La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Atendiendo al Acuerdo de 29 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995 y titular de la competencia en materia de agricultura, ganadería y alimentación en virtud del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión directa de las ayudas extraordinarias para compensar el incremento de costes en las explotaciones agrarias afectadas por la sequía en la Comunidad de Madrid en la campaña 2022-2023:
— Año 2023: 7.500.000 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al subconcepto 47399 "Otras empresas privadas" del Programa 411A del Presupuesto General de la Comunidad de Madrid para 2022 prorrogado para 2023 de acuerdo al Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.
Madrid, a 29 de noviembre de 2023.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, CARLOS NOVILLO PIRIS
(03/20.075/23)