El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en sesión ordinaria celebrada el 21 de julio de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en su sesión de 20 de diciembre de 2022, resolvió aprobar inicialmente el "Plan Especial de delimitación, actualización y mejora de las actuaciones conjuntas del Plan General de Ordenación Urbana de 2009", elaborado por los servicios técnicos del Departamento de Urbanismo de esta Corporación, cuyo objeto es el de favorecer el desarrollo urbanístico de los ámbitos delimitados por el vigente PGOU 2009, como Actuaciones Conjuntas (AC), en el suelo urbano consolidado, de tal forma que las nuevas condiciones para su desarrollo respondan al objeto de posibilitar la renovación de las edificaciones existentes y en consecuencia la posible creación de nuevas viviendas o actividades a la vez que se obtienen las superficies de cesión que mejorarán la movilidad peatonal. así como someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un diario de los de mayor circulación de la provincia y efectuar la publicación por medios telemáticos a los que se refiere el artículo 70.ter de la Ley de Bases de Régimen Local.
Sometido el expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncio insertado en el diario "La Razón" de 23 de enero de 2023 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 30 de enero de 2023, no se ha formulado alegación alguna. Simultáneamente, el expediente fue remitido a los organismos y entidades que, por razón de los intereses por ellos gestionados, debían emitir informe durante el mismo período de información pública.
En este marco, el 19 de junio de 2023, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, remite al Ayuntamiento de Alcobendas el Informe Ambiental Estratégico, de 14 de junio de 2023, indicando en el mismo los condicionales ambientales establecidos por los organismos consultados y que se encuentran reflejados en el informe técnico elaborado por los Servicios Técnicos Municipales, donde también se detallan los cambios que se han introducido en el documento para aprobación definitiva como consecuencia del Informe Ambiental Estratégico.
En definitiva, vista la documentación del expediente por los Servicios Técnicos Municipales, estos concluyen que "se ha procedido a actualizar el texto del documento del Plan Especial de Delimitación, Actualización y Mejora de las Actuaciones Conjuntas del PGOU, respecto del aprobado inicialmente, sin alcance sustantivo, incluyendo las consideraciones señaladas en los informes recibidos, por lo que, desde un punto de vista técnico, cabe someter el mismo a los órganos competentes y, en su caso, a su aprobación definitiva".
Considerado lo anterior, es por lo que este órgano plenario, en ejercicio de la competencia prevista en los artículos 123.1.i) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y 61.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
ACUERDA
1. Aprobar definitivamente el "Plan Especial de delimitación, actualización y mejora de las actuaciones conjuntas del Plan General de Ordenación Urbana de 2009", elaborado por los servicios técnicos del Departamento de Urbanismo de esta Corporación y cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución y encaja en el tipo legal previsto para esta figura de planeamiento en el artículo 50.1.c) de la Ley 9/2001.
2. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con inclusión del texto íntegro de las normas urbanísticas, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70.ter de la Ley de Bases de Régimen Local».
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que el citado acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Alcobendas, a 10 de agosto de 2023.—El subdirector general de Urbanismo, por sustitución, el secretario general del Pleno, Francisco Coronado Martínez.
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