Extracto del decreto 2023DCR003467, de 13 de noviembre de 2023, del concejal de Cultura, Festejos y Promoción de la Ciudad, por el cual se aprueban las bases específicas que habrán de regir la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos por la participación en la cabalgata de reyes del año 2024 en el municipio de San Fernando de Henares.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones "link de la BDNS" así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
BDNS: 729462
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de San Fernando de Henares y tener sus datos actualizados.
2. De haber recibido subvención de la Concejalía de Festejos en años anteriores, haberlas justificado debidamente.
3. Tengan su ámbito de actuación dentro del municipio de San Fernando de Henares.
4. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. No estar inmersa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a financiar el gasto corriente de las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, indicadas en las bases específicas que habrán de regir la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos por la participación en la cabalgata de reyes del año 2024 en el municipio de San Fernando de Henares.
Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro en el ámbito de la cultura, la educación, el desarrollo económico y empleo, la formación, juventud e infancia, mayores, medio ambiente, mujer, salud y consumo, participación ciudadana, deporte, y servicios sociales a través del desarrollo de proyectos para el fomento del fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal de San Fernando de Henares.
Tercero. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la ordenanza general de subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal que publicará el texto íntegro de la misma.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 8.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de diez días hábiles a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Publicidad.—La publicidad de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
San Fernando de Henares, a 13 de noviembre de 2023.—El concejal de Promoción de la Ciudad, Cultura y Festejos, Pablo Sanz Álvarez.
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