Ayuntamiento de coslada - Ayuntamiento de coslada (BOCM nº 2023-192)

Coslada. Organización y funcionamiento. Régimen retribuciones

Por el Pleno extraordinario celebrado con fecha 30 de junio de 2023, se adoptó, entre otros, acuerdo cuyo contenido se transcribe íntegramente:

«11. Determinación de los puestos de personal eventual y retribuciones. Por la Secretaria General se da lectura de la parte dispositiva de la propuesta de la Alcaldía-Presidencia sobre el asunto de referencia y que se transcribe íntegra a continuación:

"El artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Pleno de la Corporación determinar al comienzo de su mandato el número de las plazas de personal eventual de la Corporación, dentro de los límites fijados por la citada norma, sus características y las retribuciones de las mismas. Los Ayuntamientos de municipios con población superior a 75.000, y no superior a 500.000 habitantes, podrán incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder del número de concejales de la Corporación local.

El artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que:

1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

2. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este estatuto determinarán los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas que podrán disponer de este tipo de personal. El número máximo se establecerá por los respectivos órganos de gobierno. Este número y las condiciones retributivas serán públicas.

3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.

4. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna.

5. Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.

El nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al alcalde, lo que se efectuará mediante el correspondiente decreto de Alcaldía, una vez creadas las plazas según esta propuesta, y deberán cesar automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de esta Alcaldía.

Esta Alcaldía-Presidencia propone al Pleno Municipal que adopte los siguientes acuerdos:

Primero.—Aprobar el número de dieciséis plazas de personal eventual de la Corporación municipal, con las características y retribuciones que se indican a continuación:

1. Plaza de director/a del Gabinete de Alcaldía y coordinador/a de Áreas de Gobierno.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 59.215,75 euros.

Funciones:

— Asesoramiento, apoyo inmediato y colaboración directa a la Alcaldía-Presidencia y al Equipo de Gobierno Municipal.

— Dirección, coordinación y ejecución de tareas del Gabinete de Alcaldía en colaboración con las Tenencias de Alcaldía, Áreas Delegadas de Gobierno y con el Asesor de Comunicación, Relaciones Institucionales y Protocolo.

— Coordinación general de las Áreas de Gobierno.

— Coordinación de los Servicios del Área de Alcaldía.

— Coordinación política de la elaboración de presupuestos con la Concejalía de Hacienda.

— Coordinación de grandes proyectos bajo la dirección de la Alcaldía-Presidencia.

— Coordinación del personal eventual.

2. Plaza de asesor/a técnico/a de Comunicación, Relaciones Institucionales y Protocolo.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Comunicación institucional, prensa e imagen.

— Relaciones con los medios.

— Asesoramiento en comunicación digital.

— Protocolo e imagen.

— Asesoramiento de publicaciones municipales.

3. Plaza de asesor/a técnico/a de Participación Ciudadana, Cooperación, Innovación Pública, Transparencia y Atención a la Ciudadanía.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

4. Plaza de asesor/a técnico/a de Servicios Sociales y Mayores.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

5. Plaza de asesor/a técnico/a de Cultura.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

6. Plaza de asesor/a técnico/a de Política Territorial.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

7. Plaza de asesor/a técnico/a de Economía, Empleo, Comercio, Turismo y Transición Energética.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

8. Plaza de asesor/a técnico/a de Transición Ecológica, Movilidad y Transportes.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

9. Plaza de asesor/a técnico/a de Deportes.

Características del puesto:

Titulación: Titulación universitaria de grado, diplomatura o licenciatura.

Retribuciones: 51.006,34 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

10. Plaza de asesor/a de Salud, Consumo, Bienestar Animal y Servicios Generales.

Características del puesto:

Titulación: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Retribuciones: 48.000,00 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

11. Asesor/a de Limpieza Viaria, Parques y Jardines.

Características del puesto:

Titulación: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Retribuciones: 48.000,00 euros.

Funciones:

— Especial asesoramiento a la Concejalía-Delegada.

— Coordinación y apoyo a la gestión y ejecución de los asuntos tramitados por la Concejalía a la que queda adscrito.

12. Cinco plazas de secretarios/as de Grupos Municipales.

Características del puesto:

Titulación: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Retribuciones: 35.000,00 euros.

Funciones:

— Apoyo al funcionamiento y trabajo de los Grupos Municipales.

Segundo.—Amortizar las siguientes plazas de personal eventual incluidas en la plantilla de este Ayuntamiento:

Imagen del artículo Ayuntamiento de coslada - Ayuntamiento de coslada (BOCM nº 2023-192)

Tercero.—Crear las siguientes plazas de personal eventual en la plantilla de este Ayuntamiento:

Imagen del artículo Ayuntamiento de coslada - Ayuntamiento de coslada (BOCM nº 2023-192)

Cuarto.—Modificar la plantilla, de conformidad con esta propuesta de amortización y creación de plazas, así como la relación de puestos de trabajo, llevando a cabo la correspondiente amortización y creación de puestos, adscribiéndose los puestos referidos de forma orgánica a los Servicios Generales de la Corporación Municipal.

Quinto.—Las retribuciones, consignadas en cómputo anual, se revisarán en los porcentajes que establezcan las leyes de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios y personal asimilado en todas las Administraciones Publicas, y mientras tenga vigor esta propuesta".

Visto el informe de Intervención 75/23, de 27 de junio de 2023.

Sometido el asunto a votación, se obtiene el siguiente resultado:

— Votos a favor: 13; 7 del GM Socialista, 4 del GM Más Madrid Coslada, y 2 del GM Podemos-IU.

— Votos en contra: 12; 10 del GM Popular, y 2 del GM Vox.

— Abstenciones: 0.

El Pleno Municipal, por 13 votos a favor, 12 votos en contra y ninguna abstención, acuerda aprobar la propuesta antes transcrita».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 10 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/13.832/23)

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