Consejería de economía, hacienda y empleo - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-274)

ORDEN de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se conceden los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondientes al año 2023 a las buenas prácticas para la coordinación de actividades empresariales efectiva.

En virtud del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre del Consejo de Gobierno se crean los "Reconocimientos en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid", y se faculta al jurado correspondiente a otorgar las menciones específicas que se establezcan en dicho Decreto o en las correspondientes disposiciones reguladoras.

Mediante Orden de 5 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se convocaron para el año 2023, en sus distintas categorías, los reconocimientos y menciones a las "buenas prácticas para la coordinación de actividades empresariales efectiva".

Con fecha 17 de octubre de 2023 se reúne el Jurado Calificador designado a tal efecto de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, levantando la correspondiente acta de valoración de las candidaturas presentadas con arreglo a los criterios establecidos para tal fin en el artículo 16 del citado Decreto.

Así mismo, en esa reunión, a propuesta de la presidenta del jurado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, se acuerda por unanimidad proponer la concesión de la Mención Honorífica a favor de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en reconocimiento a la labor realizada para garantizar la investigación rápida y eficaz de los accidentes producidos en el ámbito laboral, consiguiendo con ello la reducción de las causas que los han generado.

Con esta propuesta se pretende reconocer su colaboración en el diseño e implantación de medidas correctoras encaminadas tanto a eliminar las causas de los accidentes y evitar la repetición del mismo accidente o similares, como la puesta a disposición del servicio público su experiencia para mejorar la prevención de riesgos laborales.

Así pues, vista la propuesta acordada por unanimidad por dicho Jurado Calificador y elevada a través del IRSST,

RESUELVO

Primero

Concesión de los reconocimientos y menciones

Se conceden los reconocimientos y menciones a las "buenas prácticas para la coordinación de actividades preventivas efectiva" en sus respectivas modalidades, a los siguientes candidatos:

— Categoría de empresas o Entidades con una plantilla de hasta 50 trabajadores:

• Primer premio: Sicore, S. L.

• Mención especial: desierto.

• Mención especial: desierto.

— Categoría de empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores:

• Primer premio: John Deere Ibérica, S. A.

• Mención especial: Mahou San Miguel.

• Mención especial: Culmia.

Segundo

Mención Honorífica

Se concede la Mención Honorífica a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en reconocimiento a la labor realizada para garantizar la investigación rápida y eficaz de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores, consiguiendo con ello la reducción de las causas que los han generado.

Tercero

Reserva legal de derechos

Las empresas o entidades perceptoras de alguno de los reconocimientos o menciones hacen cesión no exclusiva al IRSST de todos los derechos de divulgación, difusión y publicación respecto de las "Buenas Práctica Reconocidas" durante un año, el cual se empezó a computar a partir del día siguiente a aquél en el que tuvo lugar el fallo del Jurado; de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre.

Cuarto

Recursos y reclamaciones

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

Efectos

La presente Orden producirá sus efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de noviembre de 2023.

La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR

(03/18.758/23)

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