Consejería de educación, ciencia y universidades - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-181)

ORDEN 2564/2023, de 20 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación del proyecto propio del centro autorizado superior de música Escuela Superior de Música "Forum Musikae" de Madrid.

Visto el expediente instruido a instancia de doña María Hortigüela Izquierdo, Directora del centro autorizado superior de enseñanzas artísticas de música Escuela Superior de Música "Forum Musikae", sobre autorización e implantación del proyecto propio del centro y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único

Doña María Hortigüela Izquierdo, Directora del centro autorizado superior de enseñanzas artísticas de música Escuela Superior de Música "Forum Musikae", solicitó con fecha 19 de diciembre de 2022 la autorización del proyecto propio de plan de estudios del centro, aportando la correspondiente documentación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Resultan de aplicación al presente expediente las siguientes normas:

— Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.

— Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

— Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

— Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

— Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

— Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

— Decreto 36/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan de Estudios para la Comunidad de Madrid, de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música.

— Decreto 5/2014, de 23 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la autonomía de los centros para la fijación de los planes de estudio de las enseñanzas artísticas superiores de la Comunidad de Madrid que permiten la obtención del título superior correspondiente.

— Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas que permiten la obtención del Título Superior de Enseñanzas Artísticas, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.

— Real Decreto 628/2022, de 26 de julio, por el que se modifican varios reales decretos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y la adecuación de determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas.

Segundo

El proyecto propio del centro se ajusta a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y concordantes de la Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas que permiten la obtención del Título Superior de Enseñanzas Artísticas, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Tercero

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la citada Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el centro podrá comenzar a impartir el proyecto propio desde el curso 2023-2024.

Cuarto

La implantación del proyecto propio se realizará de forma progresiva, comenzando 1º en el curso 2023-2024, a razón de un curso por año académico, hasta completar los cuatro cursos del grado en el curso académico 2026-2027.

Quinto

La autorización del proyecto propio del centro no conlleva incremento de puestos escolares, ni incremento de gasto para la Comunidad de Madrid

Sexto

El titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es competente para la autorización e implantación del proyecto propio del centro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la citada Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, y en el artículo 1.1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede,

DISPONGO

Primero

Autorizar e implantar, de conformidad con el artículo 5 de la citada Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el proyecto propio del plan de estudios del centro autorizado superior de enseñanzas artísticas de música Escuela Superior de Música "Forum Musikae", que se contiene en el anexo I a esta Orden, a partir del curso 2023-2024.

Segundo

En el expediente académico de los alumnos que cursen el plan de estudios establecido en el proyecto propio se diligenciará tal circunstancia, con referencia a la presente Orden. En todos los documentos en los que haya de hacerse referencia al plan de estudios cursado y éste sea el correspondiente al proyecto propio del centro, se hará constar, además del Decreto 36/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan de Estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música, el carácter de proyecto propio del plan de estudios y la presente Orden.

Asimismo, el centro hará constar en todo momento el carácter de proyecto propio del plan de estudios.

Tercero

La autorización de implantación del proyecto propio se concreta en las siguientes actuaciones:

— La creación de un itinerario llamado "Música moderna" dentro de la especialidad Interpretación, cuyo plan de estudios se detalla en el anexo I de esta Orden.

Cuarto

La implantación del proyecto propio en el centro se realizará de forma progresiva, conforme al siguiente calendario:

— Curso 2023-2024: implantación del primer curso.

— Curso 2024-2025: implantación del segundo curso.

— Curso 2025-2026: implantación del tercer curso.

— Curso 2026-2027: implantación del cuarto curso.

Quinto

En lo no recogido en el proyecto propio, se aplicará lo previsto en el citado Decreto 36/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno.

Sexto

La extinción del proyecto propio, en su caso, se realizará de manera progresiva, garantizándose que todos los alumnos matriculados hasta el momento de la extinción puedan finalizar sus estudios conforme al proyecto propio del centro, haciendo uso del número de matrículas previstas en la normativa vigente.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a su publicación, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 20 de julio de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO


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