Consejería de cultura, turismo y deporte - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-182)

ORDEN 1151/2023, de 19 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid, de las universidades madrileñas y de las entidades locales madrileñas.

El apartado 1 del artículo 54 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, establece que la valoración y la selección de los documentos se efectuará de acuerdo con los criterios que determine la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid, que será, en su respectivo ámbito de actuación, la encargada de confeccionar y aprobar las Tablas de Valoración de las series documentales, instrumentos imprescindibles para poder llevar a cabo la eliminación de los documentos. Asimismo, el apartado 3 del artículo 54 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que todos los documentos de titularidad pública serán valorados y seleccionados, para determinar su conservación o eliminación, de acuerdo con: el interés que presenten desde un punto de vista administrativo, contable, fiscal, jurídico, informativo o histórico; los plazos de transferencia, conservación o eliminación; así como el régimen de su acceso.

El artículo 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que los dictámenes sobre la aprobación de Tablas de Valoración de series documentales de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid serán preceptivos y vinculantes, debiendo ser aprobados, salvo en los ámbitos previstos en las letras c), d) y e) de dicho apartado, mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.

El artículo 24.3.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que es función de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre la aprobación de las Tablas de Valoración de las series documentales y controlar su correcta aplicación.

Además, de conformidad con las previsiones del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, el Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, conformado y articulado conforme al Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que aprueba el Reglamento de composición, organización y funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, asumirá, durante el plazo máximo e improrrogable de dos años establecido en el apartado 1, las funciones establecidas en el artículo 24.3 para la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 54 y en el artículo 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3.b) y en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, visto el certificado del acta de la sesión ordinaria del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid de 21 de junio de 2023 (Acta número 12/2023 del Libro de Actas del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid del año 2023) elevado por la Secretaria del Consejo de Archivos y de acuerdo con los dictámenes preceptivos y vinculantes aprobados por este órgano colegiado,

DISPONGO

Primero

Aprobación de las Tablas de Valoración de determinadas series documentales

1. Se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales del Patrimonio Documental Madrileño que figuran extractadas en el Anexo Único.

2. Se declaran como series documentales comunes de la Administración de la Comunidad de Madrid, las Universidades madrileñas y las Entidades locales madrileñas y, por tanto, de aplicación al conjunto de organismos y archivos que conforman dichas Administraciones aquellas series en cuya Tabla de Valoración el campo "Tipología de la serie" figure indicado con la expresión "Común".

Segundo

Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Se ordena la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en los artículos 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, y 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 19 de julio de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 284, de 29 de noviembre), el Viceconsejero de Cultura, Turismo y Deporte, Carlos Daniel Martínez Rodríguez.


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