Ayuntamiento de villaviciosa de odón - Ayuntamiento de villaviciosa de odón (BOCM nº 2023-238)

Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual

El 20 de junio de 2023, el Sr. alcalde-presidente, D. Juan Pedro Izquierdo Casquero, dictó el decreto cuyo contenido, transcrito literalmente, es del siguiente tenor:

«Considerando lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que establece en su apartado 1 que "El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de la Corporación, al comienzo de su mandato".

Resultando que en el Pleno de 30 de septiembre de 2019 se aprobó la creación de puesto de personal eventual: jefe de Gabinete de la Alcaldía.

Considerando que el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su apartado 2, establece que el nombramiento y cese de los funcionarios eventuales es libre y corresponde al alcalde o al presidente de la Entidad local correspondiente.

Considerando que el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, concluye determinando que los nombramientos de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, en su caso, en el propio de la Corporación.

Considerando lo anteriormente expuesto esta Alcaldía-Presidencia viene a resolver:

Primero.—Nombrar con efectos del 20 de junio de 2023, en calidad de personal eventual, a D. Antonio Díaz Rey con DNI número 70069****, en el puesto denominado "Jefe de Gabinete de la Alcaldía", con una retribución bruta anual de 40.943,56 euros, con sujeción a las disposiciones legales vigentes.

Segundo.—Notificar la presente resolución al interesado y a los Servicios de Intervención, Personal y Tesorería, a los efectos que procedan.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surtan efectos desde el día 20 de junio de 2023.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución en la siguiente sesión plenaria de conformidad con los artículos 42 y 44 del ROF e insertar en el libro de resoluciones.

Quinto.—Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)».

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que disponen la Ley 40/2015, de 1 de octubre y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Villaviciosa de Odón, a 11 de septiembre de 2023.—El secretario general (firmado).

(03/16.361/23)

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