El Pleno municipal de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de julio de 2023, acordó, con el quórum establecido en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, aprobar provisionalmente la creación de la siguiente ordenanza:
— Ordenanza Municipal n.o 10 Reguladora de la Convivencia Ciudadana.
En virtud de lo dispuesto por el artículo 17.2, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en general conocimiento que durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los expedientes administrativos instruidos para la adopción de citados acuerdos podrán ser examinados en la Secretaría del Ayuntamiento, en la plaza Real, número 1, de esta localidad, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, pudiendo presentarse dentro de dicho plazo las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación alguna contra el contenido de la presentes ordenanzas fiscales, este acuerdo se considerará definitivamente aprobado, tal y como establece el artículo 17.3 de citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, publicándose el texto íntegro de las mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma reglamentaria.
San Martín de Valdeiglesias, a 28 de julio de 2023.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.
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