El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión ordinaria celebrada con fecha 20 de julio de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Primero.—Estimar las alegaciones presentadas por Construcciones Jomtemar, S. L., (RE: 2023016674) y José María Alonso Nieto (RE: 2023016672), por los motivos indicados en los informes técnico y jurídico que se reproducen en el presente acuerdo.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle presentado por Equinoccio House, S. L., correspondiente a las parcelas 2.3.1.7, 2.3.1.8, 2.3.1.9, 2.3.1.10 y 2.3.1.11, segregadas de la finca resultante 2.3.1, y fincas resultantes 2.3.4, 2.3.5, 2.3.6 y 2.3.7, del Proyecto de Parcelación con efectos reparcelatorios de los sectores PP II-2 y APR-12; sitas en la calle Abeto de Fuenlabrada.
Tercero.—Remitir el documento aprobado definitivamente al Registro administrativo de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con carácter previo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 66 Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid), junto con el contenido íntegro de sus normas, para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; procediendo asimismo a su publicación en la página web del Ayuntamiento.
Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio.
Quinto.—Hacer saber a los interesados que este acuerdo agota la vía administrativa y, por ello, contra el mismo sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su publicación o notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al tener los estudios de detalle naturaleza de disposiciones de carácter general; todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos".
Se hace constar que, con fecha 28 de julio de 2023 y referencia 10/780174.9/23, se ha remitido a Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ejemplar íntegro del documento aprobado definitivamente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 65 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, Ley 9/2001, de 17 de julio.
Lo que se publica para general conocimiento y demás efectos, haciendo saber que este acuerdo agota la vía administrativa y contra éste se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
En Fuenlabrada, a 4 de agosto de 2023.—La Secretaria General del Pleno, María del Rocío Parra Castejón.
(02/14.714/23)