Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de modificación de las ordenanzas reguladoras siguientes:
Modificación ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la utilización de pistas deportivas:
Artículo 5: Cuota tributaria:
— Uso de pista de pádel una hora y media: 4,00 euros.
— Uso de luz pista de pádel, una hora y media: 2,00 euros.
— Uso de luz pista polideportiva, una hora y media: 2,00 euros.
Modificación ordenanza reguladora de la tasa por utilización de locales municipales:
Artículo 4: Cuota tributaria:
— Graderío de las eras: 20 euros/día.
— Centro cultural: 50 euros/día.
— Aula de adultos: 50 euros/día.
Todo ello en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de los contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Prádena del Rincón, 7 de noviembre de 2023.—La alcaldesa, María Sonia García Expósito.
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