Ayuntamiento de aranjuez - Ayuntamiento de aranjuez (BOCM nº 2023-182)

Aranjuez. Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual

Decreto de Alcaldía-Presidencia

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, especialmente el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.—El Pleno de la Corporación municipal, en sesión extraordinaria celebrada el 5 de julio de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

"La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece en su artículo 104 que el Pleno de la Corporación, al comienzo de su mandato, determinará el número, características y retribuciones del personal eventual, entendido, como tal, aquel que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial, de conformidad con el artículo 89 del mismo texto legal.

Por otro lado, el artículo 104.bis de la misma Ley establece los límites y normas a las que deben ajustarse las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos.

Por tanto, en aplicación de los citados preceptos, propongo al Pleno municipal la determinación de los siguientes puestos:

— Un jefe de Gabinete de Alcaldía.

— Un jefe de Prensa.

— Un asesor del Gobierno.

— Dos administrativos para el Grupo Popular, a jornada completa.

— Dos administrativos para el Grupo Socialista, a jornada completa.

— Dos administrativos para el Grupo Vox: uno a jornada completa y otro a media jornada.

— Un administrativo para el Grupo Coalición por Aranjuez, con 87 por 100 de jornada.

— Un administrativo para el Grupo ACIPA, a jornada completa.

— Un administrativo para el Grupo MM-VQ, a media jornada.

Las retribuciones de los citados puestos quedan fijadas en las siguientes cuantías:

— Jefe de Gabinete de Alcaldía: un importe bruto anual de 42.637,98 euros/año.

— Jefe de Prensa: un importe bruto anual de 42.637,98 euros/año.

— Un asesor del Gobierno: un importe bruto anual de 42.637,98 euros/año.

— Administrativos: las establecidas en la Valoración de Puestos de Trabajo del Ilustrísimo Ayuntamiento de Aranjuez.

Las cuantías señaladas se revisarán anualmente con idéntico incremento al que sea de aplicación a los empleados municipales.

Todos ellos recibirán dos pagas extraordinarias anuales, de acuerdo a lo establecido para el resto de los empleados municipales".

Segundo.—Con fecha 6 de julio de 2023 y Registro de entrada número 15427 el Portavoz del Grupo Municipal Socialista solicita a la Alcaldía-Presidencia el nombramiento de doña María Luz del Pozo Lazareno y don Emilio Jaén Lozano como administrativos del citado Grupo Municipal, en régimen de jornada completa.

Tercero.—Con fecha 7 de julio de 2023 y Registro de entrada número 15492 el Portavoz del Grupo Municipal ACIPA solicita a la Alcaldía-Presidencia el nombramiento de don Alberto Barona Pastor como administrativo del citado Grupo Municipal, en régimen de jornada completa.

Cuarto.—Con fecha 7 de julio de 2023 y REGAGE número 23e00045661142 el Portavoz del Grupo Municipal Coalición por Aranjuez solicita a la Alcaldía-Presidencia el nombramiento de doña Rocío Nogales Cabrera como administrativo del citado Grupo Municipal, en régimen de jornada completa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—Los apartados primero y tercero del artículo 12 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, disponen que:

"1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento".

Segundo.—En este mismo sentido se expresa el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, determinando que el nombramiento y cese de estos funcionarios es libre y corresponde al alcalde o al presidente de la Entidad local correspondiente. Cesan automáticamente, en todo caso, cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Tercero.—El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en el apartado primero del artículo 176, dispone que el personal eventual se rige por lo establecido en el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Cuarto.—Constan informes de conformidad emitidos por la Intervención General de 30 de junio, 3 y 4 de julio de 2023.

Por todo lo expuesto, esta Alcaldía adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.—Nombrar a doña María Luz del Pozo Lazareno, con DNI *****91-Y y don Emilio Vega Jaén, con DNI ******08-V, como administrativos del Grupo Municipal PSOE, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con efectos desde el 7 de julio de 2023.

Nombrar a don Alberto Barona Pastor, con DNI *****78-D, como administrativo del Grupo Municipal ACIPA, en régimen de jornada laboral a tiempo completo, con efectos desde el 7 de julio de 2023.

Nombrar a doña Rocío Nogales Cabrera, con DNI ******69-Z, como administrativo del Grupo Coalición por Aranjuez, en régimen de 87 por 100 de jornada laboral, con efectos desde el 10 de julio de 2023.

De conformidad con la normativa vigente, podrán ser cesados libremente en cualquier momento del mandato corporativo y, en todo caso, automáticamente, sin que sea precisa la observancia de forma alguna, en el momento de la expiración del mandato corporativo o el cese de esta Alcaldía que le nombra.

Segundo.—Notificar a los interesados su nombramiento y comunicar formalmente el presente Decreto, a la Intervención municipal y al departamento de Personal, para que se lleve a efecto la presente resolución.

Tercero.—Publicar íntegramente este Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarlo en el tablón de anuncios de esta Corporación para su conocimiento e información pública.

Aranjuez, a 7 de julio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María José Martínez de la Fuente.

(03/13.106/23)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
9185 {"title":"Ayuntamiento de aranjuez - Ayuntamiento de aranjuez (BOCM nº 2023-182)","published_date":"2023-08-02","region":"madrid","region_text":"Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid","id":"9185"} madrid Ayuntamiento de aranjuez,BOCM,BOCM 2023 nº 182 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/madrid/boa/2023-08-02/9185-ayuntamiento-aranjuez-ayuntamiento-aranjuez-bocm-n-2023-182 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.