Ayuntamiento de las rozas de madrid - Ayuntamiento de las rozas de madrid (BOCM nº 2023-198)

Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precios públicos

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2023, adoptó el acuerdo de aprobación de los siguientes precios públicos correspondientes a la Concejalía de Cultura, que estarán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos:

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El precio del curso de corta duración o curso monográfico se calculará multiplicando el número de horas total por el precio hora propuesto. Con un redondeo a la moneda de 100 céntimos de euro, siendo a la baja en los casos de unidades de céntimo de 1 a 49 y al alza de 50 a 99.


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El precio de la matrícula para todos los cursos y talleres de carácter anual es 20 euros, excepto en los casos que reúnan los requisitos para la reducción de precios públicos en la matricula. La matrícula implica el inicio de la gestión de la actividad, por lo que una vez abonada no procederá devolución excepto cuando corresponda a ingresos erróneos o indebidos. Los talleres de corta duración, conferencias o cursos monográficos no conllevan matrícula.

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A los anteriores precios por entradas para eventos en los centros indicados, se les aplicará el 30 por 100 de descuento, con un redondeo a la moneda de 100 céntimos de euro, siendo a la baja en los casos de unidades de céntimo de 1 a 49 y al alza de 50 a 99, para mayores de 65 y menores de 16 años, previa acreditación, en el momento de adquisición de la entrada en taquilla y/o en el momento de acceder al recinto para el caso de haberse adquirido mediante compra por internet o telefónica, salvo aquellos espectáculos sobre los que el precio de las entradas se haya fijado como "ÚNICO".

A los citados precios se aplicarán las siguientes reducciones:

— Matrícula: Reducción del 100 por 100 en la matrícula para miembros de familias numerosas de tipo general y especial, así como para jubilados y pensionistas, personas con discapacidad y para la tercera matricula de una misma unidad familiar en el mismo servicio (Escuela Municipal de Música, Escuela Municipal de Danza, Escuela Municipal de Teatro o Talleres Municipales). Los alumnos matriculados en más de un Taller Municipal abonarán solo una matrícula.

— Cuotas: Requisitos: Económicos: han de cumplirse estos dos requisitos para reducción de precio público:

• Renta: Renta de la unidad familiar (casilla correspondiente de la Declaración), hasta 26.445,10 euros o 29.750,60 euros para familia numerosa general y 33.055,67 euros para familia numerosa especial (en caso de declaraciones individuales se sumará este concepto). Se aplicará según la baremación adjunta.

• Académicos (solo Escuela Municipal de Música y Escuela Municipal de Danza): Los alumnos beneficiarios de ayudas deberán aprovechar adecuadamente los estudios, debiendo acreditar para ello su asistencia regular a las clases, así como la obtención de la calificación mínima de Suficiente en las pruebas de evaluación trimestrales de las asignaturas objeto de ayuda. La ayuda podrá suspenderse en caso de que el beneficiario no cumpla estos requisitos, por lo que a partir de ese momento, se pasaran a cobrar las mensualidades del siguiente trimestre. Una vez realizada la siguiente evaluación, si el alumno obtiene la calificación mínima de Suficiente se restablecerá la ayuda.

• Excelencia (solo Escuela Municipal de Música y Escuela Municipal de Danza): Los alumnos que hayan finalizado con matrícula de honor el curso anterior pueden solicitar la reducción del 50 por 100 de las cuotas de dicha signatura para el siguiente curso.

Baremo para la aplicación de la reducción de precios por motivos económicos:

Máximo de actividades en las que se pueden solicitar reducción de precio público: dos por alumno en el conjunto de los servicios (Talleres Municipales o Escuela Municipal de Música o Escuela Municipal de Danza o Escuela Municipal de Teatro). Se aplicarán las siguientes reducciones de precios públicos en caso de alumnos de una misma unidad familiar:

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En el caso de que un solicitante reúna los requisitos de motivos económicos y de excelencia educativa, se le aplicará solo una reducción de precio, la más ventajosa para el alumno. La reducción sobre el precio público de la cuota no exime del pago de la matrícula. Dichos precios públicos entrarán en vigor el día 1 de septiembre de 2023 y permanecerán vigentes hasta tanto no se proceda a la modificación de los mismos.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del Partido Judicial de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las Rozas de Madrid, a 8 de agosto de 2023.—La concejala-delegada de Educación y Cultura, Gloria Fernández Álvarez.

(01/14.123/23)

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