Ayuntamiento de arroyomolinos - Ayuntamiento de arroyomolinos (BOCM nº 2023-207)

Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

En sesión extraordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno el día 27 de julio de 2023, con doce votos a favor (correspondientes, ocho de ellos, a los miembros del Grupo Popular; tres, a los integrantes del Grupo Municipal de Vecinos por Arroyomolinos, y uno más, a D. Carlos Ruipérez); y siete votos en contra (tres de ellos, de los miembros presentes del Grupo Municipal de Vox; tres más, correspondientes a los componentes del Grupo Municipal Socialista; y uno, de D. Jesús Santidrián), se aprobó por mayoría absoluta el acuerdo que en su parte dispositiva recoge lo siguiente:

"Primero.—Aprobar los siguientes cargos a desempeñar con dedicación exclusiva (máximo 10), dedicación parcial (concejales-delegados, máximo 5; portavoces, máximo 4), así como con la percepción de las cantidades brutas anuales que en cada caso se hacen constar:

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Segundo.—Aprobar las siguientes cuantías y régimen de las indemnizaciones de los miembros de la corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, por asistencias a órganos colegiados:

— Por asistencia a sesiones del Pleno: 345,00 euros (trescientos cuarenta y cinco euros) íntegros por cada concejal y sesión.

— Por asistencia a sesiones de la Junta de Gobierno Local: 345,00 euros (trescientos cuarenta y cinco euros) íntegros por cada concejal y sesión.

— Por asistencias a sesiones de las Comisiones Informativas: 105,00 euros (ciento cinco euros) íntegros por cada concejal y sesión.

Los concejales no adscritos, si los hubiera, por asistencia a cada sesión de Comisión Informativa percibirán la cantidad resultante de dividir los 105,00 euros entre el número de integrantes de su grupo municipal de origen.

Tercero.—Tanto las retribuciones por dedicación exclusiva como las correspondientes a dedicación parcial, así como las indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados, tienen la consideración de rentas procedentes del rendimiento del trabajo, según la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas, por lo que estarán sujetas a retención, para efectuar la cual correctamente los señores concejales están obligados a comunicar al Ayuntamiento los datos necesarios para el cálculo de dicha retención.

Cuarto.—Actualizar los importes anualmente con arreglo a la variación del índice de precios de consumo, con el límite máximo íntegro impuesto por la Ley de presupuestos correspondiente.

Quinto.—Al objeto de hacer efectivos los acuerdos aquí reflejados con sujeción a la normativa reguladora del gasto público local, se adoptarán las medidas necesarias para la adecuación presupuestaria que resulte oportuno efectuar.

Sexto.—El reconocimiento del régimen de dedicación sólo será efectivo tras la aceptación expresa del mismo hecha por los interesados, en cuyo caso esta circunstancia será comunicada al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.

Séptimo.—Publicar estos acuerdos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia, no siendo necesaria su publicación en el tablón de edictos de la Casa Consistorial una vez publicados en el citado diario oficial, conforme a lo dispuesto por el artículo 45.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.—Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, según los casos, o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de ese orden jurisdiccional que resulten territorialmente competentes, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que estimen procedentes. Si el recurrente es concejal del Ayuntamiento se exigirá una legitimación reforzada, debiendo haber votado en contra del acuerdo, si estuvo presente en la sesión en que fue adoptado".

Arroyomolinos, a 18 de agosto de 2023.—La alcaldesa en funciones, Marta Cenamor Sánchez.

(03/14.527/23)

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