Consejería de presidencia, justicia y administración local - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-270)

ORDEN de 30 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden 54/2022, de 9 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la extinta Consejería de Administración Local y Digitalización para los años 2022-2023.

Mediante Orden 54/2022, de 9 de marzo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización para el período 2022-2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de marzo de 2022), incluyendo los principios básicos inspiradores de la acción subvencional de la Consejería para el período 2022-2023, siendo modificada posteriormente mediante las siguientes órdenes: Orden 381/2022, de 13 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre de 2022); Orden 575/2022, de 20 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 2022); Orden 88/2023 de 14 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 23/03/2023) y Orden 214/2023, de 11 de mayo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de mayo de 2023) todas ellas de la Consejería de Administración Local y Digitalización.

No obstante, en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid las competencias en materia de administración local y desarrollo local que ostentaba la Consejería de Administración Local y Digitalización son asumidas por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

El Plan Estratégico se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno como "información institucional, organizativa y de planificación" que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la cual se procederá a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización para los años 2022-2023, tiene por objeto incorporar las ayudas para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027 cuya competencia ha sido transferida de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local en virtud del artículo 13.1.g) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece su estructura orgánica, además de modificar las anualidades de la subvención dirigida a la Mancomunidad de Servicios sociales "Sierra Norte", otorgada por el procedimiento de concesión directa para la consolidación del proyecto "Cuídame" e incluir tres nuevas subvenciones directas a favor de 3 asociaciones que actúan como grupos de acción local en las tres zonas definidas como zonas rurales en la Comunidad de Madrid (zona de sierra norte, zona de la sierra oeste y la zona de la Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá) destinadas a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías en cada una de sus zonas de actuación.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica, que los órganos de las administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. No obstante, el artículo 12.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones considera que el contenido de este plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los casos de subvenciones que se concedan de forma directa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones.

En idénticos términos, este requisito es contemplado en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Lo dispuesto en este Plan es una previsión y su contenido no crea derechos ni obligaciones; y como tal quedará condicionado a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

En virtud de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

DISPONGO

Apartado primero

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización para el período 2022-2023 aprobado mediante la Orden 54/2022, de 9 de marzo, y modificado por las Órdenes 381/2022, de 13 de septiembre, 575/2022, de 20 de octubre, 88/2023, de 14 de marzo y 214/2023, de 11 de mayo, todas ellas de la Consejería de Administración Local y Digitalización en los siguientes términos:

— Primero. Se introduce un nuevo epígrafe I.11 "Ayudas para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027", cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

— Segundo. Se modifica el epígrafe II.17 "Subvención dirigida a la Mancomunidad de Servicios Sociales "Sierra Norte". Concesión directa para la consolidación del proyecto "Cuídame", en los términos detallados en el citado Anexo.

— Tercero. Se introduce un nuevo epígrafe II.18 "Subvención dirigida a Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá (ARACOVE) destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías."

— Cuarto. Se introduce un nuevo epígrafe II.19 "Subvención dirigida a la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías."

— Quinto. Se introduce un nuevo epígrafe II.20 "Subvención dirigida a la Asociación para el desarrollo integral de la Sierra Oeste de Madrid (ADI Sierra Oeste) destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías."

Apartado segundo

La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de octubre de 2023

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

ANEXO

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2022-2023 DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

I. Líneas de subvención en régimen de concurrencia competitiva

I.11. Ayudas para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en el marco del plan estratégico nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027:

A. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda

La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, a través de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, tiene competencias en materia de fomento del desarrollo y diversificación económica de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid, y en particular la gestión del programa LEADER, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1.g) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, por el que se establece su estructura orgánica.

En este sentido, el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) número 1305/2013 y (UE) número 1307/2013, establece en su artículo número 92 que, al menos, el 5 por 100 de la contribución del FEADER al Plan Estratégico Nacional debe gestionarse bajo la metodología LEADER; además incluye en el artículo 77.b), la preparación y ejecución de estrategias de desarrollo a través de LEADER.

Por otro lado, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2115, en el Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de ejecución C(2022) 6017, de 31 agosto de 2022, se incluye la intervención 7119 LEADER.

Además, el Reglamento (UE) número 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) número 1305/2013 (UE) número 1306/2013 y (UE) número 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) número 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022, dispone en su artículo 1 que se prorroga el período de duración de los programas financiados por el fondo FEADER hasta el 31 de diciembre de 2022, mientras que el artículo 4 establece que en el caso de los programas prorrogados se podrá apoyar los gastos de desarrollo de capacidades y acciones preparatorias en apoyo del diseño y la futura aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo bajo el nuevo marco jurídico.

