Ayuntamiento de rivas-vaciamadrid - Ayuntamiento de rivas-vaciamadrid (BOCM nº 2023-214)

Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BNDS: 714701

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):

Objeto.—El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, convoca para el año 2023, subvenciones destinadas a clubes, entidades y fundaciones deportivas sin fines de lucro, cuyas acciones se desarrollen regularmente en la competición federada.

Personas beneficiarias.—Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en estas bases todas las asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad Autónoma de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo a la fecha de aprobación por la Junta Local de Gobierno de la presente Convocatoria.

2. Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de Rivas Vaciamadrid.

3. Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.

4. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el Anexo 1 (solicitud electrónica) de estas bases.

5. No estar incursos en algún procedimiento sancionador mediante resolución en firme, sobre algún trámite en materia de deportes.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—1. El modelo de solicitud y las correspondientes Bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ( https://sede-electronica.rivasciudad.es/ ).

2. La convocatoria y concesión se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

3. Las solicitudes se presentarán según modelo establecido como Anexo I (solicitud electrónica) a la presente convocatoria, en el plazo comprendido de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web municipal ( http://www.rivasciudad.es ). La convocatoria podrá establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.

4. Las solicitudes y documentación adjunta se presentarán, según lo establecido en el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a presentar.—a) Anexo 1: Solicitud de ayuda: En el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria. Incluye declaración jurada del cumplimiento norma mínimis de las ayudas percibidas por la entidad solicitante, en el ejercicio fiscal a que se refiera esta convocatoria y en los tres ejercicios fiscales anteriores.

b) Anexo 2: Certificado federación: Certificado original expedido por la federación correspondiente, firmado por persona representante legal (presidencia, secretaría general...) y sellado, de acuerdo con el impreso que se adjunta.

c) Anexo 3: Certificado representante de la entidad: Certificado original expedido por la entidad solicitante, sellado y firmado por la persona representante legal (presidencia, secretaría general...), de acuerdo con el impreso que se adjunta. Se incluirá en formato PDF la documentación oficial que pueda justificar que la persona ha estado contratada y el número de meses dentro del período subvencionable como el VILEM o el ITA.

Cuantía.—140.000 euros.

Período subvencionable.—1 de enero al 31 de diciembre 2023.

Rivas-Vaciamadrid, a 20 de julio de 2023.—La alcaldesa, Aída Castillejo Parrilla.

(03/15.040/23)

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