Leganés. Régimen económico. Bases concurso desfile cabalgata

Anuncio de acuerdo de la Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Leganés en la que se han aprobado, en sesión ordinaria el día de 5 de diciembre de 2023, las bases que regirán en el concurso del desfile de la Cabalgata de Reyes 2024.

BASES DEL CONCURSO DEL DESFILE DE LA CABALGATA DE REYES 2024

Artículo 1. Participantes.—Podrán participar en el concurso del desfile de la Cabalgata de Reyes los clubes, asociaciones, peñas, agrupaciones locales, ampas, centros educativos y academias de enseñanza, con entidad jurídica, constituido por un grupo de al menos 15 personas, formados por adultos y/o menores de edad (siempre que vayan acompañados por responsables mayores de edad) y con sede en la localidad de Leganés.

Se limita la participación para el concurso del desfile de la Cabalgata de Reyes a un total de 20 participaciones.

La selección de las mismas de presentarse más solicitudes de inscripción que número de participaciones disponibles se realizará por sorteo público que se realizará el lunes 26 de diciembre de 2023, comunicando la Delegación de Festejos a los seleccionados su participación o no en el concurso por medio de correo ordinario, e-mail o teléfono. Aquellas participaciones que no formen parte del concurso podrán, si lo desean, desfilar sin participar en el mismo.

Todos los grupos designarán un representante que actuará en nombre del mismo y será la persona que interactúe en las relaciones con el Ayuntamiento de Leganés.

Art. 2. Aspectos generales.—Serán obligaciones de los participantes en el concurso:

— Realizar una carroza y/o comparsa para la Cabalgata de Reyes que se celebrará el día 5 de enero de 2024, a las 18:30 horas, con una duración aproximada de dos horas, por las calles del casco urbano del municipio de Leganés.

— Estacionar la carroza o ubicar al personal integrante de la comparsa en el lugar de salida asignado por la Delegación de Festejos en la Avenida de Juan Carlos I, entre las calles Francia y Bélgica, en sentido subida, el día 5 de enero de 2024, entre las 16:30 y las 17:45 horas, para la realización de la inspección previa y colocación en el orden que se establezca antes de la cabalgata, debiendo permanecer en todo momento el responsable de la misma en dicho lugar.

— En caso de utilizar vehículo de tracción mecánica se deberá aportar, con una anterioridad de al menos tres días al día 5 de enero de 2024, toda aquella documentación requerida desde Policía Local y que consta de:

• Permiso de conducir del conductor y/o conductores previstos.

• DNI y autorización de uso del propietario del vehículo si éste no fuera el conductor.

• Documentación en regla del vehículo (permiso de circulación, ficha técnica, seguro obligatorio e ITV en vigor).

— Velar por la seguridad del público asistente, para lo cual en caso de participar con vehículos, deberán contar con un servicio de control de:

• Al menos 6 personas (2 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de hasta 6 metros de longitud.

• Al menos 8 personas (3 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de longitud entre 6 y 10 metros de longitud.

• Al menos 10 personas (4 a cada lado, 1 delante y 1 detrás) en caso de vehículos de más de 10 metros de longitud.

— Deberán controlar durante todo el recorrido la seguridad del público y evitar que ninguna persona pueda sufrir un accidente en el recorrido de la cabalgata. Estas personas de control deberán llevar un chaleco reflectante identificativo.

— Velar por la seguridad de los participantes que vayan encima de las carrozas, contando con una estructura estable y con todos los elementos bien anclados a la misma. En caso de contar con vallado asegurar la firmeza del mismo y en caso de contar con estructuras de altura (las cuales no podrán ser de más de 4 metros) contar con sujeciones seguras (vientos, etc.).

— En general someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento de Leganés y las fuerzas de seguridad, facilitando cuanta información les sea requerida y siguiendo las indicaciones que se les pudieran dar.

— El orden en que desfilarán las carrozas durante la cabalgata será establecido desde la Delegación de Festejos siendo inamovible el orden de las carrozas municipales.

— El Ayuntamiento podrá desestimar la participación en la cabalgata y en el concurso (descalificación) si no cumple las condiciones establecidas en estas bases o por cualquier defecto grave de seguridad detectado por las fuerzas de seguridad municipales, en la inspección previa a la cabalgata.

Art. 3. Solicitud y plazos.—La entrega y recepción de las solicitudes de inscripción se realizará a través del registro electrónico municipal, debiendo remitir justificante de la presentación de la misma por correo electrónico a festejos@leganes.org . El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el martes 26 de diciembre de 2023. Cualquier solicitud de inscripción con fecha de registro posterior a dicha fecha no será aceptada.

Asimismo, deberán presentar a través del registro electrónico municipal la siguiente documentación antes del día 4 de enero:

— Relación de todos los menores de edad que participen en los concursos.