Por otro lado, el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 incluye dentro de su submedida 19.1 "Ayuda preparatoria", el apoyo a los gastos de desarrollo de capacidades y acciones preparatorias en apoyo del diseño y futura aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo bajo el nuevo marco jurídico que sea aprobado para el período 2023-2027, según el artículo 4 del Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020.

No obstante, el artículo 154 del Reglamento (UE) número 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, establece que el Reglamento (UE) número 1305/2013 seguirá aplicándose a la ejecución de los programas para el desarrollo rural hasta el 31 de diciembre de 2025.

B. Objetivos y efectos perseguidos

La aplicación de LEADER en la Comunidad de Madrid para el período 2023-2027 se llevará a cabo a través de los Grupos de Acción Local (GAL), que contribuirán con sus Estrategias de Desarrollo Local Participativo a animar a las comunidades locales a desarrollar enfoques ascendentes e integrados; así como a generar capacidad en la comunidad y estimular la innovación.

La ayuda para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027 tiene como finalidad ayudar en la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) que se implementarán en las zonas rurales de la Comunidad de Madrid durante el período 2023-2027.

C. Plazo para su consecución

El presente plan se aplica a las ayudas convocadas durante la vigencia del Programa de desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (PDR-CM).

D. Coste previsible y fuentes de financiación

El coste presupuestario previsto para estas ayudas asciende a:

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La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la posición presupuestaria G/942O/48099 "Otras instituciones sin fines de lucro" de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

Se corresponden con el Tipo de Operación 19.1.1: "Ayuda preparatoria" del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, perteneciente a la medida 19 "Apoyo para el desarrollo local de LEADER", y serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 80 por 100 del gasto público y en un 6 por 100 por la Administración General del Estado.

E. Plan de acción

Estas ayudas se establecen mediante las correspondientes bases reguladoras y convocatoria 2023. El procedimiento de concesión de estas líneas de ayuda será el de concurrencia competitiva. La convocatoria se realizará por el Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local.

El Director General de Reequilibrio Territorial, como órgano instructor del procedimiento, y previo informe del referido Comité Técnico, elevará la propuesta al Consejero de Presidencia de Justicia y Administración Local, que resolverá mediante Orden motivada la aprobación o denegación de las ayudas.

F. Seguimiento y evaluación

La evaluación se realizará finalizada la convocatoria 2023, comparando la previsión de entidades candidatas que se prevén van a solicitar la ayuda con las entidades que finalmente sean beneficiarias de la misma.

II. Convenios, subvenciones de concesión directa y otras

II.17. Subvención dirigida a la Mancomunidad de Servicios Sociales "Sierra Norte". Concesión directa para la consolidación del proyecto "Cuídame":

A. Objetivos

El objetivo de esta subvención es consolidar el proyecto "Cuídame" diseñado para mantener el arraigo de la población en municipios o núcleos históricos de población de menos de 250 habitantes, derivada del cambio demográfico y generando una red de cuidados que permita dar respuesta al envejecimiento, la despoblación y la soledad no deseada en el medio rural. Permitiendo establecer un sistema de servicios personales desde la perspectiva de la persona no dependiente y su entorno, evitando el abandono de sus hogares y generando empleo, lo que a su vez atrae población y reequilibra el desarrollo de las zonas más vulnerables.

Para ello está previsto celebrar un convenio de colaboración con la Mancomunidad de Servicios Sociales "Sierra Norte" que establezca el marco para la consolidación de este proyecto que incida en los aspectos fundamentales para la lucha contra la despoblación, genere empleo y mantenga el arraigo de la población.

Se pretende:

— Alargar la permanencia en el hogar de las personas mayores.

— Arraigar la población en el territorio.

— Revitalizar los entornos rurales.

— Crear nuevos puestos de trabajo que atraigan población y permitan el asentamiento de familias en los municipios más pequeños.

Mediante la celebración del Convenio con la Mancomunidad de Servicios Sociales "Sierra Norte" se contribuirá a impulsar la lucha contra la despoblación, asegurando una adecuada prestación de servicios básicos a la población, en función de las características del territorio, incidiendo sobre los colectivos de población de mayor edad y en los que se carece de acceso a los servicios básicos para las personas mayores.

B. Costes previsibles y fuentes de financiación

El crédito propuesto será el siguiente:

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La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 942O y estará cofinanciado por la Administración General del Estado a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con cargo al Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) en el marco de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico.

