Mediante el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. El artículo 21 del citado real decreto, establece que corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las subvenciones del Plan Estatal para el acceso a la vivienda, asimismo, para la ejecución del Plan, dispone que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla suscribirán convenios para la ejecución del Plan.
En el caso de la Comunidad de Madrid, con fecha 15 de septiembre de 2022, se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid para la aplicación del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, modificado por el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 25 de abril de 2023, relativo a la distribución de la financiación por anualidades y programas, en el que se formalizan los compromisos resultantes con la Comunidad de Madrid de 2.081.159,42 euros en el ejercicio 2023 para el programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
De conformidad con el artículo 4.5.c) 1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, se han aprobado las normas reguladoras y establecido el procedimiento de concesión directa de las ayudas mediante el Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.5 y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión. En consecuencia y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Primero
Declarar disponible el crédito presupuestario para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las ayudas que se regulan en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, relativas a la anualidad 2023 del programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, por un importe total de 2.081.159,42 euros, con la distribución estimativa de anualidades que se indica a continuación, pudiendo producirse redistribución entre las anualidades referidas en función de solicitudes recibidas.
Anualidad 2023: 0 euros.
Anualidad 2024: 700.000,00 euros.
Anualidad 2025: 1.040.000,00 euros.
Anualidad 2026: 341.159,42 euros.
Segundo
El crédito disponible será con cargo al subconcepto 48310 "Plan Estatal de Vivienda: Fomento del Alquiler" del programa presupuestario 261A, del presupuesto de gastos de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 25 de octubre de 2023.
El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ
(03/18.027/23)