1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Patrimonio y Contratación. Subdirección General de Patrimonio.
c) Número de expediente: A-CT/4182/2023.
d) Dirección de internet del "perfil del contratante": Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( http://www.madrid.org/contratospublicos ).
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Patrimonial.
b) Descripción: Contrato de arrendamiento de las plantas baja izquierda y primera izquierda, y dos plazas de garaje del inmueble ubicado en calle Valle de la Fuenfría, número 3, de Madrid, destinado a Oficina de Empleo del Barrio del Pilar de Madrid.
3. Tipo de procedimiento:
a) Adjudicación directa al amparo del artículo 42 apartado e) en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
4. Formalización del contrato:
a) Fecha de adjudicación: Orden de 1 de agosto de 2023.
b) Fecha de formalización del contrato: 2 de agosto de 2023.
c) Adjudicatario: Saint Croix Holding Immobilier Socimi, S. A., con NIF: A-87093902.
d) Importe adjudicación:
— Importe neto: 4.552.382,68 euros.
— Importe IVA (21 por 100): 956.000,36 euros.
— Importe total: 5.508.383,04 euros.
5. Condiciones del contrato de arrendamiento:
a) Entrada en vigor: El contrato entra en vigor el día el día de su firma, es decir, el día 2 de agosto de 2023, y tiene una duración de 10 años.
b) Renta mensual: Queda fijada en los siguientes importes:
— Primer y segundo año: 33.147,84 euros.
— Tercer y cuarto año: 34.369,11 euros.
— Quinto y sexto año: 25.815,15 euros.
— Séptimo y octavo año: 27.173,00 euros.
— Noveno y décimo año: 28.532,85 euros.
A estas cantidades hay que añadirles el IVA.
c) Los servicios y gastos generales del objeto arrendado serán gestionados, contratados y satisfechos directamente por la arrendadora y repercutidos a la arrendataria según se expresa en el contrato y en la orden de adjudicación y gasto. En lo que respecta a los gastos por servicios y suministros privativos del objeto arrendado, tales como suministros propios, consumos de agua, electricidad, limpieza y otros conceptos similares no incluidos en esos gastos generales, serán satisfechos por la arrendataria directamente a sus respectivos proveedores o compañías suministradoras.
d) Resto de condiciones: El resto de condiciones serán las previstas en el contrato y en la orden de adjudicación y gasto.
Madrid, a 9 de agosto de 2023.—La Directora General de Patrimonio y Contratación, Beatriz Martín de la Peña.
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