II.18. Subvención dirigida a Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá (ARACOVE) destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías:

A. Objetivo

El objetivo de esta ayuda a la Asociación de Desarrollo Rural Comarca de las Vegas y Alcarria de Alcalá (ARACOVE) es la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) en la zona de la comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías, tanto para la comunidad educativa y el tejido asociativo como para su entorno productivo y social. Permitirá a las empresas, organizaciones y a la ciudadanía capacitarse en tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial (robótica, programación, realidad aumentada...) y aplicarlas a sus actividades, empleo y rendimientos.

Estas ayudas son un instrumento en la lucha contra el desequilibrio social y territorial, especialmente la brecha urbana/rural, en la zona de la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá.

B. Costes previsibles y fuentes de financiación

La Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) aportará a ARACOVE un importe de doscientos treinta y un mil quinientos catorce euros (231.514 euros), con cargo a las posiciones presupuestarias 48099 "Otras instituciones sin ánimo de lucro" y 78009 "A instituciones de desarrollo local y rural" correspondientes al programa presupuestario 942O de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para los ejercicios 2023 y 2024 desglosados de la siguiente manera:

Imagen del artículo Consejería de presidencia, justicia y administración local - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-270)

Estas ayudas están cofinanciadas en un 29,03 por 100 por la Administración General del Estado con fondos del Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) transferidos a la Comunidad de Madrid en el marco de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico de 27 de abril de 2023.

II.19. Subvención dirigida a la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías:

A. Objetivo

El objetivo de esta ayuda a la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid es la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) en la zona de la Sierra Norte de Madrid como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías, tanto para la comunidad educativa y el tejido asociativo como para su entorno productivo y social. Permitirá a las empresas, organizaciones y a la ciudadanía capacitarse en tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial (robótica, programación, realidad aumentada...) y aplicarlas a sus actividades, empleo y rendimientos.

Estas ayudas son un instrumento en la lucha contra el desequilibrio social y territorial, especialmente la brecha urbana/rural, en la zona de la Sierra Norte de Madrid.

B. Costes previsibles y fuentes de financiación

La Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) aportará a la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid un importe de doscientos treinta y un mil quinientos catorce euros (231.514 euros), con cargo a las posiciones presupuestarias 48099 "Otras instituciones sin ánimo de lucro" y 78009 "A instituciones de desarrollo local y rural" correspondientes al programa presupuestario 942O de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para los ejercicios 2023 y 2024 desglosados de la siguiente manera:

Imagen del artículo Consejería de presidencia, justicia y administración local - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-270)

Estas ayudas están cofinanciadas en un 29,03 por 100 por la Administración General del Estado con el Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) transferidos a la Comunidad de Madrid en el marco de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico de 27 de abril de 2023.

II.20. Subvención dirigida a la Asociación para el desarrollo integral de la Sierra Oeste de Madrid (ADI Sierra Oeste) destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías:

A. Objetivo

El objetivo de esta ayuda a la Asociación para el desarrollo integral de la Sierra Oeste de Madrid (ADI Sierra Oeste) es la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) en la zona de la comarca de Las Vegas y Alcarria de Alcalá como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías, tanto para la comunidad educativa y el tejido asociativo como para su entorno productivo y social. Permitirá a las empresas, organizaciones y a la ciudadanía capacitarse en tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial (robótica, programación, realidad aumentada...) y aplicarlas a sus actividades, empleo y rendimientos.

Estas ayudas son un instrumento en la lucha contra el desequilibrio social y territorial, especialmente la brecha urbana/rural, en la zona de la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá.

B. Costes previsibles y fuentes de financiación

La Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) aportará a la Asociación para el desarrollo integral de la Sierra Oeste de Madrid (ADI Sierra Oeste) un importe de doscientos treinta y un mil quinientos catorce euros (231.514 euros), con cargo a las posiciones presupuestarias 48099 "Otras instituciones sin ánimo de lucro" y 78009 "A instituciones de desarrollo local y rural" correspondientes al programa presupuestario 942O de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para los ejercicios 2023 y 2024 desglosados de la siguiente manera:

Imagen del artículo Consejería de presidencia, justicia y administración local - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-270)

Estas ayudas están cofinanciadas en un 29,03 por 100 por la Administración General del Estado con fondos del Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT) transferidos a la Comunidad de Madrid en el marco de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico de 27 de abril de 2023.

(03/18.367/23)

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