De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/727756 ).
BDNS (Identif.): 727756
Primero
Beneficiarios
Estudiantes (Grado, Máster, Doctorado y Títulos de Formación Permanente UCM), PDI y PTGAS que tengan o hayan tenido vinculación (académica o profesional) con la UCM. Asimismo, podrán acudir los participantes del Programa Explorer de Santander Universidades cursado en la UCM. Se podrá participar individualmente o en equipo; en este último caso, al menos uno de los integrantes debe ser o haber sido miembro de alguno de los colectivos de la comunidad universitaria complutense.
Deberá consultarse en las bases publicadas en el BOUC los requisitos específicos para cada una de las modalidades.
Segundo
Objeto
Regular la concesión de ayudas en forma de incentivos y mediante subvención para la creación, impulso y consolidación de empresas y/o entidades no lucrativas surgidas a iniciativa de miembros de la Comunidad Universitaria Complutense.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases completas de la convocatoria se encuentran en la siguiente página web: https://www.ucm.es/compluemprende/programa-de-incentivos
Cuarto
Cuantía
Se concederá un importe máximo de 200.000,00 euros repartidos entre las siguientes modalidades de subvenciones:
— Cinco dotaciones económicas de 15.000,00 euros cada una a proyectos o entidades de carácter lucrativo o no lucrativo o a autónomos incluidos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
— Cinco dotaciones económicas de 25.000,00 euros cada una, a entidades que puedan demostrar una trayectoria de mercado y presenten un proyecto de ampliación, consolidación o nuevo desarrollo.
Quinto
Modo y plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes (disponibles en https://www.ucm.es/compluemprende/programa-de-incentivos ), deberán presentarse de forma electrónica en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Otros datos
A la solicitud deberá acompañarse, para todas las modalidades, un plan de empresa o modelo de negocio entre otra documentación especificada en las bases completas de la convocatoria.
Madrid, a 7 de noviembre de 2023.—La Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2023), María Concepción García Gómez.
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