ADENDA de 23 de noviembre de 2023, al convenio entre el Canal de Isabel II y la Comunidad de Madrid para la cesión del derecho de uso de los Teatros del Canal.

REUNIDOS

De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 47/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 229/2021, de13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid".

De otra parte, D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II, Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de julio de 2023, por el que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.

EXPONEN

I. Que, con fecha 29 de octubre de 2008, se suscribió un Convenio entre la empresa pública Canal de Isabel II, propietaria de los Teatros del Canal, y la Comunidad de Madrid, por el que se regula la cesión de uso de dicho inmueble, así como su contenido y mobiliario, a la entonces denominada Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, por un plazo de cinco años, a contar desde el 1 de enero de 2009.

II. Que, durante el período transcurrido desde esa fecha, los Teatros del Canal han sido destinados a la celebración de representaciones líricas, musicales, coreográficas y otras de naturaleza análoga, promovidas por esta Consejería, en cumplimiento de sus fines, en colaboración con otras entidades, públicas y privadas, de conformidad con lo establecido en el convenio referido.

III. Que la estipulación segunda de dicho convenio establece que la mencionada cesión se otorga por un plazo de cinco años a contar desde el 1 de enero de 2009, pudiendo autorizarse, a petición de la Consejería, una prórroga de duración bianual.

IV. Que, de conformidad con la cláusula séptima del Convenio de cesión de uso de los Teatros del Canal, mediante Orden de 11 de noviembre de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, se acepta la cesión gratuita del derecho de uso de los Teatros del Canal por un plazo de cinco años, prorrogables por períodos bianuales hasta un máximo de treinta años.

V. Que, con fecha 28 de junio de 2013, se efectuó la primera prórroga del Convenio de cesión de uso de los Teatros del Canal, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se produjo la caducidad del plazo inicial de cinco años previsto en el convenio original.

VI. Que, con fecha 26 de octubre de 2015, se efectuó la segunda prórroga, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se produjo la caducidad del plazo establecido por la primera prórroga.

VII. Que, con fecha 22 de junio de 2017, se efectuó la tercera prórroga, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se produjo la caducidad del plazo establecido por la segunda prórroga.

VIII. Que, con fecha 12 de marzo de 2019, se efectuó la cuarta prórroga, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se produjo la caducidad del plazo establecido por la tercera prórroga.

IX. Que, con fecha 23 de diciembre de 2021, se efectuó la quinta prórroga, ya que el 31 de diciembre de esa anualidad se produjo la caducidad del plazo establecido por la cuarta prórroga.

X. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte tiene interés en continuar gestionando los Teatros del Canal, como una de las más destacadas infraestructuras culturales en materia de artes escénicas de la Comunidad de Madrid.

XI. Que, de conformidad con la mencionada estipulación segunda de dicho convenio, mediante escrito de fecha 26 de abril de 2023 la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha solicitado a Canal de Isabel II una prórroga de la cesión de uso de los Teatros del Canal por un nuevo período de dos años.

XII. Que las partes se reconocen recíprocamente capacidad legal y legitimación suficiente para la celebración de la presente Adenda, que se regirá por las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera

Prórroga de la vigencia del Convenio

Se prorroga la vigencia del Convenio de cesión de uso de los Teatros del Canal, suscrito el 29 de octubre de 2008, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segunda

Entrada en vigor de la Adenda

La presente Adenda, una vez aprobada por las partes, tendrá la tramitación legal que proceda hasta su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor al día siguiente de dicha publicación.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 23 de noviembre de 2023.—Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Mariano de Paco Serrano.—Por Canal de Isabel II, José Luis Fernández-Quejo del Pozo.

(03/19.804/23)

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