Ayuntamiento de villaviciosa de odón - Ayuntamiento de villaviciosa de odón (BOCM nº 2023-206)

Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Estructura Áreas Gobierno

El 8 de agosto de 2023 el alcalde-presidente, D. Juan Pedro Izquierdo Casquero, dictó el decreto cuyo contenido, transcrito literalmente, es del siguiente tenor:

"Por decreto de esta Alcaldía de 19 de junio de 2023, se asignaron las áreas de gobierno.

Tras unas semanas de aplicación de las previsiones de dicho decreto, esta Alcaldía considera conveniente concretar determinados contenidos de las áreas de gobierno de obras públicas y de medio ambiente, en concreto en los ámbitos de obras públicas y de mantenimiento de la ciudad, para una mejor delimitación de cada una de ellas.

Por lo expuesto, resuelvo:

Primero.—Modificar el decreto de 19 de junio de 2023, sobre asignación de áreas de gobierno, en los siguientes términos:

1. Área de gobierno de Obras Públicas, Subvenciones y Entidades Urbanísticas:

En el ámbito de obras públicas se incluye el mantenimiento de las instalaciones y los edificios municipales, de las fuentes ornamentales, el plan de asfaltado, el mantenimiento de la vía pública y de las aceras, el mantenimiento de las redes de servicios de abastecimiento de agua, el alcantarillado, y las relaciones con el Canal de Isabel II y con las compañías suministradoras de servicios (electricidad, telefonía, gas).

Asume la supervisión del contrato de mantenimiento de vías públicas.

2. Área de gobierno de Medio Ambiente, Mantenimiento y Limpieza de la Ciudad:

En el ámbito de mantenimiento y limpieza de la ciudad queda incluido el mantenimiento de la vía pública, que incluye la reparación y el mantenimiento del mobiliario urbano, arbolado urbano y alumbrado público, así como los planes de eficiencia energética del alumbrado público y la limpieza y reparación de los bienes municipales y los espacios públicos.

Asume la supervisión de los contratos de mantenimiento de zonas verdes y arbolado, de limpieza de las vías públicas y la recogida de residuos y de mantenimiento del alumbrado público.

Segundo.—Este decreto será efectivo desde la fecha de su firma y se hará público mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dando cumplimiento a los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. También se hará público mediante la inserción de un edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal de transparencia.

Tercero.—Se dará cuenta al Pleno de este decreto.

Cuarto.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la Ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)".

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que disponen la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Villaviciosa de Odón, a 12 de agosto de 2023.—El secretario general (firmado).

(03/14.459/23)

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