Ayuntamiento de velilla de san antonio - Ayuntamiento de velilla de san antonio (BOCM nº 2023-184)

Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Que en la sesión celebrada el 5 de julio de 2023 por el Pleno del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio se adoptó el siguiente acuerdo:

«6. Delegación de Competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local

La propuesta que presenta al pleno con el siguiente tenor literal:

"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos 50 y 51 del ROF, se propone acordar:

1. Delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias del Pleno siguientes:

— El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia Plenaria.

— La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.

— La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

— La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

— Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, siempre que no supere, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, pero no supere la cuantía señalada.

Se exceptúan de la delegación en la Junta de Gobierno Local la concesión de bienes o servicios por más de cinco años, siempre que su cuantía exceda del 20 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, así como todos los contratos cuya aprobación requiera una mayoría especial.

— La aprobación de las solicitudes de subvención, así como el nombramiento del concejal responsable de su gestión, cuando la Orden reguladora de la convocatoria confiera estas atribuciones al Pleno.

— La aprobación y ratificación de los convenios de colaboración con otras administraciones públicas, confiera estas atribuciones al Pleno.

— La aprobación de las fechas y desarrollo de la celebración de los Festejos Taurinos, con motivo de las Fiestas Patronales.

— La aprobación de las fechas para la celebración de las Fiestas Patronales.

— La aprobación anual de las cifras del padrón municipal de habitantes.

— La rectificación anual del Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación Municipal.

— La realización de obras, servicios y suministros de emergencia, a causa de acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidad que afecten directamente a la seguridad ciudadana , con sujeción al régimen establecido en el artículo 117 del R. D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, debiéndose dar conocimiento al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre.

Todas aquellas otras que siendo de la competencia del Pleno de la Corporación, de conformidad con su normativa específica, no se encuentren recogidas en los apartados anteriores, sean susceptibles de delegación en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento y no requieran para su aprobación una mayoría especial [22.2.q) LBRL].

— Por razones de urgencia, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, podrá a adoptar acuerdos sobre materias reservadas a la competencia del Pleno Municipal, condicionadas a su ratificación por este en la primera sesión que celebre.

2. El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tal y como dispone el art. 52.2 del ROFCL".

En atención a lo expuesto el Pleno del Ayuntamiento acuerda por Mayoría (9 votos a favor, 6 votos en contra y 8 abstenciones), de los Sres. concejales asistentes, con los siguientes votos:

— Favorables: del Grupo Municipal del PSOE (7), y del grupo municipal de MÁS MADRID (2).

— En contra: del Grupo Municipal del PP (4) y del grupo municipal de VOX (2)

— Abstenciones: del grupo municipal de HNAC (2).

Primero.—Aprobar la propuesta en los términos en los que se encuentra redactado».

Velilla de San Antonio, a 25 de julio de 2023.—El primera teniente de Alcaldía, Rodrigo Morales Sánchez.

(03/13.284/23)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
9375 {"title":"Ayuntamiento de velilla de san antonio - Ayuntamiento de velilla de san antonio (BOCM nº 2023-184)","published_date":"2023-08-04","region":"madrid","region_text":"Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid","id":"9375"} madrid Ayuntamiento de velilla de san antonio,BOCM,BOCM 2023 nº 184 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/madrid/boa/2023-08-04/9375-ayuntamiento-velilla-san-antonio-ayuntamiento-velilla-san-antonio-bocm-n-2023-184 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.