I. Con fecha 17 de agosto de 2023, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras aprobó el "Proyecto de construcción de acceso a la finca propiedad de Dreiland por camino de servicio del Canal de Isabel II en la carretera M-111. Clave: SIN-40". De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, la aprobación de los proyectos de carreteras u otras infraestructuras viarias, implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición y modificación de servidumbres.
II. Por Orden del Consejero de Transportes e Infraestructuras de fecha 25 de mayo de 2023, se resolvió el sometimiento a Información Pública de la relación de bienes y derechos afectados por el citado proyecto, conforme se establece en el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Las publicaciones se efectuaron en el diario "El Mundo" de fecha 28 de junio de 2023 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2023, e igualmente ha estado expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
Durante el citado trámite de información pública no se han presentado alegaciones. Mediante Orden de 3 de agosto de 2023 del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras se concluye el trámite de información pública, aprobándose la relación de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción de acceso a la finca propiedad de Dreiland por camino de servicio del Canal de Isabel II en la carretera M-111".
III. En aplicación de los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, que determinan la necesidad de ocupación, se procede a la convocatoria de los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora citados en el Anexo Único comparezcan en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación, con traslado, en su caso, a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente acreditada por cualquier medio válido en Derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley de Expropiación Forzosa, pudiendo hacerse acompañar, a su costa y si lo estiman oportuno, de perito y notario.
IV. La presente Orden se notificará personalmente al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama y a los interesados y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Edictos del citado Ayuntamiento. Dicha publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos, de los que se ignore el lugar de la notificación o el medio que permita tener constancia de su recepción, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Previamente a dicha publicación se procederá a la inserción, en dos diarios de gran circulación de esta capital, de anuncio relativo a la convocatoria del levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto en los artículos 52 y 108 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.
Hasta el día señalado para el levantamiento de actas, podrán formularse las alegaciones que se consideren oportunas, a los efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, Secretaría General Técnica, Área de Expropiaciones (Calle Maudes, número 17, 28003 Madrid).
Por lo expuesto, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Primero
Convocar a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora señalados comparezcan en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, al objeto del levantamiento de las actas previas a la ocupación.
Segundo
Insertar anuncio en dos diarios de gran circulación de esta capital relativo a la convocatoria del levantamiento de actas previas a la ocupación.
Tercero
Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado.
Madrid, a 6 de septiembre de 2023.—EL Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras. P. D. (Orden de 9 de septiembre de 2021), la Secretaria General Técnica, María Teresa Barcons Marqués.
(03/15.894/23)