De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3, al que remite el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno del este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 31 de agosto, ha aprobado definitivamente la modificación de crédito número 016/2023; previa resolución de las dos alegaciones presentadas en el período de información pública, tras la aprobación inicial por el Pleno en sesión de 21 de julio de 2023, de conformidad con lo establecido en el art 169.1 de dicho Real Decreto Legislativo. En consecuencia, el presupuesto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 68, del 1 de marzo de 2023, tiene la siguiente variación a nivel de capítulos:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del dicho Real Decreto Legislativo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Se significa que la interposición de recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad de lo acordado, conforme a lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El Boalo, a 5 de septiembre de 2023.—El alcalde, Sergio Sánchez Yunquera.
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