Madrid, a 14 de noviembre de 2023
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. Don Antonio Naranjo Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente convenio de colaboración y a tal efecto
MANIFIESTAN
Primero
Que el día 18 de abril de 2022 suscribieron un Convenio interadministrativo para la concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020.
Mediante dicho Convenio el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra recibió fondos para ayudas de emergencia a personas y familias en situación de emergencia social en dicho municipio como consecuencia de la crisis económica.
Segundo
Que en fecha 2 de enero de 2023, el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra solicita mediante escrito firmado por su Alcalde la extinción del Convenio.
Tercero
Que la cláusula decimotercera de dicho Convenio, prevé que se extinguirá, cuando concurra cualquiera de las causas recogidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto
Que el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece que es causa de resolución de los convenios el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, y a tal efecto,
ACUERDAN
Primera
Resolución
Resolver concurriendo causa de incumplimiento por parte de la entidad local, el citado Convenio mediante la suscripción del presente documento, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimotercera del Convenio.
Segunda
Renuncia
El Ayuntamiento de Cubas de la Sagra renuncia expresamente a la aportación económica de la anualidad 2022 por importe de 47.776,44 euros ya que no ha justificado la cuantía establecida.
En relación con la anualidad 2023 no llegó a ejecutarse el pago al presentar la petición de renuncia antes de realizarse el mismo.
Tercera
Reintegro
En virtud de la cláusula octava del Convenio suscrito, la Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de las cantidades percibidas y no justificadas por la entidad local, mediante el reintegro de las cantidades indebidamente justificadas.
Como consecuencia de la extinción del Convenio, el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra procederá al reintegro de la aportación de la Comunidad de Madrid en el plazo de 20 días hábiles desde la fecha de firma de la presente resolución por importe de 47.776,44 euros.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente documento de Resolución del Convenio de Colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo, la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 14 de noviembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Alcalde del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, Antonio Naranjo Martín.
(03/19.526/23)