— Declaración responsable del presidente de la asociación indicando que solo participarán los menores que hayan presentado autorización de su tutor/a.

— Autorización firmada por los tutores/as legales (padre/madre o tutor/a) de cada uno de los menores que participarán en el desfile.

Art. 4. Sistema del concurso y jurado.—El día de la cabalgata (5 de enero de 2024) el jurado constituido al efecto y formado por Jaime Cortés Orte (Técnico Superior de Cultura), José Fernández Durán (Ayudante Técnico de Cultura) y Javier Blanco Jiménez (Coordinador de Festejos), y presidido por la concejal-delegada de Comunicación, Igualdad, Festejos, Juventud y Cooperación, y actuando como secretario, con voz pero sin voto, Alejandro Suárez Gómez (Técnico de Festejos), valorará las carrozas durante todo el recorrido. El presidente podrá abstenerse en la votación.

Asimismo se nombra miembro del jurado suplente a Miguel Angel Villaverde Cristóbal (Jefe de Sección de Cultura).

El jurado se reunirá y procederá a la votación de los participantes una vez hayan finalizado el desfile, en sesión privada, otorgando la puntuación que estime oportuna a cada uno de los participantes en función de los criterios establecidos en las presentes bases, emitiendo el fallo que proceda y levantándose la correspondiente acta por el secretario, en el que hará constar la puntuación obtenida.

La selección de los ganadores será competencia exclusiva del jurado, emitiendo éste su fallo con carácter definitivo e inapelable y pudiendo declarar desierto la concesión de algún o algunos de los premios.

El jurado velará por el estricto cumplimiento de las presentes bases, aclarando e interviniendo sobre cualquier duda que pueda presentarse sobre la interpretación de las mismas.

El jurado podrá adoptar las medidas oportunas y/o a descalificar, en su caso, a los participantes que incumplan algún punto de las bases durante el transcurso del concurso.

Asimismo, el jurado podrá revocar cualquiera de los premios en caso de detectar alguna irregularidad.

Los componentes del jurado puntuarán de 1 punto a 5 puntos (siendo 1 la mínima puntuación y 5 la máxima) de acuerdo con cuatro criterios: originalidad, vistosidad, laboriosidad y organización de la entidad.

El fallo del jurado se realizará la misma Noche de Reyes, publicándose en la página web del Ayuntamiento: www.leganes.org , el primer día siguiente laborable.

Art. 5. Premios.—Se otorgarán los premios que a continuación se detallan, estableciéndose para todos ellos un máximo de nueve mil setecientos euros (9.700 euros), con cargo a la partida 21-3380-481-00 del ejercicio 2024, y que estarán sometidos a las retenciones legalmente establecidas:

— Primer premio: 700 euros.

— Segundo premio: 650 euros.

— Tercer premio: 600 euros.

— Cuarto premio: 550 euros.

— Accésit del 5.o al 10.o: 500 euros.

— Accésit del 11.o al 15.o: 450 euros.

— Accésit del 16.o al 20.o: 390 euros.

Art. 6. Información y publicidad.—La publicación de las presentes bases se realizará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cualquier comunicación relativa al concurso se hará además a través de los tablones de anuncios de la Concejalía-Delegada de Festejos y de la página web del ayuntamiento: www.leganes.org

La información relativa al mismo se facilitará desde la Concejalía-Delegada de Festejos, en el teléfono: 912 489 583 y en los correos electrónicos: asuarez@leganes.org y jblanco@leganes.org

Art. 7. Aspectos legales.—El Ayuntamiento de Leganés podrá, en el caso de detectar un uso fraudulento del certamen, modificar las presentes bases en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento del mismo. Asimismo resolverá todas las cuestiones que pudieran surgir o plantearse en la interpretación de estas bases.

Los participantes consienten al Ayuntamiento de Leganés la realización de grabaciones audiovisuales en espacios públicos de su imagen, derivadas de su participación en este concurso y autorizan su posterior utilización con carácter promocional, dentro del marco de la información municipal de interés general, lo que incluirá su reproducción y comunicación pública en aquellos medios que el Ayuntamiento de Leganés considere, sin límite temporal alguno.

Art. 8. Órgano competente.—Corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de las presentes bases, delegando en el concejal-delegado de Festejos la adopción de cuantos acuerdos sean necesarios para la ejecución del concurso, salvo el reconocimiento de la obligación y el pago de los premios que corresponderá al concejal-delegado de Hacienda, de conformidad con las bases de ejecución del presupuesto.

Leganés, a 13 de diciembre de 2023.—La concejala-delegada de Comunicación, Igualdad, Festejos, Juventud y Cooperación, Almudena Ana Jiménez García.

(03/20.867/23)

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