Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de modificación de ordenanza fiscal reguladora de tasas por actuación municipal de control previo o posterior al inicio de apertura de establecimientos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
"DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Con objeto de facilitar el emprendimiento empresarial y dar impulso a la actividad económica en el municipio de Sevilla la Nueva, la presente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la actuación municipal de control previo o posterior al inicio de aperturas de establecimientos queda suspendida en su aplicación durante los ejercicios 2024, 2025, 2026 y 2027, no devengándose, en consecuencia, las tasas correspondientes durante los mismos".
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla la Nueva, a 21 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.
(03/19.460/23)