Vistas las solicitudes presentadas y previa consideración de sus méritos, este Rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) de la misma, así como en los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), modificados por Decreto 28/2010 de 20 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de junio), de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de conformidad con el artículo 52 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
RESUELVE
Acordar dejar desierta la cobertura del puesto de trabajo convocado, debido a la ausencia de solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos en la misma.
Número de orden: 1.
— Puesto adjudicado: 1912.
— Dependencia: Rectorado / Gerencia General.
— Área funcional: Vicegerencia de Investigación e Innovación.
— Denominación del puesto: Asesor/a Técnico/a.
— Adjudicatario/a: Desierta.
Contra la presente resolución, que pone fin y agota la vía administrativa (artículos 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y artículo 81.1.o) de los Estatutos de la universidad), de acuerdo con lo previsto en los artículos 114, 123 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá ser impugnada directamente en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Madrid (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo), contado dicho plazo desde el día siguiente a su notificación, o, potestativamente, mediante interposición de recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes, sin que en ningún caso puedan simultanearse ambos recursos.
Móstoles, a 30 de octubre de 2023.—El Rector, P. D. el Gerente General (Resolución de 20 de febrero de 2018; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2018), Teodoro Conde Minaya.
(03/18.243/23)