2023-2024, convocadas por Orden 472/2023, de 10 de abril, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de danza, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos en 2023 y 2024.

3.4. Ayudas de carácter bienal para la producción cinematográfica.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la producción y difusión de los nuevos creadores audiovisuales de la Comunidad de Madrid.

2. Apoyar la innovación y el desarrollo tecnológico.

3. Apoyar la producción de largometrajes y cortometrajes en la Comunidad de Madrid.

4. Apoyar el conocimiento del patrimonio cultural y de los rasgos específicos de la Comunidad de Madrid

Las convocatorias que se pondrán en marcha para la consecución de dichos objetivos serán las siguientes:

1. Producción de largometrajes por un importe máximo de 2.000.000 euros, correspondiendo 1.000.000 euros a 2024 y la misma cantidad a 2025.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2024; segunda anualidad, 2025.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 500.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 712/2023 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2023.

2. Producción de cortometrajes por un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros a 2024 e igual importe a 2025.

Plazo de adjudicación: segundo semestre de 2024.

Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2024; segunda anualidad, 2025.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 150.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 548/2023 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2023.

3.5. Ayudas anuales a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos audiovisuales financiadas con cargo a la transferencia del Instituto de las Ciencias y las Artes Audiovisuales (ICAA).

El objetivo es implementar y potenciar los recursos disponibles para consolidar y ampliar tanto el número de beneficiarios como las cuantías a conceder en los procesos previos al rodaje de proyectos audiovisuales.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 3.000.000 euros.

Publicación de la convocatoria: diciembre de 2023.

Plazo de resolución: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3.6. Ayudas a empresas para la promoción del videojuego como disciplina creativa en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es impulsar y facilitar el desarrollo de una actividad innovadora tecnológicamente a través del diseño y promoción del videojuego.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 500.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

3.7. Ayudas para el apoyo a proyectos de aceleración de las industrias culturales y creativas (ICC).

La aceleración de las industrias culturales y creativas es un elemento esencial para la recuperación y consolidación de la economía madrileña. La creatividad e innovación, rasgos distintivos de las ICC, son elementos clave para la recuperación económica. A través de estas actuaciones, se pretende activar el crecimiento del tejido industrial empresarial y profesional de las ICC de la Comunidad de Madrid, desarrollando su potencial y transformándolo en polo de atracción económico y generación de empleo.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.

b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.

c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.

d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.125.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.

III. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 en el programa 334A correspondiente a la Dirección General Cultura e Industrias Creativas.

En relación con dichas subvenciones, a continuación se indica su objetivo, entidad, importe y partida presupuestaria:

Objetivo: Apoyar entidades culturales emblemáticas de la Comunidad de Madrid, con trayectorias sobresalientes en la realización de actividades de interés y calidad, con la finalidad de fomentar sus actividades y facilitar su mantenimiento.

— Festival de Cine Alcalá de Henares (Alcine): 55.000 euros, con cargo a la partida 46352.

— Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España: 35.000 euros, con cargo a la partida 48015.

— Asociación Círculo de Bellas Artes: 250.000 euros, con cargo a la partida 48018.

— Asociación Madrileña Audiovisual (AMA): 50.000 euros, con cargo a la partida 48055.

— Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 1.600.000 euros, con cargo a la partida 48120.

— Fundación Teatro de La Abadía: 1.950.000 euros, con cargo a la partida 48121.

— Fundación Teatro Real: 3.800.000 euros, con cargo a la partida 48128.

— Academia de las Artes Escénicas: 30.000 euros, con cargo a la partida 48152.

IV. Convenio subvención con la Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 900.000 euros, con cargo a la partida 48100 financiado con cargo a la transferencia del Instituto de las Ciencias y las Artes Audiovisuales (ICAA), para incubadoras de proyectos audiovisuales

CONVOCATORIAS DE AYUDAS VINCULADAS AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

1. Convocatorias de ayudas en el ámbito del Componente 24

1.1. C24.I02.P02 "Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial".

1.1.1. Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea (Next Generation EU), correspondiente al año 2022.

Se trata de la convocatoria de ayudas correspondiente a 2022, cuya resolución se ha efectuado en 2023, y cuyos plazos de ejecución y justificación se han ampliado hasta el 31 de mayo y el 30 de junio, respectivamente, de 2024. Estas ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de inversiones para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales ubicadas en la Comunidad de Madrid, tanto de titularidad pública como privada. Las actuaciones elegibles que se financiarán con cargo a estas ayudas son las siguientes:

a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red.

b) Modernización de los sistemas de iluminación digital.

c) Modernización de los sistemas de vídeo digital.

d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica.

e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.

1.3. C.24.I1.P1.2 "Apoyo a aceleradoras culturales".

Orden 2646/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al apoyo a aceleradoras culturales, con cargo al "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU".

Se trata de la convocatoria de ayudas correspondiente a 2022, cuya resolución se ha efectuado en 2023, y cuya ejecución se desarrollará a lo largo de 2024, con un plazo máximo de diciembre de 2026.

SEGUIMIENTO, SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

El seguimiento de las subvenciones se realiza por tres órganos diferentes:

1. La Dirección General, en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa.

En este sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.

2. La Comisión de valoración correspondiente, como órgano de trabajo del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, participará en las subvenciones de concurrencia competitiva en la elaboración de la propuesta de resolución previa a la adjudicación de las ayudas.

3. La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago de las ayudas, y mediante la comprobación material de las actuaciones de los beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realizan la Dirección General mediante la comparación entre los resultados obtenidos y los indicadores establecidos en las fichas presupuestarias de los programas 333A (Museos y Exposiciones) y 334A (Promoción y Difusión Cultural) de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

MEDIDAS CORRECTORAS

Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las subvenciones no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán introducir en el presente Plan estratégico de subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la obtención de los resultados perseguidos, garantizando el principio de eficiencia en la gestión pública.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2023.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/21.160/23)

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