Ayuntamiento de madrid - Ayuntamiento de madrid (BOCM nº 2023-237)

Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión premios

Decreto del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve la III convocatoria de los premios "Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio Climático en centros públicos educativos de infantil y primaria", del Ayuntamiento de Madrid.

Vista la Propuesta de Resolución definitiva de 10 de julio de 2023, el informe de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental por el que se eleva a este órgano propuesta de Decreto de concesión de los premios de fecha 14 de agosto de 2023, y en base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.—Mediante Decreto de 27 de julio de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, publicado en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" número 9.213, de 1 de septiembre de 2022, se aprobó la III convocatoria de los premios "Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio Climático en centros públicos educativos de infantil y primaria", del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, Convocatoria).

El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 25.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 001/150/172.11/482.03, "Premios", con cargo a la anualidad de 2023. El importe del premio se concederá al centro educativo para su empleo en material o servicio de contenido pedagógico.

Segundo.—Con fecha 7 de octubre de 2022, se constituyó el Jurado de dichos premios, en cuya acta se constata que se han recibido un total de 9 solicitudes de centros educativos públicos, que han sido admitidos todos ellas. Los centros admitidos han ejecutado sus proyectos durante el curso escolar 2022/2023.

A su vez, el Jurado, con fecha 9 de junio de 2023, ha emitido su fallo estableciendo la cuantía de premios que corresponde a cada uno de los centros admitidos, a la vista del informe técnico de la Subdirección General de Energía y Cambio Climático, de 6 de junio de 2023, en el que se verifican los ahorros en el consumo energético de electricidad y gas que se han producido en cada uno de ellos, durante el curso escolar 2022/2023.

Tercero.—Con fecha 10 de julio de 2023, teniendo en cuenta el fallo del Jurado, la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, órgano instructor de esta línea de ayudas, ha formulado Propuesta de Resolución, publicada en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" de 11 de julio de 2023, en la que se recogen los centros beneficiarios de los premios con las cuantías a percibir.

Cuarto.—Con fecha 8 de agosto de 2023, el Secretario del Jurado ha hecho constar que, en el Acta de la sesión celebrada el 9 de junio de 2023, en la que se recoge el fallo del Jurado, se ha incurrido en errores materiales en cuanto a los importes de los premios asignados al CEIP Cristóbal Colón y al CEIP Isaac Peral, subsanados, mediante informe-propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 14 de agosto de 2023.

En consecuencia, el importe total de los premios a conceder asciende a 13.201 euros.

Quinto.—En la Propuesta de Resolución publicada en el BOAM de 11 de julio de 2023 se indicaba que los premios se entenderían aceptados si los centros propuestos no manifestaban su renuncia expresa en el plazo de 5 días naturales desde la publicación de dicha propuesta en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". Transcurrido dicho plazo no se han recibido renuncias a la concesión de los mismos.

A los anteriores hechos, resultan de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—La convocatoria se rige por lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRGS). En su defecto, por lo dispuesto en la citada Ordenanza, en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, así como por las bases aprobadas por el citado Decreto de 27 de julio de 2022.

Segundo.—Todos los centros admitidos cumplen los requisitos establecidos en la base IV de la convocatoria y han presentado la documentación requerida en la base V. En especial, han aportado declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, careciendo así mismo de deudas por reintegro de subvenciones.

Tercero.—Según lo previsto en la base X de la convocatoria, se concederán un máximo de 15 premios y la cuantía de los premios se corresponde con el 50 por 100 de importe económico obtenido, derivado del ahorro energético alcanzado desde la fecha de inicio de ejecución hasta el 31 de mayo de 2023.

Cuarto.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC), se corrigen los errores materiales que figuran en la Propuesta de Resolución, 10 de julio de 2023, en cuanto a las cuantías de los premios asignados al CEIP Cristóbal Colón, que ha de ser de 736 euros, y al CEIP Isaac Peral, que ha de ser de 2.579 euros, y sobre el total de los premios a otorgar, que suma la cantidad de 13.201 euros, confirmando el resto de las cuantías de los premios a conceder a los demás centros educativos admitidos.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el apartado 3.1.9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de 29 de junio de 2023, dispongo:

Primero.—Otorgar los premios de la III convocatoria de "Ahorro, Eficiencia Energética y Cambio Climático en centros públicos educativos de infantil y primaria", del Ayuntamiento de Madrid, a los siguientes centros educativos y en las cuantías que a continuación se relacionan, imputando el gasto a la aplicación presupuestaria 2023/001/150/172.11/482.03, "Premios":

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Segundo.—El importe del premio así establecido se concede al centro educativo para su empleo en material o servicio de contenido pedagógico: viajes, libros, o cualquier elemento educativo considerado adecuado por la dirección del colegio o claustro de profesorado. Los beneficiarios se comprometen a invertir los premios de dicho modo.

Tercero.—El presente Decreto se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en la página web municipal www.madrid.es.

Cuarto.—De conformidad con los artículos 18 y 20 de la LGS, y a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente relativa a los premios concedidos.

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El cómputo de ambos plazos será desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la LPAC, así como por el artículo 46. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la LPAC.

Madrid, a 29 de septiembre de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada

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